HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

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Aliena1000
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Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

2/3/2023, 13:26
Muy despacio van con éste tema... nunca el Ministerio quiso hacer efectiva la sentencia de la AN lavándose las manos y diciendo que recurriría el Abogado del Estado, como si fuera un problema técnico.

No, no es un problema técnico, es un problema de voluntad, nada cuesta a darle un botón al excel y que los que tengan más de 5 se les considere aprobados, a partir de ahí organizar un tercer ejercicio de gestión y otro de tramitación y si la nota acumulada supera a la última nota que hubo con plaza se le adjudica una plaza *bis.

Para todos aquellos que decís que ésto es de mediocres, sinceramente, no sé que hacéis perdiendo vuestro tiempo aquí si tan potentados sois intelectualmente...

Pero en definitiva, es un problema de voluntad, el Ministerio no quiere ejecutar la Sentencia y se lava las manos diciendo que está en manos del Abogado del Estado, no, no miren, está en sus manos el asunto y es fácil solucionarlo, otra cosa es que no hayan tenido ganas de hacerlo hasta ahora que ya se está personando la gente para pedir la ejecución de la sentencia.

Recordad que si no nos dan una solución satisfactoria en relación a la Sentencia, hay en menos de 3 meses elecciones, no lo olvidéis, que parece ser lo único que teme ésta gente del Gobierno.

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PORCA MISERIA
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

3/3/2023, 09:50
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Mixjusti
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

3/3/2023, 09:56
Gracias por la info!
PORCA MISERIA
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Localización : MADRID

ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

6/3/2023, 20:24
Administración de Justicia - Ejecución de la sentencia de la AN sobre notas de corte OEP 2017-18 | CSIF
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Aliena1000
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

6/3/2023, 22:58
Muchas gracias por la info!
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

8/3/2023, 21:18
Parece que se oyen rumores por despachos de sindicatos que apuntan a que el corte de todos los ejercicios se va establecer en el 50% de la nota máxima. Suerte a quien afecte...👍
rossiplus
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

8/3/2023, 21:51
con "el corte de todos los ejercicios" te refieres también al segundo de gestión? pq se aprobaba con 6 también... han dicho si eso entraba?
Gracias
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

8/3/2023, 22:25
rossiplus escribió:con "el corte de todos los ejercicios" te refieres también al segundo de gestión? pq se aprobaba con 6 también... han dicho si eso entraba?
Gracias
El corte para pasar todos los ejercicios sera el 50% de la nota máxima del ejercicio. De todos los ejercicios.
Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

8/3/2023, 22:32
1931lsd escribió:Parece que se oyen rumores por despachos de sindicatos que  apuntan a que el corte de todos los ejercicios se va establecer en el 50% de la nota máxima. Suerte a quien afecte...👍

Gracias!!!!  Very Happy Very Happy
rossiplus
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 17:29
1931lsd escribió:
rossiplus escribió:con "el corte de todos los ejercicios" te refieres también al segundo de gestión? pq se aprobaba con 6 también... han dicho si eso entraba?
Gracias
El corte para pasar todos los ejercicios sera el 50% de la nota máxima del ejercicio. De todos los ejercicios.
la hostia, no será verdad!!!
los q nos quedamos a unos putos 0,80 puntos de pasar en el segundo de gestión estamos en la estratosfera si se cumple .. con lo q llevamos estudiado ahora!! 
Ojalá!!
Gracias por tus deseos de suerte, [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]!!!🙏🏼🙏🏼
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codicilo
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 18:01
¿ y esto qué implica?

No pueden convocar una oposición restringida solo para los que teníamos >50 y< 60 del práctico

Como no sea reservar la nota para esta OEP...
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 18:09
codicilo escribió:¿ y esto qué implica?

No pueden convocar una oposición restringida solo para los que teníamos >50 y< 60 del práctico

Como no sea reservar la nota para esta OEP...
Es la misma oposicion, eso implica que deberán convocar al tercer examen a todos las personas que que tienen mas del 50% y menos del 60%...y si tu nota es superior a la última mejor nota de tu ámbito en la oposición pasada tendrán que crearte una plaza..., y no solo eso, sino que además tendrán que pagarte todo el tiempo  desde la toma de posesión de la oposición pasada.


Última edición por 1931lsd el 9/3/2023, 18:18, editado 2 veces
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Riversid
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 18:10
No entiendo que impide que se convoque a los opositores que se encuentren en esa situación, de hecho, si no me equivoco en una de las últimas convocatorias se repetió un examen de oposición a Policía Nacional (creo que el examen médico) a los "nuevos" aprobados tras validar unas preguntas un recurso.
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Riversid
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 18:28
En una googleada rápida, vi que el caso de las de Policía Nacional fue en el año 19, en la de ortografía, y que no se les "repitió" sino que se les reconocía el derecho a que en el inmediato proceso selectivo se les convocase a realizar los ejercicios pendientes.
Estando la fecha de libre tan encima, véis como posible que esto pudiese suceder con el concurso-opo de después de verano?
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 18:52
Riversid escribió:En una googleada rápida, vi que el caso de las de Policía Nacional fue en el año 19, en la de ortografía, y que no se les "repitió" sino que se les reconocía el derecho a que en el inmediato proceso selectivo se les convocase a realizar los ejercicios pendientes.
Estando la fecha de libre tan encima, véis como posible que esto pudiese suceder con el concurso-opo de después de verano?
No pueden convocarte el mismo día  al examen del concurso 17-18 y del concurso 20-21-22, son dos procesos distintos, habrá gente que también ha pagado las tasas para el concurso 20-21-22 y le quitarían una oportunidad...
Trincando33
Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 20:28
codicilo escribió:¿ y esto qué implica?

No pueden convocar una oposición restringida solo para los que teníamos >50 y< 60 del práctico

Como no sea reservar la nota para esta OEP...

No es una oposición restringida, sería únicamente darle a un excel 4 botones y todos los aprobados pasar a hacer el tercer ejercicio. Ya lo hemos comentado, no es un tema de posibilidad, sino de voluntad.

El que saque en fase de concurso mayor nota que el último aprobado se le consideraría aprobado bis* (realmente serían muy pocos y estarían fundamentalmente en gestión)
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 20:45
Trincando33 escribió:
codicilo escribió:¿ y esto qué implica?

No pueden convocar una oposición restringida solo para los que teníamos >50 y< 60 del práctico

Como no sea reservar la nota para esta OEP...

No es una oposición restringida, sería únicamente darle a un excel 4 botones y todos los aprobados pasar a hacer el tercer ejercicio. Ya lo hemos comentado, no es un tema de posibilidad, sino de voluntad.

El que saque en fase de concurso mayor nota que el último aprobado se le consideraría aprobado bis* (realmente serían muy pocos y estarían fundamentalmente en gestión)
Pero así les estas privando de un examen..., de una posibilidad de aprobar
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Enjuiciamiento
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 20:46
Por lo que decís, convocarian paea el tercero de gestión a todos los que se quedaron entre 7,5 y 9 en el práctico, no es así?
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 20:50
Enjuiciamiento escribió:Por lo que decís, convocarian paea el tercero de gestión a todos los que se quedaron entre 7,5 y 9 en el práctico, no es así?
Y a los que se quedaron entre 30-36 del primero y tenían el segundo con mas de 7,5.
Trincando33
Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 20:52
Enjuiciamiento escribió:Por lo que decís, convocarian paea el tercero de gestión a todos los que se quedaron entre 7,5 y 9 en el práctico, no es así?

Hay que ver que es lo que hace el Ministerio...

Tiene la opción de bajar la nota de corte a 5 sólo en el primero y en los siguientes seguir exigiendo más de un 6 para pasar el corte.
O puede equiparar todos los exámenes a 5.

La opción disparatada es subir la nota a 60, lo cual sería una engañifa, pues los aprobados de PI con menos de un 6 seguirían aprobados si pillaron plaza y el resto a jod***se

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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 22:14
Juanbn escribió:
Trincando33 escribió:
Enjuiciamiento escribió:Por lo que decís, convocarian paea el tercero de gestión a todos los que se quedaron entre 7,5 y 9 en el práctico, no es así?

Hay que ver que es lo que hace el Ministerio...

Tiene la opción de bajar la nota de corte a 5 sólo en el primero y en los siguientes seguir exigiendo más de un 6 para pasar el corte.
O puede equiparar todos los exámenes a 5.

La opción disparatada es subir la nota a 60, lo cual sería una engañifa, pues los aprobados de PI con menos de un 6 seguirían aprobados si pillaron plaza y el resto a jod***se
Lo que sería una "engañifa" es forzarlo para aprobar a suspensos de turno libre, dado que subirlo a 60 y bajar la penalización tendría trascendencia para que opositores de promoción interna pudieran tener más puntos en venideras convocatorias, ya que muchos de éstos podrían superar los 50 puntos. Además, ese cambio podría permitir nuevos aprobados en promoción interna, debido a que la desigual penalización permitiría diferencia de puntos entre opositores de promoción interna en la fase de oposición que, a su vez, se vería reflejada en la puntuación total entre éstos.

Está claro que la pelota está en el tejado del Ministerio de Justicia (como siempre) y la sentencia, también, podría cumplirse bajando el corte a 50 con la suma de todos los ejercicios. Probablemente, no recurrirá a ello, porque tiene más alternativas para satisfacer la mediocridad y justificar o atender, prioritariamente, a los que se beneficiaron de las ilegalidades. Por otra parte, es una forma más elegante de camuflarlo todo.
La mediocridad ya se satisface dando la plaza  con un concurso de meritos sin aprobar un examen...
Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 22:15
En todo caso, comentar lo de siempre:

1.- A ésta gente sólo le preocupan las elecciones y en 2 meses y medio hay elecciones (no lo olvidéis a la hora de votar si no cumplen la sentencia como es debido)
2.- Si no quieren cumplir la sentencia (bajar a 50) se seguirá judicializando el asunto, estoy seguro de que ni subiendo el corte a 60 lo daría por bueno los Tribunales teniendo en cuenta que ya pasaron como aprobados los de PI con menos de 60.
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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 22:19
No le deis mas vueltas..., va a ser 50% para superar cada uno de los ejercicios. En las nuevas convocatorias se demuestra, todo se pasa con el 50%.

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Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 22:49
barbarie? Una sentencia de la Audiencia Nacional ratificada por el Tribunal Supremo es una barbarie, ok.

Y sí, tened todos por claro que la última palabra la tenemos nosotros, eso sí, cada 4 años, pero la tenemos nosotros y si se siguen riendo de los opositores y se niegan a cumplir la sentencia ya sabéis a quién no votar, pero vamos, que ojalá lo arreglen y que la gente vote por motivos distintos a que el Ministerio de Justicia se niega a cumplir las resoluciones de los altos tribunales del Estado Español.

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Aliena1000
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

9/3/2023, 23:57
Me resulta entretenido leerte otra vez, Juanbn; reconozco que al principio me daba algo de tirria leer una y otra vez las mismas inconsistencias pero lo cierto es que ver cómo ahora estás, por fin, asumiendo y reconociendo lo que hay aunque no te guste, es agradable. Por tu forma de escribir creo que debes tener bastante edad e imagino que probablemente llevas bastante tiempo de interino, motivo por el que pareces buscar puntos a toda costa y buscabas aunque fuera ilógico rascar algo de esta sentencia o evitar a otros nos pueda beneficiar legítimamente. Es lo que hemos comentado muchas veces, la sentencia hay que cumplirla y la única manera de hacerlo de manera material y efectiva es la que comenta todo el mundo menos tú.

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Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 00:21
Juanbn, estás obcecado con éste tema y supongo que es por lo que comentastes una vez en el foro: de que nadie te hiciera sombra en la oposición.

La justicia no pretende contentar a todo el mundo, sino intentar ser Justicia.

En éste caso hay una sentencia de hace muuuuucho tiempo que el Ministerio NO QUISO ACATAR Y mandó recurrir aún a SABIENDAS de que la argumentación de la AN era CORRECTA. Si en un primer momento hubieran resuelto que todos aprobados con 60, pues perfecto, 60 para todos oye.

Pero es que YA HAY APROBADOS CON MENOS DE 60 en Promo Interna. Entonces si han dejado pasar el tiempo y ahora por la FUERZA, tienen que ejecutar la SENTENCIA, el colmo de los disparates sería que la nota se quedase en 60 habiendo YA APROBADOS DE PROMOCIÓN INTERNA.

La nota de corte ha DE SER IGUAL para ambos turnos, es lo que dicen las Sentencias de los Altos Tribunales del Estado Español y hay un Ministerio de Justicia que nos quiere liar la manta y que NO HA QUERIDO CUMPLIR CON LA SENTENCIA. 

Vamos a ver si hay álguien con luces por ahí (no hace falta ser abogado del estado de verdad) y da una solución LÓGICA.

Pero ya digo, hay que estar muy al loro, porque nos quieren contar una milonga de que ésto es un tema técnico y que tiene que resolver el Abogao del Estao. Ésto es ya claramente un TEMA DE VOLUNTAD y si no hay VOLUNTAD DE APLICAR LAS SENTENCIAS de los altos tribunales en el Estado Español por parte del Ministerio de Justicia... apaga y vámonos.

Y por cierto Juanbn, tienes abiertos los Tribunales al igual que otros recurrentes para que se oigan tus quejas, de momento hay que respetar las que SÍ han prosperado, si consideras que algo es ilegal o injusto, adelante, ves a los Tribunales y déjate un dinero a ver que te contestan dentro de ... (3 años?) porque ya llevamos tela con éste asuntito y eso que el TS ha resuelto dentro de lo que cabe a tiempo.

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Trincando33
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 00:30
No quiero calentarme, respeto tu opinión de verdad, entiendo que temas que haya opositores que puedan sumar méritos en concurso o concurso-oposición, pero yo ya te digo, si en su día hubieran dicho oye, que acatamos la sentencia y todos 60, pues vale, de acuerdo, me joderían pero lo daría por bueno.

Pero es que como ya te digo hay ya aprobados con menos de 60 en PI. Entonces llegados a éste punto, la única fórmula lógica de evitar continuando en la discriminación de unos 60 y otros 50, es bajarla a todos a 50. Por eso no van a regalar una plaza a nadie, como mucho le darán unos puntillos más en los concursos, nada más. Tampoco es una barbaridad y máxime cuando AHORA todos los exámenes venideros en las bases hablan ya de cortes de 50, porque se lo iban a recurrir de nuevo y se lo iba a comer con patatas el Ministerio.

Pero que quieres que te diga, entiendo tu postura que no quieres que cumplan con la Sentencia, tendrás tus motivos, pero a mi, desde luego, no me convencen para definir tu postura más justa o equitativa que la de bajar a 50. Y mira por mi parte lo dejo, somos muchas las personas que intervenimos en el foro y no me gusta tener enganchones con nadie, porque no soy así y porque es una pérdida de tiempo. Ale, saludos

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Iñaqui
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 07:58
De momento, todo es marear la perdiz. Como ya dije, el Ministerio tiene múltiples opciones, y cada uno defenderemos la que más nos interesa o convenga. Por ejemplo, a mi me vendría de coña que se aplicase el 50% en el primer examen, aunque se aplicara la misma penalización que en promoción interna, porque pasaría y el caso práctico lo aprobé de calle. Pero quien decide al final es el Ministerio y con lo que resuelva nos tendremos que quedar.
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e_hook
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 08:02
Recordáis por qué motivo, en Cataluña y en esa convocatoria, se permitió superar los exámenes con un 50% y no con el 60%?
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Iñaqui
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 08:10
Creo que era por cuestión de ratios, pero no me acuerdo exactamente.

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Aliena1000
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 08:38
Se aplicó el 60% al primer ejercicio y al segundo y creo que tercero el 50%. Fue porque si el ámbito no superaba diez por plaza para el primer ejercicio se quedaba en cincuenta.
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Iñaqui
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 08:41
El tercero era 50% en todo caso

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Aliena1000
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 08:55
Cierto, la ratio se aplicaba al segundo; sí pasaban al segundo menos de diez por plaza era un 50

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1931lsd
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ICONO Re: HILO DE AFECTADOS POR LA SENTENCIA DE LA AN 912/2019

10/3/2023, 10:28
Yo creo apreciar que alguien de por aquí pasó los dos primeros de gestión y cayó en el tercero...y ahora pica que otros puedan hacer el tercero de gestión....y claro a el le vendría bien que el 50% fuera sobre la nota total de la fase de oposición (así estaría dentro) cosa que te aseguro que no va a pasar.

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