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PORCA MISERIA
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 12:26
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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 13:14
Las de reposición no cumplen los requisitos. Si acumulan 2019/2020/2021/2022 podría quedarse una oferta decente

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 16:00
Se te ve el plumero mucho ya jaajjjaaa no me persigas por todo el foro que cada vez que hablo me sales tú detrás

En cuanto a lo que dices, no le veo ningún sentido. Lo siento. La NATURALEZA de una plaza no se puede modificar, salvo que se amortice, y en ese caso, deja de existir a todos los niveles. Y explícame tú a mí como haces desaparecer miles y miles de plazas. Vamos, eso canta en Europa, en Asia y en el Universo entero.
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 16:08
Pues yo estoy con juanbn
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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 16:13
Es que estoy hablando de la naturaleza de unas plazas. Y eso no se puede modificar. Vosotros habláis de su destino. Si son de reposición, son de reposición, no hay más. Y las plazas de reposición no cumplen los requisitos de la ley.

Ahora, si eso mismo se lo aplicas a las plazas de carácter estructural ocupadas por personal temporal, pues te lo compro. Haz lo que quieras con ellas.

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 17:29
Vamos a ver, lo primero es que cuando hablo de plazas de reposición me refiero a las que venían ocupando titulares y claro que son estructurales pero no cubiertas ocupadas por personal temporal, que es a lo que se refiere la ley. Sé que hablo con personas inteligentes por eso cuando digo reposición sabes a qué me refiero y si digo estructurales ocupadas por personal temporal, también.
La naturaleza de las plazas no se puede modificar, ni su número alterar, salvo que se amorticen, eso también lo sabes.
Si no alteras el número, por mucho que quieras dejar caducar una oferta y otra y otra con esas plazas, digo yo, que algún día las tendrás que acumular, y sacar.
Si lo que pretendes es decir que con esas plazas sacarán un nuevo concurso oposición distinto del de la aplicación de la ley 20/21, pues perfecto, no distará mucho del del 2017-2018 pues éste ya rozaba lo permitido y lo legal. Y el del 2019 idem de lo mismo, lo único malo, que sería un número irrisorio de plazas, pero viendo que la van a dejar caducar, lo lógico que acumulen o tendrán que hacerlo tarde o temprano porque ya hay muchas ofertas juntándose.
Y todo esto teniendo en cuenta que las de reposición no pueden ser objeto de concurso de méritos ni del concurso oposición del 2019.
Eso es a lo que yo me refiero, y sé que me entiendes a la perfección.

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 17:47
Si la esencia de la ley es que las plazas ocupadas por personal temporal, como son estructurales, pasen a ser ocupadas por personal titular.
Las de reposición, no tienen cabida, por su naturaleza en la esencia de ésta ley.
Sería como crear una ley para ser incumplida por sus propios creadores jaajjjaaa
No, no lo compro

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 17:51
No, no es que no se pueda alterar el número de plazas que se sacan a OEP. Digo que no se puede alterar el número de plazas que son de reposición, aunque las vayas sacando por el número que quieras, el total es el que es. No sé si me explico.
En cuanto a que las plazas de reposición hubieran estado inicialmente ocupadas por interinos, ya es rizar el rizo.
SE TRATA DE LA NATURALEZA DE LA PLAZA Y DE QUIEN LA OCUPA. Si es estructural ocupada por titular no cumple; si lo es y está ocupada por personal temporal sí cumple con lo requerido en la ley. Es así de simple.
El cómo se llegaron a transformar en estructurales...ya son ganas ahora de debatir macho.


Última edición por Sirah el 25/1/2022, 18:03, editado 1 vez

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 18:12
Las de reposición cubiertas por interinos, claaaaroo hombre.
En cuanto a que se puede alterar. No. El número de plazas es el que es, y el que se ha presupuestado ya. O me vas a decir que si se jubilan 1000 titulares y se presupuestan en los PGE esas 1000 vacantes, luego por arte de birlibirloque se transforman en 200? Las otras 800 desaparecen. Que sí, que entre que cesa un titular y llega el siguiente, esa plaza como es estructural ha de estar ocupada por personal interino, claro, pero es que estamos hablando de plazas que se ofrecieron desde 2019 en adelante, ni por ahí cumplen los requisitos de la ley, te pongas como te pongas.


Última edición por Sirah el 25/1/2022, 18:14, editado 1 vez

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 18:17
Pues porque son plazas estructurales que no salieron a oferta antes...te estoy diciendo que eso sí se hace, se saca el número que se quiere en cada oferta ridícula pero como el total no se puede alterar, el resultado es que ahora se sacan todas esas.
Pero el tema no era ese .

Y te vas por las ramas.

Céntrate en lo principal: las plazas de reposición no cumplen con la esencia de la ley 20/21.
Lo demás ya son ganas de volver a repetir todo lo que en su día se hizo mal.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 18:40
Y vuelta a lo mismo. Se puede modificar el número que xse saca a oferta: sí. Se puede modificar el número total? No, salvo que se amorticen.
Pero ese no era el tema.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

25/1/2022, 18:54
Pero vamos a ver! Que estamos hablando de la ley 20/21 con unas fechas y años ya establecidos en la misma.
Y esas plazas de reposición, no cumplen a la fecha de entrada en vigor de la ley ni a la fecha de convocatoria con sus requisitos.
Y ya dejo el debate. Un saludo.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

26/1/2022, 10:55
Pero es que un concurso ya con más facilidad que el anterior no se puede ya. Rozando está el límite de lo constitucional.
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

26/1/2022, 11:45
A estos les da igual la constitucionalidad, que no os enterais
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

26/1/2022, 12:14
Será eso, que no nos enteramos de nada
Veremos a ver qué pasa
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

26/1/2022, 12:36
Ellos sacan sus leyes inconstitucionales, actuan rápido e impunemente y para cuando se pronuncie el constitucional ya está to el pescao vendio y no se podrá hacer nada. Como mucho le pondrán un multón del copón al estado, pero ya habrán logrado su objetivo que es colocar de por vida a la casta mediocre de esta monarquía bananera

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 11:50
Lo que yo trato de decir es que las plazas de reposición de los años 2019 y siguientes, no cumplen los requisitos de la ley 20/21 y por tanto no pueden ser incluidas en el concurso oposición fruto de la aplicación de esa ley.
Si se incluyeran sería incumplimiento de la ley por sus propios creadores. Sería ya la leche.
Nada más que añadir.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 12:53
1-) Aunque estén ocupadas por interinos actualmente, no cumplen con + 3 años ( desde 2019-2020, porque se entiende que cuando una plaza de reposición queda vacante en 2019 y sale a oferta, es porque hasta esa fecha ha estado ocupada por titular, sino, no sería de reposición )
2-) Pueden modificar el número de plazas a ofertar para la OEP 2019, claro, pero no pueden incluir las que no cumplan sus requisitos. Por mucho descontrol que haya, el punto 1 está claro y las plazas de reposición del 2019, 2020, 2021 y 2022 que han salido a oferta y publicadas en el BOE, SI ESTAN CUANTIFICADAS, sí se sabe su número. Obviar ese hecho es incumplimiento de su propia ley. Son plazas claramente cuantificadas, publicadas, presupuestadas.
3-) Si quieren incluir menos ahora, tendrán que incluirlas después. Y se van acumulando retrasos en convocar ofertas..
4-) La ley de interinos, es excepcional, por una única vez.
5-) Para eso está el Poder Judicial.

Lo que dices es taaannn retorcido que creo que es más fruto de tus intereses que de la propia realidad. No te ofendas, pero me da esa impresión.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 13:21
Juanbn escribió:
Sirah escribió:1-) Aunque estén ocupadas por interinos actualmente, no cumplen con + 3 años ( desde 2019-2020, porque se entiende que cuando una plaza de reposición queda vacante en 2019 y sale a oferta, es porque hasta esa fecha ha estado ocupada por titular, sino, no sería de reposición )
2-) Pueden modificar el número de plazas a ofertar para la OEP 2019, claro, pero no pueden incluir las que no cumplan sus requisitos. Por mucho descontrol que haya, el punto 1 está claro y las plazas de reposición del 2019, 2020, 2021 y 2022 que han salido a oferta y publicadas en el BOE, SI ESTAN CUANTIFICADAS, sí se sabe su número. Obviar ese hecho es incumplimiento de su propia ley. Son plazas claramente cuantificadas, publicadas, presupuestadas.
3-) Si quieren incluir menos ahora, tendrán que incluirlas después. Y se van acumulando retrasos en convocar ofertas..
4-) La ley de interinos, es excepcional, por una única vez.
5-) Para eso está el Poder Judicial.

Lo que dices es taaannn retorcido que creo que es más fruto de tus intereses que de la propia realidad. No te ofendas, pero me da esa impresión.
No es retorcido, es cómo se actúa.

Sí, las plazas correspondientes a la tasa de reposición son plazas que estaban ocupadas con anterioridad por un titular, pero eso no significa que en este momento no estén ocupadas por interinos hasta que se cubra por el funcionario de carrera.

Que la ley de interinos sea excepcional no significa que no pueda ser repetida con otros requisitos, alegando o justificando su excepcionalidad. Lo de que se hará una sola vez es un brindis al sol, sin valor alguno. Ni siquiera se sustenta jurídicamente este concurso, pues fijate lo de que se hará una sola vez...

¿Y qué más da que ahora no se puedan incluir esas plazas en la ley de interinos si no se pueden incluir en la convocatoria más inmediata?

Que las plazas estén cuantificadas y publicadas en el BOE no garantiza nada. De hecho, en esta administración se han llegado a convocar menos plazas que las publicadas en el BOE.

La cuestión es que aunque ahora estén ocupadas por un interino, éste no llevará + de 3 años en esa plaza y mucho menos 5, a la entrada en vigor de la ley. Imposible. Pues desde 2019 a 2021 no llega ni a 2 años. Imagina la oferta de las de reposición de 2020,2021, 2022.
Es excepcional y lo excepcional no puede repetirse sino, ya no sería excepcional. Y el problema de plazas estructurales ocupadas por personal temporal tiene que atajarse ya. No dentro de 5 años.
Si no se pueden incluir en la ley de interinos, se tendrá que hacer otro proceso con esas plazas.
Que las plazas estén cuantificadas y publicadas garantiza su naturaleza, su existencia. Se vería muy claro el incumplimiento de su propia ley. Tan claro...

Bueno, ya doy por zanjado este asunto. Espero que las cosas, se hagan bien para todos los colectivos.

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 14:00
La Directiva Europea hay que cumplirla ahora, no rara vez.
Ya pero es que aquí son tantas plazas que pensar que se han amortizado todas, o son inexistentes, o que se ha modificado su partida en los PGE, cosa que se puede comprobar...es poco creíble. No tiene fundamento.

Yo sólo espero que se hagan las cosas bien, respetando a todos los colectivos, y no a uno sólo. El derecho a acceder a esas plazas es de todos. Que se haga un reparto equitativo y unos procesos justos que respeten los principios constitucionales y se cumple con Europa igualmente atajando la temporalidad de esas plazas que realmente son estructurales.
Y ya de verdad, asunto zanjado. Repetir lo mismo ya cansa.

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 14:46
Sí. Se hizo mal. Pero no se puede volver hacia atrás en el tiempo. Es hora de soluciones. No vuelvas a lo mismo de siempre.
La publicidad de esas plazas, su naturaleza y su existencia, son bastante fundamento ya. Aún cuando no ha habido un control como debería, es más creíble pensar lo que he comentado antes, que pensar en su inexistencia, amortización...etc etc etc.
Es que no hay más. Es así de simple. Lo demás ya es retorcer lo evidente.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 16:18
Claro, no se indicaba el total de las existentes, se indicaban menos, pero las que se indicaban se indicaban y no desaparecían, ni se amortizaban precisamente porque son las que salían a oferta, se publicaban y se presupuestaban. Del resto, de las que no se indicaban, pues "qui lo sa". Pero de esas publicadas "si se sa". A eso es a lo que me refiero. Ese es el fundamento. Que se sabe su existencia, su naturaleza y que están presupuestadas.

Y ya creo que está todo dicho.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 17:35
Pero que ya sabemos que no se incluían todas, es de cajón, si hubiera sido así, no se hablaría de que existen plazas estructurales ocupadas por personal temporal.
Eso es así. Se hizo mal y no pasó nada, está pasando ahora.

En cuanto a la última pregunta, sí pasaría. Pasaría que estarían incumplimiento su propia ley 20/21, con plazas que a toda luz no cumplen los criterios de la misma.

Estamos volviendo a lo mismo.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 18:09
Claro, y nunca más se supo jajajajaja de esas plazas, nunca más convocarán, nunca nos dejarán ni acercarnos a una porque no merecemos nada, somos lo peor, la escoria de las oposiciones, no merecemos ni que se cumpla la ley, ni la CE, ni na de na de na.
En fin...
Pero ni de esas, ni de ninguna tasa de reposición de ningún año mientras la vida humana no se extinga, nunca jamás, ni esas plazas ni ninguna. Claro hombre.
Parezco Doña Corleone ya jaajjjaaa

Lo que estás diciendo es que esas plazas de reposición de varias OEPs ya publicadas y presupuestadas, por arte de magia, desaparecen, se amortizan, se esfuman y no se sabe más de ellas. Así porque sí. Y miles además. Canta demasiado. No hay razón. No hay fundamento para ello. Es lo que llevamos hablando todos éstos días. Volvemos al punto de partida.

En fin, espero sensatez, y que se hagan bien las cosas, teniendo en cuenta a todos los colectivos.


Última edición por Sirah el 27/1/2022, 18:35, editado 2 veces

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 18:43
Pero si estamos hablando de las plazas de reposición del 2019/2020/2021/2022... que no cumplen la ley 20/21 y que no hay ninguna razón con fundamento para no convocarlas, máxime cuando de lo que trata todo esto, es de reducir la temporalidad.
Entonces mira que fácil: todas las plazas estructurales ocupadas por personal temporal quedan amortizadas. Se acabó la temporalidad. Asunto arreglado.
Que no una plaza ni dos ni tres....miles. Han estado ahí todos estos años, pero ahora  ya no sirven, no son necesarias, sobran plazas estructurales, las anulamos, nos las comemos con patatas, han sido innecesarias, los que se jubilaron estaban en plazas que sobraban y más en justicia.
Que canta mucho eso. Que no tiene fundamento.
Es que no tiene ni pies ni cabeza esto ya hombre.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 19:09
No lo hacen porque puestos a amortizar, lo lógico es amortizar las llamadas de estabilización y no las de reposición. Y eso no interesa. Y hacerlo al contrario, hace saltar cualquier alarma, canta por soleares.
No se pueden amortizar miles y miles ahora es que no tiene fundamento, ni hay por donde cogerlo. Porque para no convocarlas tendrían que hacerlas desaparecer de los presupuestos, del BOE, de todos lados. Y eso canta por soleares. Que son plazas ya publicadas y PRESUPESTADAS, que se sabe su naturaleza. Que todo lo que sea "esconderlas" canta x soleares, ya sea amortizando, ya sea reduciendo su número, y todo lo que seas capaz de inventar. Que están ahí y están por algo, no porque sobren o sean innecesarias. Por tanto no hay razón de fundamento para defender lo que dices.

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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 19:25
Juanbn escribió:
Sirah escribió:Pero si estamos hablando de las plazas de reposición del 2019/2020/2021/2022... que no cumplen la ley 20/21 y que no hay ninguna razón con fundamento para no convocarlas, máxime cuando de lo que trata todo esto, es de reducir la temporalidad.
Entonces mira que fácil: todas las plazas estructurales ocupadas por personal temporal quedan amortizadas. Se acabó la temporalidad. Asunto arreglado.
Que no una plaza ni dos ni tres....miles. Han estado ahí todos estos años, pero ahora  ya no sirven, no son necesarias, sobran plazas estructurales, las anulamos, nos las comemos con patatas, han sido innecesarias, los que se jubilaron estaban en plazas que sobraban y más en justicia.
Es que no tiene ni pies ni cabeza esto ya hombre.
Pues pregúntate por qué no lo hacen... El chollo está ahí.

Tampoco había ningún fundamento legal para dejar de convocar u omitirlas en años anteriores.

¿O acaso el fin de la ley era aumentar la temporalidad y fomentar el fraude?

Las dos convocatorias anteriores también se consideraron como parte del plan de reducción de la temporalidad.

El fraude se basa en la apariencia. De todas formas, hubo un amago desde el año 2012 hasta 2015 para que pareciera que eran amortizadas.

Cantaría mucho lo que indicas, porque las plazas no serían amortizadas, dado que seguirían ocupadas por interinos.

Vamos a ver.
No lo hacen porque no interesa y porque son necesarias.
En años anteriores no se dejaron de convocar, se dejaron de incluir, que no es lo mismo. Es decir, tú tienes 1000 plazas y no incluyes 500, y ofertas las otras 500 convocando esas 500. Tú lo que dices es que ahora de esas 500 ofertadas desaparezcan 450 por ejemplo y no se convoquen. Y para hacer eso tendrías que modificar PGE, modificar OEP, y eso con que fundamento? Que las quieres amortizar porque ya no sirven? Que reduces su número en base a que? Que me digas una o dos ... pero estamos hablando de miles.
El fin de la ley es que cualquier plaza estructural esté ocupada por un funcionario de carrera. Por tanto eso de amortización de plazas, reducir su número, dejar de ofertarlas y demás historias cuando son plazas ya presupuestadas, publicadas, no tiene cabida claro. Lo que decía de amortización de las de estabilización era para que vieras el sinsentido.
Que hay que convocar, cumplir la ley, la CE y la Directiva Europea.

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Sirah
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Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21 Empty Re: Presentación de ESCRITO – Determinación del número plazas afectadas por Ley 20/21

27/1/2022, 20:50
Ya pero estás hablando de un "problema económico" que aquí no hay, no hay fundamento alguno para reducir el número de plazas, cuando por otro lado estás ofertando todas las que llevan décadas sin ofertarse y con tasas adicionales incluso.

Lo que quiero decir es que no tiene pies ni cabeza amortizar o hacer desaparecer unas plazas y por otro lado estar convocando la mayor oferta de la historia.

Y precisamente si hay un problema económico y aumenta el gasto de una partida presupuestaria, lo disminuyes de otra, por ej. haciendo lo que comentas.  Pero es que aquí esa teoría no se puede aplicar. No tiene fundamento reducir, amortizar...etc.

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