Contenidos de derecho penal no sirven?
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- juanfevoices
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Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:31
Pues eso que tengo un curso cuyos contenidos entre otros son.: Delitos y faltas. Delitos contra las libertades.
- InvitadoInvitado
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:35
Eso es derecho sustantivo, no? Digo yo que si.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:48
Jusgestion al final derecho sustantivo cuenta verdad??
- juanfevoices
- Mensajes : 449
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:50
Pero delitos y faltas no es Código Penal? es que no tengo derecho
- jaeger1
- Mensajes : 4521
Fecha de inscripción : 27/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:53
Es derecho sustantivo no procesal, yo tampoco lo entiendo muy bien pero creo que van por ahí los tiros
Los que tenéis derecho podéis ilustrar un poco que entra dentro de derecho sustantivo?
Los que tenéis derecho podéis ilustrar un poco que entra dentro de derecho sustantivo?
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:56
Jaeger 1. Pero si el.curso es Derecho Derecho sustantivo tambièn cuenta lo dijo el otro dìa el Tribunal en el acuerdo
No??
No??
- jaeger1
- Mensajes : 4521
Fecha de inscripción : 27/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 21:59
as,i es
- juanfevoices
- Mensajes : 449
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:03
No me liéis más, por Dios. Delitos y faltas y delitos contra las libertades es derecho penal o derecho sustantivo?
- Narusita
- Mensajes : 1323
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Localización : Japón
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:03
Ejemplos de derecho sustantivo: Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho del Trabajo, Derecho Mercantil, Derecho Administrativo...
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:05
Juanfevoices joderr como se llama el.curso??Si es el titulo es juridico aunque sea derecho sustantivo cuenta amigoo
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:05
la norma es el derecho sustantivo, el código penal código civil código mercantil, si tu presentas un curso de delitos y faltas es derecho sustantivo.
mas o menos
mas o menos
- juanfevoices
- Mensajes : 449
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:05
Ahhhoraaa. Gracias a todos.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:06
Porca Miseria y si el.curso es juridico y de derecho sustantivo exclusivamente cuentaa???
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:08
claro que cuenta, bueno claro es mucho decir, pero prácticamente nosotros no estudiamos derecho sustantivo propiamente dicho, código penal civil etc, estudiamos derecho procesal penal procesal civil, pero si dicen que sustantivo cuenta es porque cuenta,
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:23
No se considerarán los siguientes cursos de formación:
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar elg programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
Esto es lo que ponia el acuerdo del tribunal..
Pero Porca mi duda es porque solo habla que vale de derecho sustantivo.modulos juridicos de prevención??
Entiendo que tambièn vale derecho sustantivo para el resto de cuerpos no Porca Miseriaa??
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar elg programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
Esto es lo que ponia el acuerdo del tribunal..
Pero Porca mi duda es porque solo habla que vale de derecho sustantivo.modulos juridicos de prevención??
Entiendo que tambièn vale derecho sustantivo para el resto de cuerpos no Porca Miseriaa??
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:42
Para el resto del contenido quieres decir, que no sean de prevención, en la convocatoria dice "carácter jurídico" y eso lo engloba sustantivo procesal, lo que hacen es aclarar que en prl cuentan tanto derecho sustantivo como procesal. No vas a presentar uno de derecho internacional aunque sea jurídico poco tiene que ver con lo que se estudia en la oposición, pero si es derecho sustantivo relacionado con procesal penal civil deberían contarlo.
por ejemplo tienes un curso de derecho procesal penal que una parte es el proceso y otra delitos medidas de seguridad etc parte sustantiva te lo contarán, si tienes un curso entero de derecho sustantivo al igual que te cuentan uno de prevención deberían contártelo, el problema que yo veo es si tú presentas un curso solo de derecho sustantivo del código penal por ejemplo, sin mencionar nada del proceso, eso te vale? no sé como se habló tanto que si las funciones del cuerpo, como dije antes debería pero a saber
por ejemplo tienes un curso de derecho procesal penal que una parte es el proceso y otra delitos medidas de seguridad etc parte sustantiva te lo contarán, si tienes un curso entero de derecho sustantivo al igual que te cuentan uno de prevención deberían contártelo, el problema que yo veo es si tú presentas un curso solo de derecho sustantivo del código penal por ejemplo, sin mencionar nada del proceso, eso te vale? no sé como se habló tanto que si las funciones del cuerpo, como dije antes debería pero a saber
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:57
[size=13]MÓDULO 1: Las Ciencias Penales
TEMA 1. La Enciclopedia de las Ciencias Penales
La Enciclopedia de las Ciencias Penales
Dogmática
Política Criminal
Criminalística
Criminología
Penología
TEMA 2. La Criminología y el Derecho Penal
La Criminología como Ciencia Penal
Criminología
Derecho Penal
Relación entre la Criminología y el Derecho Penal
MÓDULO 2: El Objeto de la Criminología
TEMA 3. El Delito
Naturaleza del Delito
El Delito en el Ordenamiento Jurídico
Consecuencia Jurídica del Delito
Grados de Ejecución del Delito
Delitos en el Ámbito Familiar
TEMA 4. El Delincuente
Evolución de la Figura del Delincuente en el Pensamiento Criminológico
Personas Criminalmente Responsables
Circunstancias que Modifican la Responsabilidad Criminal del Delincuente
TEMA 5. Enfermedades Mentales
Introducción
Clasificación de las Enfermedades Mentales (DSM-IV)La Trascendencia de las Enfermedades Mentales en el Derecho Penal
Medidas de Seguridad
TEMA 6. Los Menores Delincuentes
Antecedentes Legislativos de la Responsabilidad Penal del Menor
Actualidad Legislativa de la Responsabilidad Penal del Menor
La Delincuencia Juvenil
El Perfil del Delincuente Juvenil
Volumen y Tipología de Delitos en la Violencia Juvenil
La Delincuencia Juvenil Femenina
Delincuencia Juvenil y Movimiento Migratorio
Las Pandillas
Recomendaciones Respecto al Problema de la Delincuencia Juvenil
TEMA 7. La Víctima
Evolución de la Victimología como Disciplina
Concepto de Victimología
Clases de Víctimas
Victimización
La Victimización Femenina
Victimología y Derecho Penal
MÓDULO 3: Prevención de la Delincuencia
TEMA 8. Prevención de la Delincuencia
Miedo e Inseguridad Social
Control Social
Prevención del Delito
Nuevas Vías de Organizar y Financiar la Asistencia a la Víctima
Glosario
Bibliografía[/size]
TEMA 1. La Enciclopedia de las Ciencias Penales
La Enciclopedia de las Ciencias Penales
Dogmática
Política Criminal
Criminalística
Criminología
Penología
TEMA 2. La Criminología y el Derecho Penal
La Criminología como Ciencia Penal
Criminología
Derecho Penal
Relación entre la Criminología y el Derecho Penal
MÓDULO 2: El Objeto de la Criminología
TEMA 3. El Delito
Naturaleza del Delito
El Delito en el Ordenamiento Jurídico
Consecuencia Jurídica del Delito
Grados de Ejecución del Delito
Delitos en el Ámbito Familiar
TEMA 4. El Delincuente
Evolución de la Figura del Delincuente en el Pensamiento Criminológico
Personas Criminalmente Responsables
Circunstancias que Modifican la Responsabilidad Criminal del Delincuente
TEMA 5. Enfermedades Mentales
Introducción
Clasificación de las Enfermedades Mentales (DSM-IV)La Trascendencia de las Enfermedades Mentales en el Derecho Penal
Medidas de Seguridad
TEMA 6. Los Menores Delincuentes
Antecedentes Legislativos de la Responsabilidad Penal del Menor
Actualidad Legislativa de la Responsabilidad Penal del Menor
La Delincuencia Juvenil
El Perfil del Delincuente Juvenil
Volumen y Tipología de Delitos en la Violencia Juvenil
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Delincuencia Juvenil y Movimiento Migratorio
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Evolución de la Victimología como Disciplina
Concepto de Victimología
Clases de Víctimas
Victimización
La Victimización Femenina
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Miedo e Inseguridad Social
Control Social
Prevención del Delito
Nuevas Vías de Organizar y Financiar la Asistencia a la Víctima
Glosario
Bibliografía[/size]
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- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:58
Porca este es el.Curso de Introducción a la criminologìa es todo sustantivo ??o tiene procesal??
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 22:59
Todo sustantivo.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:01
Julizai 09 pero vale o no vale??
Habla de la vìtima del.delito y delitos en el.àmbito.familiar de violencia domestica eso es procesal Julizai 09
Habla de la vìtima del.delito y delitos en el.àmbito.familiar de violencia domestica eso es procesal Julizai 09
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:03
No, es derecho sustantivo. Pero valer puede valer, no lose. Yo lo presentaba de cajon vamos.
- rossiplus
- Mensajes : 585
Fecha de inscripción : 20/07/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:04
[quote="juanfevoices"]No me liéis más, por Dios. Delitos y faltas y delitos contra las libertades es derecho penal o derecho sustantivo? [/quote]
Derecho sustantivo penal sería el Código Penal, por ejemplo; el Derecho adjetivo o procesal penal sería la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El Código Civil, Derecho sustantivo y la Ley de Enjuiciamiento Civil, adjetivo o procesal...
Derecho sustantivo penal sería el Código Penal, por ejemplo; el Derecho adjetivo o procesal penal sería la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El Código Civil, Derecho sustantivo y la Ley de Enjuiciamiento Civil, adjetivo o procesal...
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:05
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- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:08
Julizai 09 pero la victima del delito y delitos en el.àmbito familiar estàn relacionados con el temario.de tramiración y habla de la ley 1/2004 de medidas de protección integral para las vìctimas violencia de género.
Las bases pone contenido juridico relacionado con el temarios
Esto es un curso juridico
Las bases pone contenido juridico relacionado con el temarios
Esto es un curso juridico
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:11
Sisi claro joer que es juridico, lok me preguntaste si era procesal yyo pienso k es sustantivo, porque no.vi nada que indique que se.dan las normas que regulan los procesos para hacer valer el derecho sustantivo (es decir, procesal).
Pero juridico es sin duda.
Pero juridico es sin duda.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:17
Jukizai 09 po eso las bases y el acuerdo del tribunal establecen que se tendrà en cuentas cursos juridìcos tanto de derecho procesal.como derecho sustantivo..
Aclarando el Tribunal que valdràn tanto.cursos derecho sustantivo como procesal.
Aclarando el Tribunal que valdràn tanto.cursos derecho sustantivo como procesal.
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
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Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:18
Pues blanco y en botella. Ese vale seguro.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:20
Julizai 09 ole tuuuu.Eres un Grande del Foro y lo sabes.
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
19/10/2020, 23:21
Jajaja soy un novato namas, pero buena gente.
- juanfevoices
- Mensajes : 449
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 00:37
Se llama protección y vigilancia en la seguridad privada. Eso es lo chungo. Pero los contenidos son todos jurídico s menos uno.Gestor 20 escribió:Juanfevoices joderr como se llama el.curso??Si es el titulo es juridico aunque sea derecho sustantivo cuenta amigoo
Y yo no sé si lo de" relacionado con el puesto"tiene que ser el nombre del curso o el contenido
En CC.OO me han dicho que lo presente que me lo pueden valorar
Es del Servicio de Empleo Público un curso del paro
- josant
- Mensajes : 332
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 08:21
Es claramente derecho sustantivo. De hecho todo lo que sean leyes ya pasan por el arco de jurídico, ahora lo de relacionado con el cuerpo o temario es muy muy interpretativo, no sabemos que amplitud le darán. Yo tengo un curso de la ley de contratos del sector público, es jurídico, es derecho administrativo relacionado con el temario, ya que es derecho sustantivo y habla de contratos precisamente en una Administración Pública, ahora se pueden poner exquisitos y decir ea patras. Aunque creo que los que más miren con lupa son los de prevención de riesgos laborales y los de igualdad de género, pero ya de este Ministerio de la Injusticia no me sorprende nada, así que lo mejor es tener 0 expectativas....
- OPOJUS
- Mensajes : 189
Fecha de inscripción : 01/08/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 08:46
Sabe alguien si en las bases pone cursos relacionados con el temario o con el Cuerpo o ambos?
Tengo uno de menores que lo voy a meter y no tengo claro si valdrá.
Tengo uno de menores que lo voy a meter y no tengo claro si valdrá.
- InvitadoInvitado
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 09:08
B. Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.
– Entre 11 y 29 h: 1 punto.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas.
– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas como créditos universitarios o créditos ECTS («European Credit Transfer and Accumulation System»).
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidar asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valorarían dentro de este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:
– Entre 11 y 29 h: 1 punto.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 10 o menos horas lectivas.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7,5 puntos; hasta 5 puntos en el apartado B-1 «conocimientos jurídicos», hasta 2,5 puntos en los apartados B-2 «conocimientos de informática».
Excepcionalmente, el Tribunal Calificador Único podrá valorar otros cursos homologados por otros Departamentos o Administraciones Públicas, no incluidos expresamente en los apartados B-1 y B-2.
Acuerdo del tribunal:
Apartado B (Historial profesional):
Apartado B-1 (Cursos de formación)
En este apartado se valorarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años
y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-
2009 hasta el 27-9-2019.
No se considerarán los siguientes cursos de formación:
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
- Cursos de atención al ciudadano sin contenido jurídico. Se exceptúan los cursos
específicos de atención a la víctima.
- Apartado B-2 (Cursos de formación en informática)
En este apartado se contarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez
años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir,
desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019.
- No se consideran cursos de informática los de mecanografía por ordenador.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.
– Entre 11 y 29 h: 1 punto.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas.
– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas como créditos universitarios o créditos ECTS («European Credit Transfer and Accumulation System»).
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidar asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valorarían dentro de este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:
– Entre 11 y 29 h: 1 punto.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 10 o menos horas lectivas.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7,5 puntos; hasta 5 puntos en el apartado B-1 «conocimientos jurídicos», hasta 2,5 puntos en los apartados B-2 «conocimientos de informática».
Excepcionalmente, el Tribunal Calificador Único podrá valorar otros cursos homologados por otros Departamentos o Administraciones Públicas, no incluidos expresamente en los apartados B-1 y B-2.
Acuerdo del tribunal:
Apartado B (Historial profesional):
Apartado B-1 (Cursos de formación)
En este apartado se valorarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años
y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-
2009 hasta el 27-9-2019.
No se considerarán los siguientes cursos de formación:
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
- Cursos de atención al ciudadano sin contenido jurídico. Se exceptúan los cursos
específicos de atención a la víctima.
- Apartado B-2 (Cursos de formación en informática)
En este apartado se contarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez
años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir,
desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019.
- No se consideran cursos de informática los de mecanografía por ordenador.
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 10:12
Yo creo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] que el de seguridad privada no lo van a contar, ahora, ojalá que sí, por supuesto. El otro de delitos y faltas supongo que si en la nota pusieron que derecho sustantivo sí pues te lo contarán seguro si cumple los demás requisitos.
Por cierto, el curso ese es anterior a 2015 no?. Desde ahí las faltas no existen, sino los delitos leves.
Por cierto, el curso ese es anterior a 2015 no?. Desde ahí las faltas no existen, sino los delitos leves.
- OPOJUS
- Mensajes : 189
Fecha de inscripción : 01/08/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 10:52
Opositora91 escribió:B. Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.
[/b]
"Relacionado con la actividad del Cuerpo" , pues como hay tramitadores en los Juzgados de Menores pues para adelante mi curso. Dudaba por el contenido del temario.
Muchas gracias .
- Cerebrito2020
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Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:29
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Chico cuanta indignación, jjjj
Qué más te da lo que haga la gente?
Cada uno que presente lo que crea oportuno.
Ni que lo tuvieras que baremar tu, jjjj
Lo que tengo claro es que si tengo un curso dudoso no voy a dejar de enviarlo porque aquí digan que no vale. Si alguien hiciera caso, tiene un serio problema, jjj
Muchos de los que se han mencionado en el foro a lo largo de los meses no valdrán, pero ante la duda hay que enviarlos (y me incluyo, porque tengo de sobra, pero enviaré hasta los dudosos, por si las moscas).
Chico cuanta indignación, jjjj
Qué más te da lo que haga la gente?
Cada uno que presente lo que crea oportuno.
Ni que lo tuvieras que baremar tu, jjjj
Lo que tengo claro es que si tengo un curso dudoso no voy a dejar de enviarlo porque aquí digan que no vale. Si alguien hiciera caso, tiene un serio problema, jjj
Muchos de los que se han mencionado en el foro a lo largo de los meses no valdrán, pero ante la duda hay que enviarlos (y me incluyo, porque tengo de sobra, pero enviaré hasta los dudosos, por si las moscas).
- PORCA MISERIA
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Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:30
Entonces tendrías que quitar todos los cursos de los temas 1 3 4 5 todos los de LOPJ 10 11 12 13 pura teoría que para las funciones te vale de nada etc etc y quedarte solo con los procesales, porque funciones del cuerpo si me dices que un curso de protección de datos está relacionado con las funciones del cuerpo, o de la constitución, los derechos fundamentales saberlos está relacionado con las funciones del cuerpo?
No sé, yo creo que al igual que un curso de informática por ejemplo de power point vale y poco tiene que ver con lo que harás, un curso de derecho penal también debería valer porque la norma y el proceso van de la mano
Otra cosa es que me presentes un curso de tributario, internacional privado, etc etc que siendo jurídicos tienen que ver 0 con derecho procesal penal civil etc
No sé, yo creo que al igual que un curso de informática por ejemplo de power point vale y poco tiene que ver con lo que harás, un curso de derecho penal también debería valer porque la norma y el proceso van de la mano
Otra cosa es que me presentes un curso de tributario, internacional privado, etc etc que siendo jurídicos tienen que ver 0 con derecho procesal penal civil etc
- Cerebrito2020
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Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:36
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Yo no sé si valdrán o no valdrán, pero lo que tengo muy claro, es que si tengo uno (justamente de dcho penal no tengo), no lo dejo de enviar porque en un foro un opositor me diga que no vale.
Sería de tontos, vamos.
jjjjj hasta estoy pensando en meter uno de dcho mercantil internacional, jjjjj
Que no valdrá? PUes ya me supongo que no, pero lo he descubierto estos días, y lo voy a meter, jjjjj
Yo no sé si valdrán o no valdrán, pero lo que tengo muy claro, es que si tengo uno (justamente de dcho penal no tengo), no lo dejo de enviar porque en un foro un opositor me diga que no vale.
Sería de tontos, vamos.
jjjjj hasta estoy pensando en meter uno de dcho mercantil internacional, jjjjj
Que no valdrá? PUes ya me supongo que no, pero lo he descubierto estos días, y lo voy a meter, jjjjj
- Vaatryaux
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Fecha de inscripción : 27/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:36
Yo creo lo mismo. Derecho procesal y derecho sustantivo valen si aparecen en el temario, un curso de derecho constitucional por ejemplo. Y aunque no aparezca en el temario como el de menores que ha apuntado el compañero también debería valer, ya que hay tremitadores en esos juzgados.
Si vale el derecho sustantivo en igualdad y prl, por que no en penal?. No tiene mucho sentido
Si vale el derecho sustantivo en igualdad y prl, por que no en penal?. No tiene mucho sentido
- tosalemal
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Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:42
No os calenteis que no tiene sentido. Presentad lo que tengais, no hacerlo seria una estupidez, como no presentarse al word por no tener opciones, siempre hay que pelear,
Ya habeis hecho lo que estaba en vuestras manos.. ahora hay que encomendarse a la divina providencia del Baremator..
Ya habeis hecho lo que estaba en vuestras manos.. ahora hay que encomendarse a la divina providencia del Baremator..
- PORCA MISERIA
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Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:43
Está claro pero minguito necesita relajarse y no ser tan tajante, leer opiniones. Bueno puedes ser lo que te dé la gana a mí me da igual, de hecho ni me molesta como te expresas, me da exactamente lo mismo, a veces con razón otras poseído por la verdad absoluta, minguito viene a dar master class en muchas ocasiones.
La mayoría de cursos procesales meten derecho sustantivo, qué sería un curso por ejemplo de violencia de género sin sus medidas penas etc, y así con muchos cursos, si estudias el proceso hacen referencia a la norma casi obligatoriamente.
La mayoría de cursos procesales meten derecho sustantivo, qué sería un curso por ejemplo de violencia de género sin sus medidas penas etc, y así con muchos cursos, si estudias el proceso hacen referencia a la norma casi obligatoriamente.
- InvitadoInvitado
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:50
Me vais a perdonar que me meta, pero es que hay 500 hilos discutiendo lo mismo y ya estoy un poco saturada del tema.
Vamos a ver, si todos tenéis claro que vais a aportar todo lo que tenéis, ¿qué sentido tiene esta discusión ahora? ¿no será mejor discutirlo cuando abran el plazo de alegaciones y llegado el caso de que no os hayan contado cursos por los que esperabais puntuar?. Ya sé que me vais a decir que lo mismo pasó con el tema de los exámenes, y sí tenéis razón, pero por eso mismo se concluye que este debate, ahora mismo, es completamente estéril.
Un saludo y suerte a todos.
Vamos a ver, si todos tenéis claro que vais a aportar todo lo que tenéis, ¿qué sentido tiene esta discusión ahora? ¿no será mejor discutirlo cuando abran el plazo de alegaciones y llegado el caso de que no os hayan contado cursos por los que esperabais puntuar?. Ya sé que me vais a decir que lo mismo pasó con el tema de los exámenes, y sí tenéis razón, pero por eso mismo se concluye que este debate, ahora mismo, es completamente estéril.
Un saludo y suerte a todos.
- Julizai09
- Mensajes : 1725
Fecha de inscripción : 13/07/2020
Localización : El paraíso
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:51
Por meter debemos de meter todos los que tengamos que sean de fecha xD...Ya se encargarán ellos que contar los que valgan jjajjajjajajjaajjajaja. Yo acabo de meter hasta el certificado de escolaridad para que, aunque no me lo cuenten, vean que tenía cara de pocos amigos...
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 11:59
Minguito documentate antes de hablar,,
No se considerarán los siguientes cursos de formación:
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar elg programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
Esto es lo que ponia el acuerdo del tribunal..
Valdràn cursos tanto de derecho penal como sustantivo..
Y te voy a decir màs amigo...La vìctima de violencia de género y clases de vìctimas,,Delitos en el.àmbito familiar si esta relacionado con la actividad del cuerpo..
A la hora de tramitar tienes que saber que un delito de violencia o en el àmbito familiar lo lleva en exclusiva el.Juzgado de Violencia...
Yla asistencia a la vìctima.
No se considerarán los siguientes cursos de formación:
- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria
y no tienen carácter jurídico.
- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan
módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán
aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos,
debiendo aportar elg programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior.
Esto es lo que ponia el acuerdo del tribunal..
Valdràn cursos tanto de derecho penal como sustantivo..
Y te voy a decir màs amigo...La vìctima de violencia de género y clases de vìctimas,,Delitos en el.àmbito familiar si esta relacionado con la actividad del cuerpo..
A la hora de tramitar tienes que saber que un delito de violencia o en el àmbito familiar lo lleva en exclusiva el.Juzgado de Violencia...
Yla asistencia a la vìctima.
- Gestor 20
- Mensajes : 1141
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Re: Contenidos de derecho penal no sirven?
20/10/2020, 12:50
Minguito aqui tu opinión no tiene validez y la mia tampoco..
El ùnico que tiene la verdad absoluta es el Tribunal o.la empresa cuando valoren si valen cursos
El ùnico que tiene la verdad absoluta es el Tribunal o.la empresa cuando valoren si valen cursos
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