- mafalda
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Licencia fallecimiento familiar
14/8/2021, 21:59
Buenas noches, donde puedo mirar los días que nos corresponde por fallecimiento de familiar, pensaba que venía en el reglamento 1451 pero no lo encuentro, gracias
- PORCA MISERIA
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Re: Licencia fallecimiento familiar
14/8/2021, 22:04
en el EBEP artículo 48
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.
- mafalda
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Re: Licencia fallecimiento familiar
14/8/2021, 22:05
Muchas gracias
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