Reducción de jornada por interés particular
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Manolojordan
juanfevoices
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- juanfevoices
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Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 21:01
Hoy os traigo otro temita que me interesa y no sé qué requisitos piden para esto. Se cobra el 75 % del salario y se trabaja 5 horas, de 9 a 14 horas. (según Ley). No sé si se pide cuando hay un segundo trabajo o si se puede pedir porque te da la gana y ya está.
- Manolojordan
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Re: Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 21:52
Hay gente que ya reduce su jornada laboral sin pedir dicho permiso. Véase el caso del que está dos horas de café, o el que se levanta cada vez por tres a dar paseos por el edificio o a cotillear con otros que también están en reducción de jornada... y cobrando como el que más
- juanfevoices
- Mensajes : 449
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Re: Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 22:02
Hombre, ya pero yo me refiero en plan legal, tú sabes. Escaqueados hay en todos los sitios. En la función pública donde más, supongo.
- InvitadoInvitado
Re: Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 22:38
juanfevoices escribió:Hoy os traigo otro temita que me interesa y no sé qué requisitos piden para esto. Se cobra el 75 % del salario y se trabaja 5 horas, de 9 a 14 horas. (según Ley). No sé si se pide cuando hay un segundo trabajo o si se puede pedir porque te da la gana y ya está.
Salvo que sea ineludible pedirlo, yo no lo haría, la responsabilidad sobre tu mesa es la misma y no te van a reducir expedientes
No sé si hay requisitos o no, creo que no
- juanfevoices
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Re: Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 23:02
Pues no tiene sentido. Sería como decirle a un cartero que trabaja a media jornada que reparta las mismas cartas que el que va a jornada completa. Además, yo pensaba que se resolvían los expedientes que te da tiempo y cuando es tu hora te vas y hasta el día siguiente. Como nunca he trabajado estoy inocentón.
- InvitadoInvitado
Re: Reducción de jornada por interés particular
1/10/2021, 23:23
Si preguntan por tus expedientes tus compañeros dirán que vuelvan o llamen al día siguiente, y con razón, nadie los conoce mejor que tú y es fácil meter la pata.
No se va a hacer una remodelación en el juzgado del reparto de expedientes porque tú te puedas reducción.
Al final, el mismo trabajo con menos remuneración.
Y repito, hay circunstancias en la vida que te pueden obligar a solicitarlo, pero es una putada para el que lo pide.
En cuanto lo de no llevarse el trabajo a cada, hay compis que lo consiguen, otros en la noche pensamos en el recurso que nos va a meter al dia siguiente.tal abogado por el auto que le hemos notificado.
Que esto es como lo lleva cada uno, pero es que a veces creo que este curro está como idealizado, y es duro, y estresante, pero a algunos nos va la marcha
No se va a hacer una remodelación en el juzgado del reparto de expedientes porque tú te puedas reducción.
Al final, el mismo trabajo con menos remuneración.
Y repito, hay circunstancias en la vida que te pueden obligar a solicitarlo, pero es una putada para el que lo pide.
En cuanto lo de no llevarse el trabajo a cada, hay compis que lo consiguen, otros en la noche pensamos en el recurso que nos va a meter al dia siguiente.tal abogado por el auto que le hemos notificado.
Que esto es como lo lleva cada uno, pero es que a veces creo que este curro está como idealizado, y es duro, y estresante, pero a algunos nos va la marcha
- DemandadoReconviniente
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 10:53
¿Por interés particular se puede pedir? ¿Así, sin más? Yo sé que se puede pedir (y supongo que tiene la obligación de concederlo) si tienes hijos mejores a tu cargo. Aunque aquí también está la opción de flexibilizar horario, al menos en Madrid.
Pero pedirlo simplemente porque quieres trabajar menos horas, aunque sea cobrando menos, me choca mucho. Si fuese así, mucha gente, que viva en pareja o familia con más miembros trabajando, y sin dificultades económicas, lo pediría y trabajaría solo sus 5 horas o 5 horas y media.
Pero tampoco controlo tanto el tema de las licencias y permisos, y además puede que haya distintas regulaciones en distintos sitios, así que me quedo por aquí a ver si alguien que lo sepa de primera mano nos cuenta. A mí a día de hoy no me interesa, pero nunca se sabe en qué situación vas a estar en el futuro.
Pero pedirlo simplemente porque quieres trabajar menos horas, aunque sea cobrando menos, me choca mucho. Si fuese así, mucha gente, que viva en pareja o familia con más miembros trabajando, y sin dificultades económicas, lo pediría y trabajaría solo sus 5 horas o 5 horas y media.
Pero tampoco controlo tanto el tema de las licencias y permisos, y además puede que haya distintas regulaciones en distintos sitios, así que me quedo por aquí a ver si alguien que lo sepa de primera mano nos cuenta. A mí a día de hoy no me interesa, pero nunca se sabe en qué situación vas a estar en el futuro.
- Argon
- Mensajes : 86
Fecha de inscripción : 21/07/2020
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:02
La reducción de jornada creo que la puedes solicitar tienes hijos menores de 12 años a tu cargo.
O a no ser q tengas un familiar enfermo y te la pidas para sus cuidados durante un tiempo creo recordar.
Porque quieras por reducir tu jornada sin más no.
O a no ser q tengas un familiar enfermo y te la pidas para sus cuidados durante un tiempo creo recordar.
Porque quieras por reducir tu jornada sin más no.
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:08
yo conocía la excedencia por interés particular pero la reducción por interés particular, dónde viene eso regulado?
- Narusita
- Mensajes : 1323
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Localización : Japón
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:12
Es lo que dice Argon, la reducción de jornada, en su caso, es en el supuesto de guarda legal, no porque tú quieras.
- Argon
- Mensajes : 86
Fecha de inscripción : 21/07/2020
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:14
La excedencia por interés particular no la puedes pedir hasta q no lleves 5 años de servicio creoPORCA MISERIA escribió:yo conocía la excedencia por interés particular pero la reducción por interés particular, dónde viene eso regulado?
- Argon
- Mensajes : 86
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:16
No me acuerdo concretamente si viene regulado en el EBEP o LOPJ, pero se que me lo estudié para estas oposiciones
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:17
Por guarda legal sí que me acuerdo me suena, pero así dicho reducción por interés particular la verdad que no.
Y claro porque eso de interés particular suena a porque me da la gana, dónde se ha visto eso, sin causa justificada y por capricho reducir la jornada aunque cobres menos, si ya faltan horas y personal para sacar la justicia adelante como para andar con esos permisos.
Y claro porque eso de interés particular suena a porque me da la gana, dónde se ha visto eso, sin causa justificada y por capricho reducir la jornada aunque cobres menos, si ya faltan horas y personal para sacar la justicia adelante como para andar con esos permisos.
- Argon
- Mensajes : 86
Fecha de inscripción : 21/07/2020
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:25
Es q no existe una reduccion de jornada x interes particular, lo q existe es excedencia voluntaria x interes particular, que no cobras nada, ni te cuenta a la hora de trienios ni nada, ni trabajas en la admon de justicia claro está
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13764
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Localización : MADRID
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:34
por eso lo decía que tal como está preguntado no me sonaba de nada, la de excedencia sí.
- Narusita
- Mensajes : 1323
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Localización : Japón
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 11:43
Para los de la Comunidad de Madrid:
16. Permiso por razones de guarda legal: Los funcionarios que por razones de guarda legal tengan a su cuidado directo algún menor de doce años, persona mayor que requiera de una especial dedicación o una persona con una discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo con la reducción proporcional de sus retribuciones.
Este mismo derecho lo tendrán aquellos funcionarios que precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
16. Permiso por razones de guarda legal: Los funcionarios que por razones de guarda legal tengan a su cuidado directo algún menor de doce años, persona mayor que requiera de una especial dedicación o una persona con una discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo con la reducción proporcional de sus retribuciones.
Este mismo derecho lo tendrán aquellos funcionarios que precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
- juanfevoices
- Mensajes : 449
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 12:36
Sí. Sí que la hay. Viene contemplada en la Resolución de Secretaría de Estado de Justicia de 15 de julio de 2005 y en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 20 de diciembre de 2005. Pone por interés particular, sin más requisitos que no estar en régimen especial, no tener otras reducciones jornada y estar sujeto a las disponibilidades del servicio. Ahora, ya no sé si te la dan por que te da la gana o no. En mi caso es por razones personales, no por trabajar menos.
- DemandadoReconviniente
- Mensajes : 4833
Fecha de inscripción : 31/03/2020
Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 12:56
Pues investigando un poco, puede que sí que pueda darse esa situación...
La Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia dice en el art. 6.
Sexto. Jornada reducida por interés particular.
1. En aquellos supuestos en los cuales, de acuerdo con la normativa reguladora de esta
situación, proceda el reconocimiento de una jornada reducida, ésta se entenderá que abarca
el desempeño del trabajo efectivo ininterrumpido de cinco horas, de lunes a viernes,
correspondiéndole la percepción a quien se halle en esta situación, del 75 % de las
retribuciones que le corresponderían por el desempeño de la jornada completa.
Así que hay que ver si la normativa reguladora de esa situación lo permite. En la normativa estatal, que yo sepa, no se permite. Pero rebuscando en la normativa autonómica, veo una Resolución de 7 de marzo de 2018, de la Dirección General de Justicia, por la que aprueba el calendario laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2018, que por tanto, habría que ver si está vigente por haberse prorrogado, o si existe otra norma equivalente para el momento actual, y dice que:
Quinto. Jornada reducida por interés particular
1. Los funcionarios podrán solicitar el reconocimiento de una jornada reducida ininterrumpida de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, percibiendo el 75 por 100 de sus retribuciones totales.
2. No podrá reconocerse esta reducción de jornada al personal que por la naturaleza y características del puesto de trabajo desempeñado deba prestar servicios en régimen de dedicación especial.
3. El resto de jornadas reducidas deberán de ajustarse a lo previsto en la normativa estatal sobre la materia. En todo caso, las horas que tenga obligación de hacer el funcionario diariamente, deberán de realizarse en el intervalo de tiempo que comprende el horario de obligado cumplimiento.
Total, que no está tan clara la cosa, pero, en cualquier caso, si existe la posibilidad, sería para CC.AA. concretas que lo hayan regulado específicamente por normativa vigente.
La Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia dice en el art. 6.
Sexto. Jornada reducida por interés particular.
1. En aquellos supuestos en los cuales, de acuerdo con la normativa reguladora de esta
situación, proceda el reconocimiento de una jornada reducida, ésta se entenderá que abarca
el desempeño del trabajo efectivo ininterrumpido de cinco horas, de lunes a viernes,
correspondiéndole la percepción a quien se halle en esta situación, del 75 % de las
retribuciones que le corresponderían por el desempeño de la jornada completa.
Así que hay que ver si la normativa reguladora de esa situación lo permite. En la normativa estatal, que yo sepa, no se permite. Pero rebuscando en la normativa autonómica, veo una Resolución de 7 de marzo de 2018, de la Dirección General de Justicia, por la que aprueba el calendario laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2018, que por tanto, habría que ver si está vigente por haberse prorrogado, o si existe otra norma equivalente para el momento actual, y dice que:
Quinto. Jornada reducida por interés particular
1. Los funcionarios podrán solicitar el reconocimiento de una jornada reducida ininterrumpida de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, percibiendo el 75 por 100 de sus retribuciones totales.
2. No podrá reconocerse esta reducción de jornada al personal que por la naturaleza y características del puesto de trabajo desempeñado deba prestar servicios en régimen de dedicación especial.
3. El resto de jornadas reducidas deberán de ajustarse a lo previsto en la normativa estatal sobre la materia. En todo caso, las horas que tenga obligación de hacer el funcionario diariamente, deberán de realizarse en el intervalo de tiempo que comprende el horario de obligado cumplimiento.
Total, que no está tan clara la cosa, pero, en cualquier caso, si existe la posibilidad, sería para CC.AA. concretas que lo hayan regulado específicamente por normativa vigente.
- Narusita
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 13:04
Demandado, estaba viendo esa normativa.
Pues parece que sí se puede. No sé si siempre que se pidiera te darían la reducción o se podrían negar por necesidades del servicio.
Si eres auxilio, no te vas a ir en mitad de un juicio.
Pues parece que sí se puede. No sé si siempre que se pidiera te darían la reducción o se podrían negar por necesidades del servicio.
Si eres auxilio, no te vas a ir en mitad de un juicio.
- PORCA MISERIA
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 13:19
Menudo zasca te has llevao argon, te has ido de profe con las explicaciones y zasss, jejeje bueno me incluyo en el zasca que yo eso lo desconocía pero sin calidad de profe.
Pues nada tenemos todo tipo de permisos y licencias jeje pero creo que eso como no lo justifiques, ni de coña te lo dan.
Pues nada tenemos todo tipo de permisos y licencias jeje pero creo que eso como no lo justifiques, ni de coña te lo dan.
- Narusita
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 13:28
Yo también me he llevado un zasca. Claro que peor fue lo del SheriffXD.
Yo no conozco a nadie que haga uso de esa reducción de jornada. Me imagino que por lo del sueldo. Como dice Manolojordan, alguno hará menos horas sin petición jajaja.
Yo no conozco a nadie que haga uso de esa reducción de jornada. Me imagino que por lo del sueldo. Como dice Manolojordan, alguno hará menos horas sin petición jajaja.
- DemandadoReconviniente
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Re: Reducción de jornada por interés particular
2/10/2021, 14:48
A todos de entrada nos chirría la posibilidad de esa reducción. Pero mira, otra cosa que hemos aprendido, al menos yo.
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