Como efectuar las impugnaciones
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Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 12:45
Si alguien es tan amable de ponerlo paso a paso, se agradece .
Me gustaría impugnar la 125
Me gustaría impugnar la 125
- Yo me llamo Ralph
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Re: Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 14:45
En este hilo se ha comentado un poquito más del tema de cómo reclamar
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- adrianap
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Re: Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 14:51
Hola, yo había puesto algo en referencia a la 125 en el hilo de la 127. Lo copio y lo pongo aquí también para ver que os parece, como argumento, es básico ya lo sé, pero por empezar...
Pero en la 125 yo entiendo que sí, que legitimación puede tener, pero que en realidad no podría ir por el 250.1 2º porque no ha habido "cesión" para que sea una demanda de desahucio por precario, que requiere que sea "cedida" por el dueño, usufructuario ....
vamos que yo entiendo que legitimado podrá estar como persona física y tal pero no tiene sentido que sea la correcta porque no se lo va a admitir el juzgado...No ha habido cesión. Por eso no veo la d)
qué pensáis?
Pero en la 125 yo entiendo que sí, que legitimación puede tener, pero que en realidad no podría ir por el 250.1 2º porque no ha habido "cesión" para que sea una demanda de desahucio por precario, que requiere que sea "cedida" por el dueño, usufructuario ....
vamos que yo entiendo que legitimado podrá estar como persona física y tal pero no tiene sentido que sea la correcta porque no se lo va a admitir el juzgado...No ha habido cesión. Por eso no veo la d)
qué pensáis?
- Mr. X
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Re: Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 15:14
Gracias RalphYo me llamo Ralph escribió:En este hilo se ha comentado un poquito más del tema de cómo reclamar
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- pitusa
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Re: Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 15:25
¿Ha habido alguna vez que se haya impugnado una pregunta del provisional y se haya anulado finalmente?
- adrianap
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Re: Como efectuar las impugnaciones
21/4/2021, 18:36
Buenas, cual es el cauce que veis más indicado para cursar la impugnación?
Voy a impugnar la 125 basándome en que:
la ausencia de consentimiento previo del propietario (el caso práctico se refiere a un tal Antonio del que no
señala ni demuestra la situación posesoria que pueda tener en la finca) es lo que descarta
que Don Pedro pueda plantear demanda de desahucio por precario.
Además Don Pedro no sólo puede plantear una demanda por el procedimiento regulado en el
250.1, 4º párrafo segundo de la LEC, sino que también podría utilizar el procedimiento
regulado en el párrafo primero, que conocemos como el tradicional interdicto de retener o
recobrar la posesión.
Por estos motivos solicito que se anule la pregunta 125 y sea sustituida por la
correspondiente de reserva.
Por si os sirve.
De lo que he leído por ahí es lo más me convence, si encontráis que no es correcto y por supuesto como mejorarlo, decídmelo por favor. Gracias
Voy a impugnar la 125 basándome en que:
la ausencia de consentimiento previo del propietario (el caso práctico se refiere a un tal Antonio del que no
señala ni demuestra la situación posesoria que pueda tener en la finca) es lo que descarta
que Don Pedro pueda plantear demanda de desahucio por precario.
Además Don Pedro no sólo puede plantear una demanda por el procedimiento regulado en el
250.1, 4º párrafo segundo de la LEC, sino que también podría utilizar el procedimiento
regulado en el párrafo primero, que conocemos como el tradicional interdicto de retener o
recobrar la posesión.
Por estos motivos solicito que se anule la pregunta 125 y sea sustituida por la
correspondiente de reserva.
Por si os sirve.
De lo que he leído por ahí es lo más me convence, si encontráis que no es correcto y por supuesto como mejorarlo, decídmelo por favor. Gracias
- Geranio1
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Fecha de inscripción : 21/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 07:54
Me podríais indicar la dirección electrónica para impugnar?
Lo voy hacer por este medio pues por correo ordinario me resulta muy complicado por lejanía, gracias
Lo voy hacer por este medio pues por correo ordinario me resulta muy complicado por lejanía, gracias
- krys_mds
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Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 08:41
MI RECURSO:
EXPONE:
Que en fecha 17 de abril de 2021 ha tenido lugar el primer ejercicio de la oposición al Cuerpo de Auxilio Judicial.
En la plantilla provisional publicada por el Tribunal, en la pregunta nº 98 se da como correcta la respuesta D .
Considero que la respuesta correcta debe ser la B por los siguientes motivos
La respuesta D dice que la habilitación se hará por el Letrado de la Administración de Justicia, sin embargo, el art. 131.1 de la LEC dice literalmente "Esta habilitación se realizará por los Letrados de la Administración de Justicia cuando tuviera por objeto la realización de ACTUACIONES PROCESALES DE SU EXCLUSIVA COMPETENCIA", y el enunciado de la pregunta no hace ninguna referencia a que se trate de un asunto de la exclusiva competencia del LAJ, por todo ello y yendo a la regla general del citado artículo, entiendo que la respuesta correcta es la B.
(O considero que esta pregunta debe ser anulada por tener dos (o mas respuestas: o no ser ninguna correcta)).
Por todo ello SOLICITO
Que se corrija la plantilla de respuestas del primer ejercicio para el ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia dando como contestación correcta a la pregunta nº 98 la respuesta B en lugar de la D.
EXPONE:
Que en fecha 17 de abril de 2021 ha tenido lugar el primer ejercicio de la oposición al Cuerpo de Auxilio Judicial.
En la plantilla provisional publicada por el Tribunal, en la pregunta nº 98 se da como correcta la respuesta D .
Considero que la respuesta correcta debe ser la B por los siguientes motivos
La respuesta D dice que la habilitación se hará por el Letrado de la Administración de Justicia, sin embargo, el art. 131.1 de la LEC dice literalmente "Esta habilitación se realizará por los Letrados de la Administración de Justicia cuando tuviera por objeto la realización de ACTUACIONES PROCESALES DE SU EXCLUSIVA COMPETENCIA", y el enunciado de la pregunta no hace ninguna referencia a que se trate de un asunto de la exclusiva competencia del LAJ, por todo ello y yendo a la regla general del citado artículo, entiendo que la respuesta correcta es la B.
(O considero que esta pregunta debe ser anulada por tener dos (o mas respuestas: o no ser ninguna correcta)).
Por todo ello SOLICITO
Que se corrija la plantilla de respuestas del primer ejercicio para el ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia dando como contestación correcta a la pregunta nº 98 la respuesta B en lugar de la D.
- tonuko
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MEDIOS PARA PRESENTAR IMPUGNACIONES
22/4/2021, 10:22
He estado hablando con el Ministerio de Justicia y lo mas fácil es ir a vuestro ayuntamiento, que es un Registro General, (ventanilla única), así me lo han hecho saber, ya que no tenía ni idea de como iba esto.
La funcionaria del ayuntamiento me ha dicho que ellos escanean el escrito de impugnación y el envío es inmediato y con acuse de recibo, eso si pedir cita a mi me han dado para mañana.
El motivo de la impugnación es la pregunta 98, y solicito que den como correcta la B o directamente la ANULEN
“Artículo 131. Habilitación de días y horas inhábiles.
La funcionaria del ayuntamiento me ha dicho que ellos escanean el escrito de impugnación y el envío es inmediato y con acuse de recibo, eso si pedir cita a mi me han dado para mañana.
El motivo de la impugnación es la pregunta 98, y solicito que den como correcta la B o directamente la ANULEN
“Artículo 131. Habilitación de días y horas inhábiles.
1. De oficio o a instancia de parte, los Tribunales podrán habilitar los días y horas inhábiles, cuando hubiere causa urgente que lo exija. Esta habilitación se realizará por los Letrados de la Administración de Justicia cuando tuviera por objeto la realización de actuaciones procesales que deban practicarse en materias de su exclusiva competencia, cuando se tratara de actuaciones por ellos ordenadas o cuando fueran tendentes a dar cumplimiento a las resoluciones dictadas por los Tribunales.”
Según está redactada la respuesta D) , excluye la posibilidad de que los tribunales puedan habilitar días, y es totalmente contradictoria con la literalidad del artículo 131 LEC, ya que dice “Esta habilitación se realizará por el Letrado de la Administración de Justicia”, entendiéndose que el LAJ habilitará en todo caso, lo cual es incorrecto, sin tener en cuenta ni especificar que esta habilitación está condicionada a los siguientes casos:
1) Cuando fueran materias de su exclusiva competencia
2) Cuando se tratara de actuaciones por ellos ordenadas
3) Cuando fueran tendentes a dar cumplimiento a resoluciones dictadas por los Tribunales.
Un saludo y animo para todos
- tonuko
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Fecha de inscripción : 12/03/2021
MEDIOS PARA PRESENTAR IMPUGNACIONES
22/4/2021, 10:47
De todas formas voy a ir a correos hoy y a enviarlo por correo urgente con acuse de recibo para asegurarme que llega.
Me estaba preguntando si al ayuntamiento le será suficiente la dirección física del tribunal, sin aportarle ningún medio electrónico.
Entiendo que es la misma dirección que la que pusieron para el Tribunal Calificador Único de Tramitación Procesal ¿no? Calle San Bernardo, 21, 28071 Madrid
¿A que dirección se envía?
¿Alguien puede aclarar?
Saludos
Me estaba preguntando si al ayuntamiento le será suficiente la dirección física del tribunal, sin aportarle ningún medio electrónico.
Entiendo que es la misma dirección que la que pusieron para el Tribunal Calificador Único de Tramitación Procesal ¿no? Calle San Bernardo, 21, 28071 Madrid
¿A que dirección se envía?
¿Alguien puede aclarar?
Saludos
- Yo me llamo Ralph
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Localización : Mandril
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 10:57
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] te he movido tu mensaje a este que ya estaba abierto sobre cómo impugnar. Y ya de paso te contesto a lo de la dirección, esta es la que aparece en la convocatoria a efectos de comunicaciones, así que sí, hay que remitirlo esa que has puesto.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] la dirección de correo electrónico que yo he visto es esta auxilio.tcu@mjusticia.es, pero tal y como explicó Demandado en otro hilo no ha sido un cauce proporcionado por ellos para presentar impugnaciones así que igual no tiene validez. Por si acaso, correo ordinario o a través de registro electrónico.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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- cachuelo
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Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 11:18
Gracias [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] por la información! Pero entonces alguien sabe si sería válido también enviarlo por Correos por correo certificado con acuse de recibo a la dirección del TCU? Me han informado que también se podría llevar un duplicado a Correos y que el funcionario coteje ambos documentos para ver que son iguales y estampe un sello en ambas copias para que quede demostrado que se ha enviado dentro de plazo y que los documentos son iguales. Alguien sabe si esto puede hacerse así? Gracias!!
- Juanjo84
- Mensajes : 135
Fecha de inscripción : 13/11/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 11:28
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Buenos días Cachuelo, sí que se puede, es lo que comúnmente se conoce como " correo administrativo" tu llevas tus alegaciones en el sobre cerrado, aparte llevas la copia para que el funcionario de correos la mire y te la selle ( ni se molestan en cotejar lo que hay en el sobre cerrado, como si en lugar de las aelgaciones hay una carta de amor) y ya lo envías con el acuse de recibo a la dirección del tribunal, es muy sencillo.
- cachuelo
- Mensajes : 172
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 13:24
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Jajaja me ha hecho gracia lo de la carta de amor, pues mil gracias compañero! Nunca había tenido que enviar nada por el estilo, y así ya voy a Correos sabiendo lo que tengo que hacer. Mañana mismo por la tarde que es cuando puedo ir, me acerco a Correos a enviar el escrito. Cueste lo que cueste, aunque luego hagan caso omiso de las impugnaciones, hay que intentarlo por todos los medios y así se queda uno más tranquilo
- Juanjo84
- Mensajes : 135
Fecha de inscripción : 13/11/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 13:27
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] De nada Cachuelo, para eso estamos, a ver si hay suerte, que tanto la 98 como la 127 me interesan porque la 98 no la contesté, precisamente porque al faltar lo del LAJ la veía incompleta y la B no me cuadraba porque todo no lo habilita el juez y la 127 la tengo mal jejeje, la 125 me es indiferente porque la tengo bien, pero igualmente tengo bien las dos de reserva, así que si se rasca algo de estas alegaciones, nos beneficiaremos muchos.
- cachuelo
- Mensajes : 172
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Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 13:42
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Sí, yo la 98 me arriesgué pensando que pudiera ser típica pregunta trampa más rebuscada porque tampoco me sonaba literalmente la respuesta de la B), pero es que como hemos comentado, tal y como está formulada en el examen no es correcta la D) porque falta información crucial...
En mi caso, es al contrario, la 125 mal y la 127 bien, aunque la 125 de primeras la puse bien pero luego al ver la 126 ya me acabé liando y rectifiqué para mal... Esta pregunta está dando muchísimo de qué hablar y seguro que está llegando a instancias más altas jeje Demasiado polémica e interpretable, pero bueno vamos a ver al final en qué quedan todas las impugnaciones, está claro que aquí cada uno tiene que defender lo suyo pero al mismo tiempo también hacer "piña" para que pesen las impugnaciones y podamos salir beneficiados entre todos porque nos jugamos mucho. Suerte!
En mi caso, es al contrario, la 125 mal y la 127 bien, aunque la 125 de primeras la puse bien pero luego al ver la 126 ya me acabé liando y rectifiqué para mal... Esta pregunta está dando muchísimo de qué hablar y seguro que está llegando a instancias más altas jeje Demasiado polémica e interpretable, pero bueno vamos a ver al final en qué quedan todas las impugnaciones, está claro que aquí cada uno tiene que defender lo suyo pero al mismo tiempo también hacer "piña" para que pesen las impugnaciones y podamos salir beneficiados entre todos porque nos jugamos mucho. Suerte!
- Geranio1
- Mensajes : 133
Fecha de inscripción : 21/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 15:53
Siiiiii cuántos más seamos mejor¡¡¡¡¡
Es de justicia
Es de justicia
- Mtierra
- Mensajes : 38
Fecha de inscripción : 05/01/2021
Re: Como efectuar las impugnaciones
22/4/2021, 16:33
Hola, yo quiero impugnar la pregunta 98. Donde tengo que presentar el escrito?
Gracias!
Gracias!
- Ernes
- Mensajes : 31
Fecha de inscripción : 11/09/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
23/4/2021, 06:12
Se podra llevar directamente la impugnación en mano a la direccion que indicáis en Madrid? Vivo cerca de alli, y si se puede llevar en mano pues el lunes voy
- Albertoalmen
- Mensajes : 15
Fecha de inscripción : 23/09/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
23/4/2021, 11:31
Yo voy a enviar mi escrito de impugnación a través de la carpeta ciudadana con certificado digital--> Mis registros--> Presentar solicitud de registro electrónico--> Organismo destinatario: Procesos Selectivos de la Administración de Justicia. Se indica el tribunal calificador único al que se dirige, el asunto y se adjunta el documento. Imagino que no habrá problema, por si a alguien puede ayudarle.
- cachuelo
- Mensajes : 172
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
23/4/2021, 17:26
Yo voy en un rato a Correos a enviarla por correo certificado con acuse de recibo con la modalidad de "correo administrativo" para que me sellen las dos copias. La dirección entiendo que es (puntos 6.7 y 5.3 de la convocatoria):
Calle San Bernardo, n.º 21, 28071-Madrid
Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos
Saludos!
Calle San Bernardo, n.º 21, 28071-Madrid
Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos
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- Ernes
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Fecha de inscripción : 11/09/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
23/4/2021, 19:23
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Entonces en correos se puede, pues aunque lo envie el lunes llegara sin problema supongo no? Y en correos les indico todo eso de Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos ???
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos ???
- cachuelo
- Mensajes : 172
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Como efectuar las impugnaciones
23/4/2021, 20:18
Sí [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], yo acabo de volver de Correos, tiene que ser correo certificado con acuse de recibo, yo además lo he enviado por modalidad urgente (5€ y pico me ha costado).
He llevado dos copias iguales del escrito de impugnación, una dentro del sobre (aún abierto) y otra aparte, el funcionario ha estampado el sello en ambas, en las respectivas primeras páginas, con la fecha y la oficina de Correos, y luego ya ha sellado la carta. En el sobre he puesto en el reverso el remitente, y en el anverso la dirección esa tal cual del TCU:
Calle San Bernardo, n.º 21, 28071-Madrid
Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos
Y listo, me han dado un resguardo con el comprobante y el número de seguimiento. Yo me imagino que llegará o mañana o a partir del lunes. Si lo envías el lunes, seguramente sí que llegue antes del miércoles, que es la fecha límite, pero vamos igualmente lo que importa es la fecha del sello que te estampa Correos.
Yo ya con esto me quedo más tranquilo, que luego pasen de las impugnaciones, pues bueno... Pero por lo menos se ha intentado!
Saludos!
He llevado dos copias iguales del escrito de impugnación, una dentro del sobre (aún abierto) y otra aparte, el funcionario ha estampado el sello en ambas, en las respectivas primeras páginas, con la fecha y la oficina de Correos, y luego ya ha sellado la carta. En el sobre he puesto en el reverso el remitente, y en el anverso la dirección esa tal cual del TCU:
Calle San Bernardo, n.º 21, 28071-Madrid
Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos
Y listo, me han dado un resguardo con el comprobante y el número de seguimiento. Yo me imagino que llegará o mañana o a partir del lunes. Si lo envías el lunes, seguramente sí que llegue antes del miércoles, que es la fecha límite, pero vamos igualmente lo que importa es la fecha del sello que te estampa Correos.
Yo ya con esto me quedo más tranquilo, que luego pasen de las impugnaciones, pues bueno... Pero por lo menos se ha intentado!
Saludos!
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