HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
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Trincando33
96 participantes
- Trincando33
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Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 26 Nov - 21:10
amira escribió:Buenos días, yo tengo 30,3 puntos en el test, por tanto no me corrigieron el segundo, me examine en Ámbito Ministerio, cual es el corte para el segundo? gracias
Hola amira, el corte del segundo si era Tramitación era de 12 puntos y en Auxilio 24.
Es muy probable que efectivamente bajen el corte a 50 del primero, pero del resto de ejercicios no lo veo tan claro...
De momento vamos haciendo "equipo" por si el Ministerio no reacciona ver como podemos organizarnos o hacer algo...
Saludos
- digoyoquesere
- Mensajes : 5
Fecha de inscripción : 20/12/2021
Afectada por la sentencia
Lun 28 Nov - 22:02
Hola, yo sería otra afectada por la sentencia porque saqué entre 30 y 36 en el primer examen de Tramitación aunque en el segundo tenía buena nota. Aprobé Auxilio y ya soy titular, creo que a estos efectos no es relevante el tener otra plaza.
- COBOSVENETTO
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 30/09/2022
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Mar 29 Nov - 7:56
Vaya la que tenemos montada ¿y todo esto puede afectarnos a los que estamos estudiando para las siguientes convocatorias?
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 2 Dic - 8:11
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- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 2 Dic - 17:45
"El Ministerio informa que Respecto a dicha sentencia, que anulaba varias de las Bases del proceso selectivo anterior al, entre otras cuestiones, permitir para la Promoción Interna la reserva de nota con una nota mínima del 50% cuando la OEP exigía un 60%, el Ministerio de Justicia ha dicho que esperarán a que la Abogacía del Estado les diga cómo deben proceder a su cumplimiento."
Vaya, creo que no hay que consultar a un abogado del estado, sino cumplir la sentencia: bajar la nota de corte a 50 y chispum.
Vaya, creo que no hay que consultar a un abogado del estado, sino cumplir la sentencia: bajar la nota de corte a 50 y chispum.
- mara7021
- Mensajes : 18
Fecha de inscripción : 22/03/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 15:45
Me acaban de enviar esto [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Mercè2301
- Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 19/11/2022
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 16:24
También afectará a la convocatoria del 2019 no?
- Mixjusti
- Mensajes : 197
Fecha de inscripción : 31/05/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 16:42
Gracias por el enlace! Vais a enviar algún escrito? Hubo un compañer@ en el hilo que adjuntó un escrito reclamando la efectividad de la Sentencia.
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 18:15
Muy importante:
- Si abrieran alguna bolsa de interinos en la que computasen examenes superados en la administración de Justicia, hasta que el Ministerio de Oficio no lo corrija y lo considere como exámenes superados, sería muy conveniente aportar el examen cuya nota está entre 30 y 36 y solicitar que se considere como aprobado y se paralice la valoración de méritos de la bolsa hasta que el Ministerio de Justicia no lo subsane de oficio.
- Si abrieran alguna bolsa de interinos en la que computasen examenes superados en la administración de Justicia, hasta que el Ministerio de Oficio no lo corrija y lo considere como exámenes superados, sería muy conveniente aportar el examen cuya nota está entre 30 y 36 y solicitar que se considere como aprobado y se paralice la valoración de méritos de la bolsa hasta que el Ministerio de Justicia no lo subsane de oficio.
- henrygestion
- Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 28/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 19:07
Viendo que cambiaron el borrador de las nuevas bases de los nuevos procesos selectivos para que todos los ejercicios tuvieran un corte del 50% por la sentencia del Supremo, veo posible que también tengan que poner el corte del 50% tanto en el primero como el segundo en el concurso-oposición 2017-2018. Habrá que esperar a que se pronuncie el Abogado del Estado.
- mara7021
- Mensajes : 18
Fecha de inscripción : 22/03/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 19:31
Yo por ahora voy a esperar por lo menos Diciembre para ver si se soluciona o no y sino en Enero ya tomaré decisión de enviar el escrito, el enlace me lo mandó alguien que está pendiente del tema también aunque no esté aquíMixjusti escribió:Gracias por el enlace! Vais a enviar algún escrito? Hubo un compañer@ en el hilo que adjuntó un escrito reclamando la efectividad de la Sentencia.
- mara7021
- Mensajes : 18
Fecha de inscripción : 22/03/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 5 Dic - 19:40
Me ha enviado también este enlace para presentar escritos en registro por si llegado momento interesa y una diréccion física también. Registro general del Ministerio de justicia,calle Bolsa número 8, 28071Madrid [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Carmenchurri71
- Mensajes : 59
Fecha de inscripción : 08/01/2021
Chic@s este escrito a quien lo dirigimos? Y a donde?en principio pienso que a la " secretaria de estado de justicia" a la calle bolsa 8. Pero no estoy segura
Miér 7 Dic - 9:27
mara7021 escribió:Me acaban de enviar esto [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Miér 7 Dic - 18:54
la próxima semana deberíamos de tener noticias, la sentencia fue ratificada el 20 de octubre, ya van a hacer dos meses
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Jue 8 Dic - 9:13
Yo creo que hay más plazo porque el 30 de noviembre se acordó darles traslado por diez días y los dos meses se cuentan a partir de esos diez días hábiles, por lo que el plazo de los dos meses como pronto cuenta a partir del 16 de diciembre.
- Opostion
- Mensajes : 79
Fecha de inscripción : 04/02/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Jue 8 Dic - 9:33
El abogado del estado ante el requerimiento de la Audiencia Nacional, que es el órgano encargado de la ejecución pués fue el que dictó la primera sentencia, en el plazo de 10 dias tendrá que mojarse y dar solución al cumplimiento de la sentencia ratificada por el Supremo, o sea que antes de fin de año tendríamos que saber algo.
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Jue 8 Dic - 10:09
Entiendo que los diez días son para acusar recibo de la resolución e indicar el órgano competente del cumplimiento, y a partir de ahí han de dar cumplimiento para lo que entiendo que rigen los dos meses de la L.J.C-A.; no interpreto que esos diez días sean para cumplir porque como en la propia resolución se indica "una vez acusado recibo de la comunicación en el plazo de diez días", se lleve a puro y debido efecto. Si en esos diez días tuvieran que cumplir se habría indicado que en esos diez días se lleve a puro y debido efecto, sin la coma, pero se indica que una vez acusado recibo de la comunicación en el plazo de diez días, se lleve a puro y debido efecto.
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Jue 8 Dic - 10:22
Aunque la Audiencia Nacional dictara la resolución entiendo que el órgano que debe dar cumplimiento a la Sentencia dictada por la A.N. y ratificada por el T.S. es el Ministerio de Justicia, por lo que este último es quien “tendrá que mojarse” y no la A.N.
- Opostion
- Mensajes : 79
Fecha de inscripción : 04/02/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Jue 8 Dic - 11:23
Lo que he querido decir que la A.N. es el órgano encargado de la ejecución y a quién se le da plazo para el cumplimiento es al abogado del estado en nombre del Ministerio de Justicia.Aliena1000 escribió:Aunque la Audiencia Nacional dictara la resolución entiendo que el órgano que debe dar cumplimiento a la Sentencia dictada por la A.N. y ratificada por el T.S. es el Ministerio de Justicia, por lo que este último es quien “tendrá que mojarse” y no la A.N.
- CPC
- Mensajes : 1
Fecha de inscripción : 09/12/2022
Afectada
Vie 9 Dic - 16:45
Hola, yo me quedé en el 2º ejercicio de Gestión que según la STS tengo aprobado, voy a pedir al Ministerio certificado de notas. Alguien lo ha solicitado?
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 8:21
Lo puedes pedir online, busca en el foro abri un hilo explicando como hace unas semanas...
Lo que te aparecerá como no apto hasta que el ministerio lo corrija, lo cual no impide que si abren alguna bolsa mientras tanto lo presentes y pidas que se valore como aprobado en relación con la sentencia del supremo.
Lo que te aparecerá como no apto hasta que el ministerio lo corrija, lo cual no impide que si abren alguna bolsa mientras tanto lo presentes y pidas que se valore como aprobado en relación con la sentencia del supremo.
- Iñaqui
- Mensajes : 1504
Fecha de inscripción : 31/08/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 8:37
Siempre y cuando te ponga la calificación. En algunos certificados no te la ponenTrincando33 escribió:Lo puedes pedir online, busca en el foro abri un hilo explicando como hace unas semanas...
Lo que te aparecerá como no apto hasta que el ministerio lo corrija, lo cual no impide que si abren alguna bolsa mientras tanto lo presentes y pidas que se valore como aprobado en relación con la sentencia del supremo.
- henrygestion
- Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 28/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 11:31
Yo también me qué en el segundo, pero no tengo tan claro que hayamos aprobado con la sentencia del Supremo, dado que en promoción interna no hay segundo ejercicio. Espero que sí, habrá que esperar al Abogado del Estado. Es que en promoción interna tengo pocos puntos y es casi imposible que lo saque con tan poca plaza.CPC escribió:Hola, yo me quedé en el 2º ejercicio de Gestión que según la STS tengo aprobado, voy a pedir al Ministerio certificado de notas. Alguien lo ha solicitado?
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 12:24
henrygestion escribió:Yo también me qué en el segundo, pero no tengo tan claro que hayamos aprobado con la sentencia del Supremo, dado que en promoción interna no hay segundo ejercicio. Espero que sí, habrá que esperar al Abogado del Estado. Es que en promoción interna tengo pocos puntos y es casi imposible que lo saque con tan poca plaza.CPC escribió:Hola, yo me quedé en el 2º ejercicio de Gestión que según la STS tengo aprobado, voy a pedir al Ministerio certificado de notas. Alguien lo ha solicitado?
Cierto, la sentencia habla de unificar las notas de corte del 1er ejercicio, del resto de ejercicios no dice nada (creo)
En todo caso, la próxima semana deberíamos de tener noticias ya sea por la mano de sindicatos o directamente del Ministerio, no me imagino llegar a una situación en la que convoquen un concursazo y un concurso-opo teniendo el jaleo éste detrás de los ejercicios aprobados, tienen que resolverlo pronto y hemos de dar gracias que el TS se haya pronunciado a tiempo.
- Alexpele
- Mensajes : 3
Fecha de inscripción : 10/12/2022
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 16:05
Acabo de enterarme de esto y yo puedo estar afectada pero he ido a consultar la nota pero me pide el justificante y ni idea, de esto hace tiempo ya... no sé puede averiguar de otra manera?
- Iñaqui
- Mensajes : 1504
Fecha de inscripción : 31/08/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 16:25
Con certificado digital
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 17:29
A ver como se las ingenia ahora el Ministerio con el proceso ya acabado para notificar a todos los afectados -nota entre 30 y 36- la sentencia
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 17:57
Supongo que publicándolo en el B.O.E. y en la página del Ministerio de Justicia, no?
- MeryH
- Mensajes : 278
Fecha de inscripción : 09/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 18:39
Yo también he pedido el certificado, me quedé en el segundo de GPA. La sentencia no habla de primer o segundo ejercicio, con lo cual la nota de corte debería de desaparecer de todos los ejercicios, y al tener un 5 considerarse apto.
- Trincando33
- Mensajes : 1750
Fecha de inscripción : 30/09/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 19:33
por el momento los únicos sindicatos que se han pronunciado sobre la cuestión han sido STAJ, ASIJ y SPJ-USO, a ver si los sindicatos afines al gobierno dicen algo...
- rossiplus
- Mensajes : 585
Fecha de inscripción : 20/07/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Sáb 10 Dic - 21:26
yo también... pero desde el principio se ha hablado sólo del primer ejercicio, no?? a ver si nos sacan de dudasMeryH escribió:Yo también he pedido el certificado, me quedé en el segundo de GPA. La sentencia no habla de primer o segundo ejercicio, con lo cual la nota de corte debería de desaparecer de todos los ejercicios, y al tener un 5 considerarse apto.
- Iñaqui
- Mensajes : 1504
Fecha de inscripción : 31/08/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 8:01
Pero sí lo aplican en las bases de la de este añoJuanbn escribió:La sentencia ni siquiera alude a que haya que bajarlo al 50%. Puestos a elegir, que la nota mínima del 50% sea considerada superada si se obtiene entre la suma de los 3 ejercicios, sin atender al sistema de penalización ni a la nota mínima de cada ejercicio... Hay que tener imaginación e inventiva a la hora de interpretar...
- henrygestion
- Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 28/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 8:02
Lo que dice la sentencia es que promoción interna tiene un corte del 50% en la fase de "oposición" y libre el 60% y que no puede ser que haya cortes distintos y anula esa base de la convocatoria. Por lo tanto debería haber el mismo corte en ambas convocatorias en la fase de oposición, independientemente de que solo haya un ejercicio en promo interna.
- Iñaqui
- Mensajes : 1504
Fecha de inscripción : 31/08/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 9:09
Ya te he ficho desde el primer día que entiendo que si se modifica la mota de corte, también se deberá modificar la penalización
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 9:16
Pues yo no creo, ni muchísimo menos, que deba modificarse la penalización; la sentencia no lo indica en tal forma. Sólo se refiere a que la nota de corte debe ser la misma. Que conste que a mí me da igual que se modifique o no la penalización, apenas me influye, pero eso sí que me parece echarle imaginación. La Sentencia debe cumplir su contenido y ya está, no hace falta enrevesarla tanto ni para un lado ni para el otro. Misma nota de corte. Y la única manera de que el cumplimiento sea formal y material es bajarlo a 50 porque subirlo a 60 no tendría efectos reales por lo que es lógico que opten por esta primera opción; no les queda otra para cumplir realmente con su contenido que es lo que deben hacer.
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 10:02
No estoy de acuerdo con que siguiendo mi argumento haya que modificar también la penalización; mi argumento es que hay que igualar la nota de corte y la única manera de dar cumplimiento real es bajarla porque subirla sería a efectos prácticos dejar las cosas como están. Lo de la penalización es otra historia. De todas formas a mí personalmente me da igual si la cambian o no, así que no es porque me interese más o menos es únicamente una opinión jurídica.
- Aliena1000
- Mensajes : 343
Fecha de inscripción : 04/06/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Lun 12 Dic - 10:16
Sí, te seguiría diciendo lo mismo; y por mí parte ya lo dejo estar porque vamos a seguir opinando diferente. Es igual.
- MON TSE
- Mensajes : 8
Fecha de inscripción : 15/12/2022
HILO DE AFECTADOS SENTENCIA
Jue 15 Dic - 12:39
Hola, yo también soy afectado, en el primero de tramitacIón
- Sureña33
- Mensajes : 40
Fecha de inscripción : 07/05/2022
Para aclarar
Vie 16 Dic - 12:39
Buenas tardes.
Creo que soy una afectada.
Lo que he entendido es lo siguiente. Si estoy equivocada, por favor me lo rectificais.
En Gestión Libre, según su convocatoria,
-1er ejercicio TEST "se calificará de 0 a 60" por lo tanto según la Sentencia del TS todo el que haya sacado 30 puntos(50%) lo tiene aprobado y en su certificado de notas debe figurar APTO.
-2do ejercicio CASO PRÀCTICO: "se calificará de 0 a 15. Se pasa con 7.5 puntos (50%)
En Tramitación Libre, según su convocatoria,
-1er ejercicio TEST "se calificará de 0 a 60". Se aprueba con 30 puntos (50%)
-2do ejercicio CASO PRÁCTICO: "se calificarà de 0 a 20. Por lo tanto, en este caso se aprueba con 10 puntos (50%)
Creo que soy una afectada.
Lo que he entendido es lo siguiente. Si estoy equivocada, por favor me lo rectificais.
En Gestión Libre, según su convocatoria,
-1er ejercicio TEST "se calificará de 0 a 60" por lo tanto según la Sentencia del TS todo el que haya sacado 30 puntos(50%) lo tiene aprobado y en su certificado de notas debe figurar APTO.
-2do ejercicio CASO PRÀCTICO: "se calificará de 0 a 15. Se pasa con 7.5 puntos (50%)
En Tramitación Libre, según su convocatoria,
-1er ejercicio TEST "se calificará de 0 a 60". Se aprueba con 30 puntos (50%)
-2do ejercicio CASO PRÁCTICO: "se calificarà de 0 a 20. Por lo tanto, en este caso se aprueba con 10 puntos (50%)
- Carmenchurri71
- Mensajes : 59
Fecha de inscripción : 08/01/2021
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 16 Dic - 12:42
Lo que yo tengo entendido es que el aprobado con un 50% afecta solo al primer examen
- Iñaqui
- Mensajes : 1504
Fecha de inscripción : 31/08/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 16 Dic - 12:43
Ya veremos, pero ex muy posible que sea así.Carmenchurri71 escribió:Lo que yo tengo entendido es que el aprobado con un 50% afecta solo al primer examen
- Sureña33
- Mensajes : 40
Fecha de inscripción : 07/05/2022
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 16 Dic - 13:04
Gracias Carmenchurri71 e Iñaqui.
Alguien ha presentado escrito solicitando certificado de notas de acuerdo con la sentencia?
Alguien ha presentado escrito solicitando certificado de notas de acuerdo con la sentencia?
- Mixjusti
- Mensajes : 197
Fecha de inscripción : 31/05/2020
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 16 Dic - 14:55
Yo he presentado escrito por redsara al Ministerio. Tanto para que corrijan el segundo como para que convoquen al tercero.
- Sureña33
- Mensajes : 40
Fecha de inscripción : 07/05/2022
Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019
Vie 16 Dic - 15:52
Gracias Mixjusti. El escrito lo has presentado con el modelo de Spj uso?
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