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PORCA MISERIA
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Antecedentes penales Empty Re: Antecedentes penales

1/4/2021, 23:13
eso no es doloso, creo que tiene que haber dolo

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PORCA MISERIA
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1/4/2021, 23:17
bases comunes

se exige “no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación”.
BelayaSmert
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1/4/2021, 23:23
[size=38]ALCOHOLEMIA SI BEBES NO CONDUZCAS[/size]



Asimismo es un DELITO DOLOSO. Esto significa que la persona que lo comete lo hace con conocimiento y/o a sabiendas de que se encuentra o puede encontrarse bajo los efectos de las sustancias que se describen


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pd.- Edito para decir que es muy difícil que por este delito te caiga "pena privativa de libertad"
PORCA MISERIA
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1/4/2021, 23:30
pues privativas de libertad, pero por alcoholemia no pasan los 2 años a no ser que por impago de multa te priven de libertad por no pagar, o localización permanente.

Pero por dos cervezas no sé si habrá dolo
Narusita
Narusita
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1/4/2021, 23:40
Esa es la cuestión, dar positivo en control de alcoholemia si es delito doloso pero no te imponen pena privativa de libertad.
En jueces no hace alusión al tipo de pena. 

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Parece que el TS sí la dejo ser juez

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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:02
Los delitos contra la seguridad vial son dolosos, incluido el de conducir bajo los efectos del alcohol u otras substancias. Ahora bien, para ser considerado delito por un positivo en alcoholemia se tiene que cuadruplicar la tasa máxima permitida, que es 0.15, es decir, superar el 0.60. 

Y cuidado que sí recoge el tipo penal penas privativas de libertad, concretamente hasta 6 meses si mal no recuerdo.

Vamos, que si ya por civismo no se debe coger el coche ni con una copa, ya si estas pendiente de tomar posesión te aconsejo que ni se te pase por la cabeza, aun siendo mínima la posibilidad.
jaeger1
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2/4/2021, 00:04
6 meses son jueces
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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:05
jaeger1 escribió:6 meses son jueces
¿Cómo?

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jaeger1
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2/4/2021, 00:09
Yo entiendo que tienen que ser más de dos años de cárcel el delito, y además tener antecedentes previos

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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:13
miguelon_o escribió:Lo que quiere decir jaeger esq en cuerpos generales no pone por cuanto tiempo tiene que ser el delito minimo

Ahh eso es antes de la toma de posesion? Y despues? Supongo que habra funcionarios que tengan asuntos de violencia de genero, peleas, estafas... y no se quedaran todos sin plaza

Ah, es que yo me refería que en el CP viene recogido la pena de hasta 6 meses, no me refería a nada de ninguna base.

Una vez tomada la posesión y siendo funcionario de carrera, uno de los motivos de perdida de la condición es ser condenado por delito doloso a una pena privativa de libertad superior a 3 años. Vamos, que tienes que liar una muy gorda...
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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:15
jaeger1 escribió:Yo entiendo que tienen que ser más de dos años de cárcel el delito, y además tener antecedentes previos

Y con base en qué entiendes eso?

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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:25
miguelon_o escribió:Pena de hasta seis meses en que?

Joder, pues en lo que he dicho la primera vez que he escrito, por el tema que has abierto el post y por lo que te han contestado la mayoría de gente, por el delito contra la seguridad vial al haber dado positivo en un control de alcoholemia.
jaeger1
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2/4/2021, 00:27
Kafka Tamura escribió:
jaeger1 escribió:Yo entiendo que tienen que ser más de dos años de cárcel el delito, y además tener antecedentes previos

Y con base en qué entiendes eso?

La ley dice pena privativa de libertad, por eso supongo que tiene que ser superior a dos años sino no entras a prisión. O que tengas antecedentes

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Kafka Tamura
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2/4/2021, 00:41
jaeger1 escribió:
Kafka Tamura escribió:
jaeger1 escribió:Yo entiendo que tienen que ser más de dos años de cárcel el delito, y además tener antecedentes previos

Y con base en qué entiendes eso?

La ley dice pena privativa de libertad, por eso supongo que tiene que ser superior a dos años sino no entras a prisión. O que tengas antecedentes

No tiene nada que ver que se suspenda la pena por ser inferior a dos años y cumplir los demás requisitos con que te condenen a una pena privativa de libertad, que puede ser de 3 meses, 1 año o 15 años de prisión. Las bases no ponen 'entrar en prisión'. Es más, ni si quiera tiene que ser una pena de prisión, hay mas penas privativas de libertad...
jaeger1
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2/4/2021, 00:43
Ummm, pena privativa de libertad no es ir a la cárcel?

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jaeger1
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2/4/2021, 00:47
Nose es que yo del código penal ando pegadisimo. Cuando leía esa parte siempre pensaba que se refería a un delito que te haga entrar en prisión, pero ya me hacéis dudar
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2/4/2021, 00:48
El arresto domiciliario, por ejemplo

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2/4/2021, 00:52
Arresto domiciliario es pena privativa de libertad.
Recuerdo que un año lo metieron en un práctico y todo...
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Kafka Tamura
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2/4/2021, 01:00
Articulo 35 del CP
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Kafka Tamura
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2/4/2021, 01:04
jaeger1 escribió:Nose es que yo del código penal ando pegadisimo. Cuando leía esa parte siempre pensaba que se refería a un delito que te haga entrar en prisión, pero ya me hacéis dudar

No te preocupes que si estás haciendo derecho ya te tocará machacar bien el CP. Y bueno, esto es parte especial, con la parte general del derecho penal querrás tirarte por la ventana...
Es muy bonito pero muuuuuy doctrinal.
jaeger1
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2/4/2021, 01:11
Puff, hasta el año que viene no tengo penal. Por ahora solo he estudiado cosas de romanos, de medievales y algo de derecho civil. A introducción al derecho procesal me presenté sin estudiar y por pocas suspendo jajajajaja. Me pusieron un 5, fueron dos preguntas de desarrollo. La diferencia entre lanindependencia deblos jueces y lande los fiscales y que explicará la concordancia de las sentencias y su justificación. Cosas muy abstractas

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Kafka Tamura
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2/4/2021, 01:22
jaeger1 escribió:Puff, hasta el año que viene no tengo penal. Por ahora solo he estudiado cosas de romanos, de medievales y algo de derecho civil. A introducción al derecho procesal me presenté sin estudiar y por pocas suspendo jajajajaja. Me pusieron un 5, fueron dos preguntas de desarrollo. La diferencia entre lanindependencia deblos jueces y lande los fiscales y que explicará la concordancia de las sentencias y su justificación. Cosas muy abstractas

Claro, es que estudiar la ley no es lo mismo que estudiar derecho. 
Es una carrera muy bonita, aunque no le vendría mal un enfoque más practico, pero bueno. Intenta disfrutarla, en la medida que puedas jeje.
jaeger1
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2/4/2021, 11:00
A mi no me gusta el derecho. Lo hago por necesidad. Si sacara plaza en auxilio o quitaran los puntos por derecho en futuras oeps la dejaría abandonada. Si hiciera una carrera seria o historia o geografía o ciencias políticas
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calamar25
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2/4/2021, 11:11
Penas privativas de libertad son.... La prision permanente revisable, la prisión, la localizacion permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa........ Me habeis pillado estudiando ese tema de penal 1 de segundo de derecho
DemandadoReconviniente
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Antecedentes penales Empty Re: Antecedentes penales

2/4/2021, 14:11
En caso de condena a pena privativa de libertad por delito contra la seguridad vial, creo que las bases comunes son claras: "No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos
que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación
". "Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión".

El problema sería el caso de condena a pena privativa de libertad por delito leve. Antes cuando en los requisitos ponía "no haber sido condenado a pena privativa de libertad por delito doloso", y alguien había sido condenado a pena privativa de libertad por una falta, no había duda de que no se le aplicaba. Ahora los delitos leves son también delitos, y las bases no distinguen entre delitos leves, menos graves y graves, como sí hace, por ejemplo, el art. 22.8ª, a efectos de reincidencia (donde las condenas por delito leve no se cuentan).

Pero incluso en el caso de los delitos contra la seguridad vial, a nadie le van a condenar a prisión por dar 0,65 en un control preventivo, sin haber causado daños ni lesiones, ni tener antecedentes previos. Para que en estos delitos se pida prisión, las circunstancias concretas tienen que ser bastante más graves.

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DemandadoReconviniente
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2/4/2021, 15:19
Los delitos contra la seguridad vial no admiten la comisión por imprudencia, son siempre dolosos. Aunque cuando coges el coche puedes ser inimputable por embriaguez, tradicionalmente se ha defendido el castigo de este delito por ser una "actio liberae in causa", figura que podría decirse que viene recogida en el último inciso de la eximente del art. 20, apartado 2º, cuando dice "El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión".

Y si te condenan a prisión, aunque luego se suspenda en fase de ejecución, la condena a pena privativa de libertad ya la tienes, y de hecho, en la consulta de tus antecedentes penales aparecerá impuesta una pena de prisión, pero en estado de "suspendida". A efectos de cancelación de ese antecedente penal se aplicará el art. 136.2 CP.
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defecto_procesal
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Antecedentes penales Empty Re: Antecedentes penales

2/4/2021, 16:12
Kafka Tamura escribió:

No tiene nada que ver que se suspenda la pena por ser inferior a dos años y cumplir los demás requisitos con que te condenen a una pena privativa de libertad, que puede ser de 3 meses, 1 año o 15 años de prisión. Las bases no ponen 'entrar en prisión'. Es más, ni si quiera tiene que ser una pena de prisión, hay mas penas privativas de libertad...
Yo tambien lo entendía asi. Lo tipico de "le condenan a tanto pero no entra en prision", ya pero la condena la sigues teniendo.

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