¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
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- truskito
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:08
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] No pensáis que estas discusiones que tenemos se puedan deber a falta de unos criterios claros. Creo que se decía en este hilo. No es ya que se diga: se valorará la claridad al redactar, la letra o se tendrá en cuenta el número de plazas. Se trata de que se diga: esto se califica así, esto vale tanto....
- Vaatryaux
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:10
El comentario de Opositora91 creo que es muy acertado. me da que van por ahí los tiros. Y aparte de ello, sea como fuere, nosotros estamos opinando como personas, y si no eres mala persona puede dices, joer venga por dos centésimas subimos, que mas nos da. Pero el tribunal, a pesar de estar constituido por personas, como órgano colegiado no entiende de sentimientos. Es implacabla y despiadado, o sea no tiene piedad porque se basa única y exclusivamente en números. Todo puede ser perfectamente legal, pero igual que en el colegio o en la carrera una nota así se podía subir, aquí no. Por esa media aritmética implacable. La verdad es que es duro esto..
Mi opinión es que las personas que están en esa situación sí que deberían intentar subir su nota en la reclamación si la hacen. Pero no sería bueno que se hicieran ilusiones
Mi opinión es que las personas que están en esa situación sí que deberían intentar subir su nota en la reclamación si la hacen. Pero no sería bueno que se hicieran ilusiones
- Yo me llamo Ralph
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:18
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] por favor, cuéntanos entonces cómo es el sistema de corrección.
_________________
".florecer exige pasar por todas las estaciones."
- truskito
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:21
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Exacto. Estoy contigo en el análisis, aunque sea duro. Es decir: es un Tribunal que se basa en números. Te dicen 12,48. Fuera, no llegas al mínimo, estudia más. El problema, y agradezco tú empatía y la de los demás compañeros, son por las circunstancias del año que llevamos con esta oposición. Un año desde que empezamos con los exámenes. Aparte, y seamos sinceros, esto es una competición, pero la gente está siendo empática porque se da la circunstancia de que quedan plazas libres y no ve justo que teniendo esas notas no entre QUEDANDO PLAZAS.
Yo no me hago ilusiones. Yo pensaba que la pregunta del procurador la iban a anular, por las quejas...Y ya ves.
Yo no me hago ilusiones. Yo pensaba que la pregunta del procurador la iban a anular, por las quejas...Y ya ves.
- Piru
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:33
12,46 es que te has quedado fuera por 0,04 puntos en una escala de 25, que equivalen a 0,016 puntos en una escala de 10.
Para poder dejar a alguien fuera por esa diferencia, es decir para poder distinguir esos dos exámenes, tienes que tener más de 50 criterios de puntuación para cada pregunta, lo cual es imposible. Esforzándome mucho podría conseguir 10 criterios: has puesto el número del art.; literalidad; relación con otros conceptos; restringido a lo que se preguntaba; buena letra; sin tachones; de las cuatro partes del artículo has puesto una, dos, tres o las cuatro etc, pero ni de coña consigo 50 criterios para cada pregunta.
Si el Tribunal ha establecido 50 criterios, que es lo que se necesitaría para afinar esos decimales desde un punto de vista estrictamente matemático, entonces sería posible que entre un examen de 12,46 y uno de 12,50 hubiera una diferencia susceptible de ser motivada.
Yo entiendo que no han establecido esos 50 criterios, porque es imposible. Lo razonable es establecer unos criterios del tipo 0.25 por pregunta por cada criterio, en caso de prever 8 criterios por pregunta, por ejemplo.
No paro de leer lo de la subjetividad de la corrección, asumida como inevitable, pero hay una diferencia entre la subjetividad (me gusta más la letra redonda o la letra con picos) y la arbitrariedad (yo doy 1 punto entero por la letra y el de al lado da 0,25; y yo doy 0,25 por poner el artículo y el de al lado da 1 punto). El tribunal no puede ser arbitrario y no creo que lo haya sido.
Lo que sí creo que ha hecho el tribunal es puntuar los examenes, sacar una tabla con las notas y elegir en cada ámbito una cifra equivalente al número de plazas, y entonces bajar todas las notas de manera correlativa para que quedasen como aprobados tantos exámenes como plazas. En ocasiones con la nota más baja habrá habido un exceso de más de 20/30/los-que-fueran aprobados respecto de las plazas y esos han sido fulminados en bloque y de ahí las plazas desiertas. Me quedan 10 plazas, tengo 20 exámenes con la misma nota para cubrirlas, fulmino a los 20 y dejo desiertas.
Eso explicaría tantas notas al borde del aprobado, tanto asombro en algunos suspensos -yo la primera-, y esta criba por 0,016 puntos en escala sobre 10, y sobre todo explicaría que en un ejercicio que se puntúa sobre 25 haya ámbitos en los que la nota más alta no llega al 21, que es el equivalente a un 8,4/10 (un 20 con algo, si no me equivoco, en el ámbito de Madrid) y la siguiente es un 19,91, que no llega a un 8/10. Sobre todo cuando estamos hablando de un examen bastante fácil (nada del recursos para la unificación de doctrina en social; cosas muy asequibles para quien haya estudiado), y de un proceso selectivo en el que hay gente que viene rebotada de opositar a las A1 donde sí se exige la literalidad, y que, por lo tanto, se saben el articulado de memoria.
El problema es que eso, si ha ocurrido así, vulnera las bases, y que, así como es muy fácil restarle 4 puntos a la nota final de cada examen y quedarte con el número de aprobados que te interesa, es muy difícil explicar después qué nota ha dado cada miembro del tribunal a cada pregunta y que te cuadre, porque requiere hacer unos cálculos bastante más complejos que bajar unos puntos a todos en la nota global. Por eso no tengo ninguna esperanza en que nos contesten a las reclamaciones salvo, quizá, en el contencioso-administrativo, al que no sé si llegaré porque cada vez tengo menos ganas de trabajar en un juzgado y más de cultivar zanahorias.
Para poder dejar a alguien fuera por esa diferencia, es decir para poder distinguir esos dos exámenes, tienes que tener más de 50 criterios de puntuación para cada pregunta, lo cual es imposible. Esforzándome mucho podría conseguir 10 criterios: has puesto el número del art.; literalidad; relación con otros conceptos; restringido a lo que se preguntaba; buena letra; sin tachones; de las cuatro partes del artículo has puesto una, dos, tres o las cuatro etc, pero ni de coña consigo 50 criterios para cada pregunta.
Si el Tribunal ha establecido 50 criterios, que es lo que se necesitaría para afinar esos decimales desde un punto de vista estrictamente matemático, entonces sería posible que entre un examen de 12,46 y uno de 12,50 hubiera una diferencia susceptible de ser motivada.
Yo entiendo que no han establecido esos 50 criterios, porque es imposible. Lo razonable es establecer unos criterios del tipo 0.25 por pregunta por cada criterio, en caso de prever 8 criterios por pregunta, por ejemplo.
No paro de leer lo de la subjetividad de la corrección, asumida como inevitable, pero hay una diferencia entre la subjetividad (me gusta más la letra redonda o la letra con picos) y la arbitrariedad (yo doy 1 punto entero por la letra y el de al lado da 0,25; y yo doy 0,25 por poner el artículo y el de al lado da 1 punto). El tribunal no puede ser arbitrario y no creo que lo haya sido.
Lo que sí creo que ha hecho el tribunal es puntuar los examenes, sacar una tabla con las notas y elegir en cada ámbito una cifra equivalente al número de plazas, y entonces bajar todas las notas de manera correlativa para que quedasen como aprobados tantos exámenes como plazas. En ocasiones con la nota más baja habrá habido un exceso de más de 20/30/los-que-fueran aprobados respecto de las plazas y esos han sido fulminados en bloque y de ahí las plazas desiertas. Me quedan 10 plazas, tengo 20 exámenes con la misma nota para cubrirlas, fulmino a los 20 y dejo desiertas.
Eso explicaría tantas notas al borde del aprobado, tanto asombro en algunos suspensos -yo la primera-, y esta criba por 0,016 puntos en escala sobre 10, y sobre todo explicaría que en un ejercicio que se puntúa sobre 25 haya ámbitos en los que la nota más alta no llega al 21, que es el equivalente a un 8,4/10 (un 20 con algo, si no me equivoco, en el ámbito de Madrid) y la siguiente es un 19,91, que no llega a un 8/10. Sobre todo cuando estamos hablando de un examen bastante fácil (nada del recursos para la unificación de doctrina en social; cosas muy asequibles para quien haya estudiado), y de un proceso selectivo en el que hay gente que viene rebotada de opositar a las A1 donde sí se exige la literalidad, y que, por lo tanto, se saben el articulado de memoria.
El problema es que eso, si ha ocurrido así, vulnera las bases, y que, así como es muy fácil restarle 4 puntos a la nota final de cada examen y quedarte con el número de aprobados que te interesa, es muy difícil explicar después qué nota ha dado cada miembro del tribunal a cada pregunta y que te cuadre, porque requiere hacer unos cálculos bastante más complejos que bajar unos puntos a todos en la nota global. Por eso no tengo ninguna esperanza en que nos contesten a las reclamaciones salvo, quizá, en el contencioso-administrativo, al que no sé si llegaré porque cada vez tengo menos ganas de trabajar en un juzgado y más de cultivar zanahorias.
- barese
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:46
Los tribunales nunca se han caracterizado por su empatia ni humanidad, y me parece perfecto, porque si no estarías siendo parcial y un tribunal debe ser imparcial y debe basarse en números y si sacas 12,50 estás aprobado y si es por debajo no lo estás porque aqui es blanco o negro, no hay gris. Esa persona que ha estado a centesimas de aprobar (lo siento por el, debe ser jodido) puede que ya de por si le hayan dado algún punto extra y aun así no ha llegado... No sé nunca vamos a saber que ha pasado realmente y son suposiciones pero se ha llegado a la conclusión de que el tribunal ha corregido de manera muy severa, yo también lo comparto, pero ojo, ha corregido severamente para todos, no solo para los que no han aprobado. A la conclusión a la que llego es que debe existir una pared, un muro entre un aprobado y otro que no ha aprobado, que en este caso son centesimas, porque si no dónde está el limite?
El tema de no cubrir plazas también es algo dificil de comprender y no lo comparto pero si partimos de la base que el tribunal solo se mueve por numeros (despiadado he leido por ahi... me parece un tanto exagerado) y es ajeno a la necesidad de cubrir plazas pues actúa hasta con lógica (con SU lógica).
Por último, todo este desproposito nace en parte por culpa del MJU de no aclarar los criterios para la correción del tercero y creo que eso es algo que para la próxiima convocatoria deben de solventar ipso facto, pero vaya, eso es algo que pensamos todos, hayamos aprobado o no.
El tema de no cubrir plazas también es algo dificil de comprender y no lo comparto pero si partimos de la base que el tribunal solo se mueve por numeros (despiadado he leido por ahi... me parece un tanto exagerado) y es ajeno a la necesidad de cubrir plazas pues actúa hasta con lógica (con SU lógica).
Por último, todo este desproposito nace en parte por culpa del MJU de no aclarar los criterios para la correción del tercero y creo que eso es algo que para la próxiima convocatoria deben de solventar ipso facto, pero vaya, eso es algo que pensamos todos, hayamos aprobado o no.
- Cadaqués
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Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 13:54
Tanto Josant cómo esta joven, tienen buenas opciones de prosperar en contencioso, máxime quedando desiertas.
- Uganda
- Mensajes : 58
Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 14:48
Yo lo siento por la gente q se ha quedado tan cerca, es una faena pero si se hubiera abierto la mano... dónde habría q poner el límite? Quizá si se hubiera aprobado a todos lo q tenían a partir de 12 en el examen sí q habría habido concurso... y quizá gente con buena nota en el último sin licenciatura en derecho ni experiencia se habría quedado fuera... sería justo para quién sí q ha aprobado el último examen?
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 14:59
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Seamos honestos, y yo procuro serlo. Entiendo lo que dices. Si ahora a mi me "aprueban", y después le "quito" la plaza a alguien en el concurso porque tengo Derecho, esa otra persona se mosquearía. Pero hay otros factores a tener en cuenta:
1. Yo considero que mi examen está para aprobar, por lo tanto quiero saber el porqué.
2. Han quedado plazas vacantes. Por lo tanto "sobran" plazas
3. Venimos de un proceso que ha sido duro para todos, con un nivel de ansiedad brutal. Y después de 8 meses, nos quedamos a la orilla, sin saber lo que ha pasado y sin tener claros los criterios de corrección
1. Yo considero que mi examen está para aprobar, por lo tanto quiero saber el porqué.
2. Han quedado plazas vacantes. Por lo tanto "sobran" plazas
3. Venimos de un proceso que ha sido duro para todos, con un nivel de ansiedad brutal. Y después de 8 meses, nos quedamos a la orilla, sin saber lo que ha pasado y sin tener claros los criterios de corrección
- Uganda
- Mensajes : 58
Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:10
Claro q sí!! Me parece fenomenal q reclameis y súper lógico q queráis saber el desglose de vuestras notas por pregunta. Yo tampoco veo lógico q se queden plazas desiertas pero tmb parece "extraño" el ámbito en q hayan aprobado justos por plaza, y quién se haya quedado fuera tmb estará mosqueado preguntándose pq él no está dentro. El proceso ha sido jodidísimo para todos, por supuesto, pero ¿es más justo abrir la mano y q se llegue a concurso o lo más justo es dejar plazas desiertas y que tengan plaza quién aprobó el último examen? Quizá lo más justo y lógico es aprobar a justos por plaza pero igual en determinados ámbitos resultaba imposible hacerlo sin llegar al concurso...
- Uganda
- Mensajes : 58
Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:13
A lo q me refiero es q ese tipo de decisiones de "bajar el corte" tmb podría ser muy injusto para quienes sí q pasaron el mínimo o inlcuso sacaron buenas notas
- HRV01
- Mensajes : 337
Fecha de inscripción : 13/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:15
Creo que habiendo quedado plazas desiertas lo más justo hubiese sido hacer una segunda vuelta de corrección a todos para dar cumplimiento al criterio expresamente previsto en las bases sobre tener en cuenta el número de plazas ofertadas.
Sería mucho trabajo para el Tribunal sí, pero es que tiempo de sobra han tenido para hacer un trabajo serio y justo
Sería mucho trabajo para el Tribunal sí, pero es que tiempo de sobra han tenido para hacer un trabajo serio y justo
- Uganda
- Mensajes : 58
Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:17
Según han comentado por aquí varios tribunales han dado varias vueltas de corrección...
- HRV01
- Mensajes : 337
Fecha de inscripción : 13/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:19
Uganda escribió:Según han comentado por aquí varios tribunales han dado varias vueltas de corrección...
No creo que haya sido el caso de Cataluña, que es el que tenía en mente, pero gracias por la aclaración. Quizá en otros ámbitos sí y por eso no dejaron plazas desiertas
- Uganda
- Mensajes : 58
Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:20
¡Pero lo dicho! Yo tmb lo pelearía! Sobretodo si creo q mi examen está aprobado!!!
- InvitadoInvitado
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:47
Visto lo visto, si han dejado a gente fuera por unas centésimas, que se dice pronto, en un examen valorado sobre 25 puntos... es porque le han dado una vuelta y en sólo 9 meses. Unos máquinas los miembros de los tribunales. No es justo dejar a gente fuera así, ni aunque tuviera que haber concurso.
Pelearlo todo lo que podáis y mucha suerte.
Pelearlo todo lo que podáis y mucha suerte.
- Cadaqués
- Mensajes : 3332
Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 15:49
Realmente, salvo las contadísimas excepciones que han superado los 20 puntos, es cómo si el exámen, hubiese sido con un tope de 18 puntos. Más realista, que el 25.
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 17:11
HRV01 escribió:Creo que habiendo quedado plazas desiertas lo más justo hubiese sido hacer una segunda vuelta de corrección a todos para dar cumplimiento al criterio expresamente previsto en las bases sobre tener en cuenta el número de plazas ofertadas.
Sería mucho trabajo para el Tribunal sí, pero es que tiempo de sobra han tenido para hacer un trabajo serio y justo
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- DemandadoReconviniente
- Mensajes : 4833
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 20:29
Yo también le he estado dando vueltas al tema de las correcciones hoy. Inevitable.
Pese a que no estoy tan al límite del aprobado como otros compañeros, y a que mis dos primeros exámenes no eran top, sigo teniendo un 30% más de nota en el primero (corrección objetiva) que varios aprobados, y un tercer examen (corrección subjetiva) solo un 3 % peor que ellos.
Es como si en una competición hay dos pruebas, primero una carrera en la que cuentan los minutos, segundos y centésimas que tardas en hacer el recorrido, y luego hay otra prueba que consiste en dar una voltereta que se puntúa de 0 a 25, y al que se le da muy mal le ponen un 7 o un 8, al que se le da muy bien le ponen un 22, y a los del montón les ponen 12,55 o 12,18, en función de mil tonterías como lo cansados que estén ya después de ver 200 volteretas distintas.
Me da rabia porque, evidentemente con la convocatoria en la mano, esas personas siguen en el proceso, y yo no. Y si se ha puesto la nota con decimales es porque se habrá calculado tal y como señalan las bases, pero el propio tribunal debería ser consciente de que un baile de 2-3 décimas arriba/abajo puede deberse a muchos factores ajenos al propio examen. No estaban dando la plaza a nadie, solo el derecho a seguir a la siguiente fase de proceso selectivo. No entiendo ese rigor, pero sé que con la convocatoria en la mano y demostrando que han corregido los exámenes correctamente no se van a molestar en dar explicaciones, ni tienen por qué hacerlo.
También asumo, y me duelen más que nunca los fallos que tuve, y de los que soy consciente (aunque no he vuelto a leer jamás mi examen), porque me consta que puse algún plazo mal, y creo que también algún número de artículo. Habiéndome quedado "cerca" del corte, les doy mucha más importancia ahora que hace una semana.
Pese a que no estoy tan al límite del aprobado como otros compañeros, y a que mis dos primeros exámenes no eran top, sigo teniendo un 30% más de nota en el primero (corrección objetiva) que varios aprobados, y un tercer examen (corrección subjetiva) solo un 3 % peor que ellos.
Es como si en una competición hay dos pruebas, primero una carrera en la que cuentan los minutos, segundos y centésimas que tardas en hacer el recorrido, y luego hay otra prueba que consiste en dar una voltereta que se puntúa de 0 a 25, y al que se le da muy mal le ponen un 7 o un 8, al que se le da muy bien le ponen un 22, y a los del montón les ponen 12,55 o 12,18, en función de mil tonterías como lo cansados que estén ya después de ver 200 volteretas distintas.
Me da rabia porque, evidentemente con la convocatoria en la mano, esas personas siguen en el proceso, y yo no. Y si se ha puesto la nota con decimales es porque se habrá calculado tal y como señalan las bases, pero el propio tribunal debería ser consciente de que un baile de 2-3 décimas arriba/abajo puede deberse a muchos factores ajenos al propio examen. No estaban dando la plaza a nadie, solo el derecho a seguir a la siguiente fase de proceso selectivo. No entiendo ese rigor, pero sé que con la convocatoria en la mano y demostrando que han corregido los exámenes correctamente no se van a molestar en dar explicaciones, ni tienen por qué hacerlo.
También asumo, y me duelen más que nunca los fallos que tuve, y de los que soy consciente (aunque no he vuelto a leer jamás mi examen), porque me consta que puse algún plazo mal, y creo que también algún número de artículo. Habiéndome quedado "cerca" del corte, les doy mucha más importancia ahora que hace una semana.
- Màgina
- Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 20:32
Buenas tardes! Otro juguete roto más!
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- barese
- Mensajes : 178
Fecha de inscripción : 01/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 20:43
Cadaqués escribió:Realmente, salvo las contadísimas excepciones que han superado los 20 puntos, es cómo si el exámen, hubiese sido con un tope de 18 puntos. Más realista, que el 25.
Eso si que es verdad, muy pocos han llegado al 20, y siendo la nota sobre 25 no es muy real, pero bueno, así es como estaban en las bases.
- Cadaqués
- Mensajes : 3332
Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 21:33
Màgina escribió:Buenas tardes! Otro juguete roto más!
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Ánimo!!! Joder con los 12... me resulta realmente curioso conocer esos criterios objetivos de corrección, si alguno consigue esto del tribunal en alzada o contencioso, haga el favor de compartirlos. La curiosidad mató al gato, pero esto va más allá, de la hipérbole.
- jesusc
- Mensajes : 13
Fecha de inscripción : 22/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 22:11
Y a nadie se le ha ocurrido que si que se volvieron a revisar exámenes y se hizo todo lo posible por aprobar a más gente, y quizás así algunos si que pudieron aprobar, y en otros casos esos hoy 12 y algo, no. Es una posibilidad.
- InvitadoInvitado
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 23:54
jesusc escribió:Y a nadie se le ha ocurrido que si que se volvieron a revisar exámenes y se hizo todo lo posible por aprobar a más gente, y quizás así algunos si que pudieron aprobar, y en otros casos esos hoy 12 y algo, no. Es una posibilidad.
Si le han dado una segunda vuelta, son unos sádicos de cojones, dejar fuera gente por décimas o incluso centésimas con plazas desiertas... y, para mí, no es regalar la plaza, yo creo que esas personas se lo merecen, ya han demostrado que se saben las leyes procesales.
Nunca he sido defensor de los exámenes a desarrollar en estas oposiciones por la subjetividad del tribunal.
Igual lo que está mal en Andalucía, está bien en Navarra y así...o incluso lo que hoy está mal en Cataluña, mañana puede estar bien. Eso es conculcar el principio de igualdad.
No es justo, en cambio los casos prácticos tipo test, como el segundo de auxilio (dos casos prácticos) me parece mucho más justo, totalmente objetivo, y más acorde al trabajo a desarrollar. En el trabajo diario no importa nada si sabes desarrollar las causas de reconvención en una demanda de divorcio o el recurso de suplicación social, tienes que saber tramitar, no minutar.
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 20 2020, 23:55
Yo tb prefiero ese tipo de examen antes que desarrollo, e incluso prefiero el desarrollo que había antes que este de respuestas más cortas...
- miguelop2491
- Mensajes : 931
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 00:02
Yo viendo lo visto prefiero cualquier cosa a este desarrollo xD siempre van a haber exámenes.excelentes de desarrollo que sean casi imposibles de suspender pero entre exámenes parecidos que pueden caer de un lado o del otro... un test puede gustar, más o menos, tampoco es que sea un gran fan del test, pero las respuestas son las que son y nadie te lo puede tumbar, en el desarrollo pueden influir además otros factores como letra, presentación, literalidad o lo que hayan valorado que deja un margen de subjetividad grande.
- Cadaqués
- Mensajes : 3332
Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 10:23
Pues pese a todo, a mi me gusta, simplemente o duramente, hay que enfocar la lente desde otra perspectiva, para atacar un exámen cómo éste.
Cuál es más imparcial, dentro de la consabida subjetividad, el anterior desarrollo ú éste nuevo?
Cuál es más imparcial, dentro de la consabida subjetividad, el anterior desarrollo ú éste nuevo?
- Aiemea
- Mensajes : 44
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Sobre la corrección del tercero de Gestion: OPINION PERSONAL
Sáb Nov 21 2020, 12:25
Hola chic@s;
Bueno lo primero, este hilo igual es un poco repetitivo, así que perdón por eso; si el Administrador lo considera, que lo reubique donde corresponda.
Después de una temporada viendo un poco todos los comentarios del foro en cuanto a las notas del tercer ejercicio, los exámenes que se han subido tanto en este foro como en el antiguo, las notas de la gente, etc, quería compartiros mi opinión de como ha sido un poco el asunto, a ver si con suerte arroja algo de luz a alguien... (repito que es una opinión personal simplemente).
La cuestión es que está claro que no vamos a saber nunca los criterios exactos de corrección exactos del TCU y como se ha puntuado cada aspecto, pero para mi, hay dos cosas que sin duda han sido fundamentales, y que creo que quizá de alguna manera podrían ayudar a explicar las notas (independientemente de que está clarísimo que han corregido muy a la baja y de que han sido muy ca-bro-nes en algunos ámbitos dejando plazas desiertas con notas que rozan el 12,5... eso no lo pongo en duda, pero no quiero centrar el foco del debate en eso).
1º CONCRECION: Las respuestas, visto ahora a toro pasado, no eran excesivamente largas, y respondían a uno o dos artículos concretos de la Ley. Nada más, no había ninguna que requiriera más de dos artículos para responder. En general, eran trámites concretos de determinados procedimientos, y no el procedimiento entero. He leído algunos exámenes en los que la "introducción" a la pregunta era mas larga que lo que debería haber sido la respuesta a la pregunta en si (en mi opinión, insisto). La pregunta del cambiario y la de las medidas civiles de la orden de protección son el mejor ejemplo de esto. Preguntaban algo muy especifico y muchas personas han/hemos respondido un montón de cosas sobre que es el cambiario, como empieza, que si auto de admisión, corrección formal de título, etc... incluso las causas y el articulo en el que estaban me parece que estaban de más; preguntaban como se sustancia, es decir que trámites hay, nada más.
Y en este sentido, creo que la plantilla de respuestas no es otra que :
P. 1. Art. 299 LEC
P. 2. Arts. 599 y 603 LEC
P. 3. Art. 770.2 LEC
P. 4. Arts. 826 y 827 LEC
P. 5. Art 505 LEC
P. 6. Art. 544 ter 7 LECRIM
P- 7. Art. 782.2 LECRIM
P. 8. NS/NC
P. 9. Art. 78.3 párrafo 3º LJCA
P. 10. Arts. 194 y 195 LRJS
Igual os resulta un poco evidente que ponga esto, pero con ello lo que quiero decir es que por ejemplo, el contenido que viene recogido en los arts. 595-598 en la segunda pregunta no se ha valorado en absoluto. Igualmente lo que se corresponda con los arts. 819-825 en la cuarta, o cualquier apunte del art. 544 LECRIM que no se corresponda con el párrafo 7º, por no hablar de las quienes redactaron la décima contando cuando cabe y cuando no cabe suplicación. Incluso recuerdo haber leído un examen que no se explicaba su suspenso en este foro en el que en la pregunta séptima definía el ámbito de aplicación del abreviado, y en la octava redactaba prácticamente entero el 544 ter Lecrim, incidiendo lo mínimo en las medidas civiles (si esa persona me lee espero que no le siente mal, no es mi intención hacer daño, de verdad).
Creo que los que hayamos redactado texto que se corresponde al contenido de estos artículos que a su vez no forman parte de la plantilla de respuestas nos ha penalizado mucho; no directamente en el sentido de que bajen la nota, eso no creo que lo hayan eso; pero si indirectamente en el sentido de que se nos ha ido un tiempo precioso en redactar cosas que han puntuado 0, tiempo que no hemos utilizado luego para cosas más útiles como repasar el examen o incluso para tener más tiempo para otra pregunta.
Y yo no se vosotros, pero yo cojo mi examen y miro cuanto de mis respuestas se corresponde con los artículos de arriba y veo que igual es un 70%. Tengo, vamos a decir, un 30% de "contenido adicional" que plasma artículos relacionados a esos, pero que no son esos, y por mucho que esté bien redactado y mas o menos igual a la Ley, entiendo que no me lo han puntuado en absoluto.
2º LITERALIDAD (PARCIAL). Se ha debatido bastante también acerca de la literalidad en la respuestas. Yo creo que en cuanto a la misma, ni un extremo ni el otro. Quiero decir, que no que hay clavar toda la frase tal cual viene en la Ley (no estamos en LAJs, ¡aun!) pero si hay conceptos que hay que reproducirlos tal cual vienen. Es decir, literalidad en determinados términos. Un par de ejemplos:
P. 3. No se si esto es algo muy sobre literalidad, pero me parece importante en esta pregunta excluir el apartado c) del art. 770 LEC para que se vea que se comprende la pregunta; o mejor aún mencionarlo diciendo que no es de aplicación al supuesto de la pregunta.
P. 4. Las consecuencias de la incomparecencia a vista de una parte u otra, así como la ejecutabilidad de la sentencia creo que son supuestos que tienen que ser bastante literales porque como uno reformule con sus propias palabras esas frases, enseguida pierden cierto sentido y da la sensación de que no se termina de entender el concepto.
P. 6. Es importante decir que el traslado por 15 días se da a "los directamente ofendidos o perjudicados conocidos y no personados" y no a los interesados (interesados son todos, pero si no son conocidos como les das el traslado) o a las partes (esto ya directamente es un sinsentido).
Bueno lo primero, este hilo igual es un poco repetitivo, así que perdón por eso; si el Administrador lo considera, que lo reubique donde corresponda.
Después de una temporada viendo un poco todos los comentarios del foro en cuanto a las notas del tercer ejercicio, los exámenes que se han subido tanto en este foro como en el antiguo, las notas de la gente, etc, quería compartiros mi opinión de como ha sido un poco el asunto, a ver si con suerte arroja algo de luz a alguien... (repito que es una opinión personal simplemente).
La cuestión es que está claro que no vamos a saber nunca los criterios exactos de corrección exactos del TCU y como se ha puntuado cada aspecto, pero para mi, hay dos cosas que sin duda han sido fundamentales, y que creo que quizá de alguna manera podrían ayudar a explicar las notas (independientemente de que está clarísimo que han corregido muy a la baja y de que han sido muy ca-bro-nes en algunos ámbitos dejando plazas desiertas con notas que rozan el 12,5... eso no lo pongo en duda, pero no quiero centrar el foco del debate en eso).
1º CONCRECION: Las respuestas, visto ahora a toro pasado, no eran excesivamente largas, y respondían a uno o dos artículos concretos de la Ley. Nada más, no había ninguna que requiriera más de dos artículos para responder. En general, eran trámites concretos de determinados procedimientos, y no el procedimiento entero. He leído algunos exámenes en los que la "introducción" a la pregunta era mas larga que lo que debería haber sido la respuesta a la pregunta en si (en mi opinión, insisto). La pregunta del cambiario y la de las medidas civiles de la orden de protección son el mejor ejemplo de esto. Preguntaban algo muy especifico y muchas personas han/hemos respondido un montón de cosas sobre que es el cambiario, como empieza, que si auto de admisión, corrección formal de título, etc... incluso las causas y el articulo en el que estaban me parece que estaban de más; preguntaban como se sustancia, es decir que trámites hay, nada más.
Y en este sentido, creo que la plantilla de respuestas no es otra que :
P. 1. Art. 299 LEC
P. 2. Arts. 599 y 603 LEC
P. 3. Art. 770.2 LEC
P. 4. Arts. 826 y 827 LEC
P. 5. Art 505 LEC
P. 6. Art. 544 ter 7 LECRIM
P- 7. Art. 782.2 LECRIM
P. 8. NS/NC
P. 9. Art. 78.3 párrafo 3º LJCA
P. 10. Arts. 194 y 195 LRJS
Igual os resulta un poco evidente que ponga esto, pero con ello lo que quiero decir es que por ejemplo, el contenido que viene recogido en los arts. 595-598 en la segunda pregunta no se ha valorado en absoluto. Igualmente lo que se corresponda con los arts. 819-825 en la cuarta, o cualquier apunte del art. 544 LECRIM que no se corresponda con el párrafo 7º, por no hablar de las quienes redactaron la décima contando cuando cabe y cuando no cabe suplicación. Incluso recuerdo haber leído un examen que no se explicaba su suspenso en este foro en el que en la pregunta séptima definía el ámbito de aplicación del abreviado, y en la octava redactaba prácticamente entero el 544 ter Lecrim, incidiendo lo mínimo en las medidas civiles (si esa persona me lee espero que no le siente mal, no es mi intención hacer daño, de verdad).
Creo que los que hayamos redactado texto que se corresponde al contenido de estos artículos que a su vez no forman parte de la plantilla de respuestas nos ha penalizado mucho; no directamente en el sentido de que bajen la nota, eso no creo que lo hayan eso; pero si indirectamente en el sentido de que se nos ha ido un tiempo precioso en redactar cosas que han puntuado 0, tiempo que no hemos utilizado luego para cosas más útiles como repasar el examen o incluso para tener más tiempo para otra pregunta.
Y yo no se vosotros, pero yo cojo mi examen y miro cuanto de mis respuestas se corresponde con los artículos de arriba y veo que igual es un 70%. Tengo, vamos a decir, un 30% de "contenido adicional" que plasma artículos relacionados a esos, pero que no son esos, y por mucho que esté bien redactado y mas o menos igual a la Ley, entiendo que no me lo han puntuado en absoluto.
2º LITERALIDAD (PARCIAL). Se ha debatido bastante también acerca de la literalidad en la respuestas. Yo creo que en cuanto a la misma, ni un extremo ni el otro. Quiero decir, que no que hay clavar toda la frase tal cual viene en la Ley (no estamos en LAJs, ¡aun!) pero si hay conceptos que hay que reproducirlos tal cual vienen. Es decir, literalidad en determinados términos. Un par de ejemplos:
P. 3. No se si esto es algo muy sobre literalidad, pero me parece importante en esta pregunta excluir el apartado c) del art. 770 LEC para que se vea que se comprende la pregunta; o mejor aún mencionarlo diciendo que no es de aplicación al supuesto de la pregunta.
P. 4. Las consecuencias de la incomparecencia a vista de una parte u otra, así como la ejecutabilidad de la sentencia creo que son supuestos que tienen que ser bastante literales porque como uno reformule con sus propias palabras esas frases, enseguida pierden cierto sentido y da la sensación de que no se termina de entender el concepto.
P. 6. Es importante decir que el traslado por 15 días se da a "los directamente ofendidos o perjudicados conocidos y no personados" y no a los interesados (interesados son todos, pero si no son conocidos como les das el traslado) o a las partes (esto ya directamente es un sinsentido).
- HelloKitty
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 12:47
En mi opinión, has hecho un súper análisis. Muy de acuerdo con todo.
- Cadaqués
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Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 13:17
También lo considero igual, estupendo analisis, muchos nos hemos liado escribiendo más de la cuenta...jajaja aunque claro, si está bien, está bien lo escrito, el mismo 299, por ejemplo, de cada medio de prueba, contenido al canto, en teoria, debería haber valido, sin embargo no ha sido así. Dos conceptos has señalado claves. Para la próxima.
- Uganda
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Fecha de inscripción : 03/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 13:33
Totalmente de acuerdo con el análisis, todos los q conozco que han aprobado me han contado que se limitaron a responder lo que preguntaban y luego, si les sobraba algo de tiempo, adornar con alguna cosa pero sin enrollarse!
- Cadaqués
- Mensajes : 3332
Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 13:41
A todo esto, hay un tercer factor, aleatorio, tienes que pillar de buenas al Tribunal. Si, o si.
- CGVgestion
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Fecha de inscripción : 02/10/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 16:11
Aiemea, muy buen análisis, a veces pensamos que con "llenar el folio" aunque no tenga nada o poco que ver con lo que se me pregunta es suficiente para arañar algún punto...y el Tribunal en este caso no ha sido condescendiente con eso. Creo que han valorado las respuestas que se ceñían estrictamente a lo que se preguntaba y además también han penalizado las respuestas que han sido mediocres en el uso de la terminología jurídica.
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Sáb Nov 21 2020, 19:03
Cadaqués escribió:A todo esto, hay un tercer factor, aleatorio, tienes que pillar de buenas al Tribunal. Si, o si.
+1000 Es lo que hablamos siempre. O tienes un examen de 10, que no puedes decir nada, o el resto, TODO es discutible y matizable.
- Comba009
- Mensajes : 142
Fecha de inscripción : 16/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Dom Nov 22 2020, 19:53
No he podido leer el hilo entero pero, necesito expresar mi punto de vista. Se supone que un 5 en un examen es poner LA MITAD de lo que te piden. Se supone que si sólo te dice la pregunta TIPOS DE PRUEBAS EN LOS JUICIOS CIVILES, tu contestas los tipos de pruebas en los juicios civiles Y PUNTO, no te dice en la pregunta ni que tengas que poner artículo, ni plazo, ni orden, NI NADA!!!!! Si no han pedido expresamente en cada pregunta lo que quieren que respondas, no te pueden pedir que lo pongas, no puedes ADIVINAR qué cojones quiere el tribunal que pongas para que queda profesional, bonito, de experto jurista. Osea, me parece que en general el examen este de preguntas cortas es una invención que permite que los tribunales calificadores sigan criterios mucho más subjetivos, les da manga ancha a que hagan lo que quieran. Lo veo muy claro, quieres que te ponga plazo??DILO. Quieres que te ponga el artículo donde se regula y su contenido completo???DILO. Si lo has pedido lo puedes exigir, pero si no lo has pedido y el opositor te ha contestado lo que preguntas, esa pregunta está correcta. No me puedo creer todavía que año tras año en estas oposiciones se reviente al opositor psicológicamente, es que es inaceptable. Os animo a que luchéis, recurrid hasta el final todo, hasta donde podáis pero no os quedéis lamentando y tragando injusticias porque no lo merece nadie. RECURSO DE ALZADA Y LUEGO AL CONTENCIOSO. Ánimo a todos, aquí una con un 12,1 .... :S
- InvitadoInvitado
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Dom Nov 22 2020, 21:03
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] en principio no estaría de acuerdo contigo porque si no la redacción de las preguntas sería interminable pero, en este caso, como el propio TCU se ha reído de los opositores ya que era la primera vez que se realizaba este examen y no dieron ninguna pauta de cómo sería ni explicación ni nada, cosa que por el contrario sí hizo el TCU de Tramitación (si no recuerdo mal hasta dieron un ejemplo de alguna pregunta), y además, como bien dijo Cadaqués, tácitamente han corregido sobre 20 puntos... estoy totalmente de acuerdo contigo. Igual han querido dejar en mal lugar a los opositores y los únicos que han quedado mal de verdad son ellos, que no creo que ni uno solo pasara el examen con sus propios criterios de corrección.
Mucho ánimo Comba.
Mucho ánimo Comba.
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Lun Nov 23 2020, 10:05
socrático escribió:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] en principio no estaría de acuerdo contigo porque si no la redacción de las preguntas sería interminable pero, en este caso, como el propio TCU se ha reído de los opositores ya que era la primera vez que se realizaba este examen y no dieron ninguna pauta de cómo sería ni explicación ni nada, cosa que por el contrario sí hizo el TCU de Tramitación (si no recuerdo mal hasta dieron un ejemplo de alguna pregunta), y además, como bien dijo Cadaqués, tácitamente han corregido sobre 20 puntos... estoy totalmente de acuerdo contigo. Igual han querido dejar en mal lugar a los opositores y los únicos que han quedado mal de verdad son ellos, que no creo que ni uno solo pasara el examen con sus propios criterios de corrección.
Mucho ánimo Comba.
Ese es el problema, que era la primera vez que se hacia el examen y no dieron ninguna pauta, entonces es un problema. Después hay criterios para todo: gente que ha sido muy concreta, gente que menos ¿que es lo mejor?. Tampoco criterios claros de corrección: si pones el artículo, vale tanto....Aparte del hecho que yo también estoy con Cadaqués, tácitamente han corregido sobre 20.
Ha habido también un criterio diferente según la comunidad. Exámenes suspendidos que en otro ámbito, visto el nivel, estaría aprobado. O que en Ministerio estén justos los aprobados por plazas, justos.....
Y después está lo de Cataluña. Que después de días dándole vueltas, no consigo entender de una forma razonable.
- El ilusionista
- Mensajes : 246
Fecha de inscripción : 29/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Lun Nov 23 2020, 12:56
Aiemea escribió:Hola chic@s;
Bueno lo primero, este hilo igual es un poco repetitivo, así que perdón por eso; si el Administrador lo considera, que lo reubique donde corresponda.
Después de una temporada viendo un poco todos los comentarios del foro en cuanto a las notas del tercer ejercicio, los exámenes que se han subido tanto en este foro como en el antiguo, las notas de la gente, etc, quería compartiros mi opinión de como ha sido un poco el asunto, a ver si con suerte arroja algo de luz a alguien... (repito que es una opinión personal simplemente).
La cuestión es que está claro que no vamos a saber nunca los criterios exactos de corrección exactos del TCU y como se ha puntuado cada aspecto, pero para mi, hay dos cosas que sin duda han sido fundamentales, y que creo que quizá de alguna manera podrían ayudar a explicar las notas (independientemente de que está clarísimo que han corregido muy a la baja y de que han sido muy ca-bro-nes en algunos ámbitos dejando plazas desiertas con notas que rozan el 12,5... eso no lo pongo en duda, pero no quiero centrar el foco del debate en eso).
1º CONCRECION: Las respuestas, visto ahora a toro pasado, no eran excesivamente largas, y respondían a uno o dos artículos concretos de la Ley. Nada más, no había ninguna que requiriera más de dos artículos para responder. En general, eran trámites concretos de determinados procedimientos, y no el procedimiento entero. He leído algunos exámenes en los que la "introducción" a la pregunta era mas larga que lo que debería haber sido la respuesta a la pregunta en si (en mi opinión, insisto). La pregunta del cambiario y la de las medidas civiles de la orden de protección son el mejor ejemplo de esto. Preguntaban algo muy especifico y muchas personas han/hemos respondido un montón de cosas sobre que es el cambiario, como empieza, que si auto de admisión, corrección formal de título, etc... incluso las causas y el articulo en el que estaban me parece que estaban de más; preguntaban como se sustancia, es decir que trámites hay, nada más.
Y en este sentido, creo que la plantilla de respuestas no es otra que :
P. 1. Art. 299 LEC
P. 2. Arts. 599 y 603 LEC
P. 3. Art. 770.2 LEC
P. 4. Arts. 826 y 827 LEC
P. 5. Art 505 LEC
P. 6. Art. 544 ter 7 LECRIM
P- 7. Art. 782.2 LECRIM
P. 8. NS/NC
P. 9. Art. 78.3 párrafo 3º LJCA
P. 10. Arts. 194 y 195 LRJS
Igual os resulta un poco evidente que ponga esto, pero con ello lo que quiero decir es que por ejemplo, el contenido que viene recogido en los arts. 595-598 en la segunda pregunta no se ha valorado en absoluto. Igualmente lo que se corresponda con los arts. 819-825 en la cuarta, o cualquier apunte del art. 544 LECRIM que no se corresponda con el párrafo 7º, por no hablar de las quienes redactaron la décima contando cuando cabe y cuando no cabe suplicación. Incluso recuerdo haber leído un examen que no se explicaba su suspenso en este foro en el que en la pregunta séptima definía el ámbito de aplicación del abreviado, y en la octava redactaba prácticamente entero el 544 ter Lecrim, incidiendo lo mínimo en las medidas civiles (si esa persona me lee espero que no le siente mal, no es mi intención hacer daño, de verdad).
Creo que los que hayamos redactado texto que se corresponde al contenido de estos artículos que a su vez no forman parte de la plantilla de respuestas nos ha penalizado mucho; no directamente en el sentido de que bajen la nota, eso no creo que lo hayan eso; pero si indirectamente en el sentido de que se nos ha ido un tiempo precioso en redactar cosas que han puntuado 0, tiempo que no hemos utilizado luego para cosas más útiles como repasar el examen o incluso para tener más tiempo para otra pregunta.
Y yo no se vosotros, pero yo cojo mi examen y miro cuanto de mis respuestas se corresponde con los artículos de arriba y veo que igual es un 70%. Tengo, vamos a decir, un 30% de "contenido adicional" que plasma artículos relacionados a esos, pero que no son esos, y por mucho que esté bien redactado y mas o menos igual a la Ley, entiendo que no me lo han puntuado en absoluto.
2º LITERALIDAD (PARCIAL). Se ha debatido bastante también acerca de la literalidad en la respuestas. Yo creo que en cuanto a la misma, ni un extremo ni el otro. Quiero decir, que no que hay clavar toda la frase tal cual viene en la Ley (no estamos en LAJs, ¡aun!) pero si hay conceptos que hay que reproducirlos tal cual vienen. Es decir, literalidad en determinados términos. Un par de ejemplos:
P. 3. No se si esto es algo muy sobre literalidad, pero me parece importante en esta pregunta excluir el apartado c) del art. 770 LEC para que se vea que se comprende la pregunta; o mejor aún mencionarlo diciendo que no es de aplicación al supuesto de la pregunta.
P. 4. Las consecuencias de la incomparecencia a vista de una parte u otra, así como la ejecutabilidad de la sentencia creo que son supuestos que tienen que ser bastante literales porque como uno reformule con sus propias palabras esas frases, enseguida pierden cierto sentido y da la sensación de que no se termina de entender el concepto.
P. 6. Es importante decir que el traslado por 15 días se da a "los directamente ofendidos o perjudicados conocidos y no personados" y no a los interesados (interesados son todos, pero si no son conocidos como les das el traslado) o a las partes (esto ya directamente es un sinsentido).
El mejor análisis que he leído ¿Alguien puede fijarlo en el índice del foro para zanjar este debate de una vez?
En relación a la eliminación de la puntuación más alta y la más baja, práctica acertada y profesional que algunos han puesto en duda por supuestamente perjudicar a los opositores, subrayar que ha podido perjudicar tanto como beneficiar a la calificación final. No habéis caído en aquellos casos que no han sumado puntuaciones muy deficientes, próximas al cero, que de haberse incluido en la división, habría terminado en un NO APTO
Miguelop, mucho ánimo y no pierdas el foco hacia tu objetivo. El que siembra recoge
- Fatgas
- Mensajes : 5
Fecha de inscripción : 16/11/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Lun Nov 23 2020, 13:56
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Buenos días. Totalmente de acuerdo. Yo tengo un 12.16 y quiero ir a por todas. Parece que nos estamos examinado para judicatura y no se requiere ni titulación en Derecho. Para esto que hagan un tipo test de nuevo y subjetividad eliminada. Es duro frustrante y desilusionante y si hay que seguir luchando y estudiando pero quien me garantiza que por tercera vez me quede en el camino. Hasta cuando seguir machacando al que cumple con lo solicitado?
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Lun Nov 23 2020, 14:52
Veo y leo análisis muy elaborados de posibles criterios de corrección. Gracias por molestaros en intentar ayudarnos a entender, en buscar una explicación, además desde la empatia, sin decir mira qué bien lo he hecho yo. Lo que si queda claro, es que han corregido a la baja, y eso es incoherente con lo que han echo en Tramitación, y es algo que tendrán que explicar, máxime cuando dejan plazas libres.
Gracias también a los que habéis sido empáticos con los que hemos llegado a la orilla. Un servidor va a seguir luchando, porque, independientemente de criterios "técnicos", no entiendo la corrección de mi examen, y quiero una explicación.
Gracias también a los que habéis sido empáticos con los que hemos llegado a la orilla. Un servidor va a seguir luchando, porque, independientemente de criterios "técnicos", no entiendo la corrección de mi examen, y quiero una explicación.
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Lun Nov 23 2020, 18:29
Ya han abierto la fase de méritos para los aprobados de Cataluña. Cada día más convencido de que no nos van a revisar nada y vamos a tener que ir al contencioso.
- Marta86
- Mensajes : 48
Fecha de inscripción : 14/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Mar Nov 24 2020, 21:29
No van a contestar, y yo espero que no lo jsgan, porque nos beneficia en el Contencioso, mucho.
Sobre todo lo que ha pasado, decir que, con un 12,26 que tengo, cada vez veo más claro que es matemáticamente casi imposible a afinar notas de dos decimales y que justamente de el resultado de las mismas plazas de aprobados que las ofertasas. 327 aprobados para Ministerio puntuando con dos decimales. Ni la lotería....
Sobre todo lo que ha pasado, decir que, con un 12,26 que tengo, cada vez veo más claro que es matemáticamente casi imposible a afinar notas de dos decimales y que justamente de el resultado de las mismas plazas de aprobados que las ofertasas. 327 aprobados para Ministerio puntuando con dos decimales. Ni la lotería....
- Caidodelcielo
- Mensajes : 278
Fecha de inscripción : 08/04/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Mar Nov 24 2020, 21:40
Vais a ir al Contencioso
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Miér Nov 25 2020, 14:15
Marta86 escribió:No van a contestar, y yo espero que no lo jsgan, porque nos beneficia en el Contencioso, mucho.
Sobre todo lo que ha pasado, decir que, con un 12,26 que tengo, cada vez veo más claro que es matemáticamente casi imposible a afinar notas de dos decimales y que justamente de el resultado de las mismas plazas de aprobados que las ofertasas. 327 aprobados para Ministerio puntuando con dos decimales. Ni la lotería....
Si no nos contestan, sería otra irregularidad más....No había caído en eso. Es que vamos, con lo que han afinado....Y oye, clavaditos en el ámbito Ministerio.
- DemandadoReconviniente
- Mensajes : 4833
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Jue Nov 26 2020, 21:56
Yo ayer reclamé el acta de corrección de mi examen a través del Portal de Transparencia.
Supongo que la respuesta será que no es un documento público del Ministerio que esté sujeto a publicidad, o algo así (ya me respondieron algo parecido otra vez que reclamé algo de las oposiciones), pero por intentarlo, que no quede.
Supongo que la respuesta será que no es un documento público del Ministerio que esté sujeto a publicidad, o algo así (ya me respondieron algo parecido otra vez que reclamé algo de las oposiciones), pero por intentarlo, que no quede.
- truskito
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 24/05/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 27 2020, 09:28
DemandadoReconviniente escribió:Yo ayer reclamé el acta de corrección de mi examen a través del Portal de Transparencia.
Supongo que la respuesta será que no es un documento público del Ministerio que esté sujeto a publicidad, o algo así (ya me respondieron algo parecido otra vez que reclamé algo de las oposiciones), pero por intentarlo, que no quede.
¿Y no has reclamado al TCU?
- DemandadoReconviniente
- Mensajes : 4833
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Vie Nov 27 2020, 09:31
truskito escribió:DemandadoReconviniente escribió:Yo ayer reclamé el acta de corrección de mi examen a través del Portal de Transparencia.
Supongo que la respuesta será que no es un documento público del Ministerio que esté sujeto a publicidad, o algo así (ya me respondieron algo parecido otra vez que reclamé algo de las oposiciones), pero por intentarlo, que no quede.
¿Y no has reclamado al TCU?
Sí, también. Pero si el TCU no contesta (yo creo que ni contestarán), y sin embargo me mandan el acta desde el Portal de Transparencia, ya tendré algo para ver si merece la pena seguir adelante o no.
- Comba009
- Mensajes : 142
Fecha de inscripción : 16/06/2020
Re: ¿CÓMO SE RECLAMA EN EL TERCERO DE GESTIÓN?
Dom Nov 29 2020, 12:05
Marta86 escribió:No van a contestar, y yo espero que no lo jsgan, porque nos beneficia en el Contencioso, mucho.
Sobre todo lo que ha pasado, decir que, con un 12,26 que tengo, cada vez veo más claro que es matemáticamente casi imposible a afinar notas de dos decimales y que justamente de el resultado de las mismas plazas de aprobados que las ofertasas. 327 aprobados para Ministerio puntuando con dos decimales. Ni la lotería....
No puedo estar más de acuerdo. Es que encima de que se hace así, se muestra el mayor descaro del mundo, ni un aprobado más!!! ..... qué casualidad!!!!
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