- RoyCorleone
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ACUERDO DE 13 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PROCEDE A MODIFICAR EL CAMBIO DE SEDE (MUY IMPORTANTE! LEER HASTA EL FINAL PARA EVITAR CONFUSIONES AL OPOSITOR))
Dom Jun 14 2020, 00:25
ACUERDO DE 13 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PROCEDE A MODIFICAR EL CAMBIO DE SEDE DE OFICIO PARA LA REALIZACIÓN DEL TERCER EJERCICIO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, PRUEBA WORD 2010, CONVOCADA POR ORDEN JUS/404/2019, DE 21 DE MARZO (MUY IMPORTANTE! LEER HASTA EL FINAL PARA EVITAR CONFUSIONES AL OPOSITOR)
La declaración de estado de alarma por razón de la alerta sanitaria generada por la propagación del COVID-19 ha obligado a adoptar medidas sociales de contención inéditas en nuestra historia reciente. En el ámbito de la Administración de Justicia su aplicación ha llegado a suponer la reducción de su actividad a la atención estricta de los servicios esenciales en las fases más restrictivas de la movilidad de las personas. El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, incluye numerosas referencias preventivas que deben aplicarse y combinarse con cualquier actuación durante el periodo de transición a la nueva normalidad, de cara a la reincorporación del personal y la progresiva recuperación de la actividad ordinaria.
Es por ello que encontrándose algunas comunidades como la comunidad de Madrid en fases inferiores a las del resto de España, y a fin de evitar desplazamientos masivos que acentuarían de forma muy grave el rebrote de la pandemia, el Tribunal Calificador Único del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa
[b]ÚNICO.- El cambio de sede de la realización del tercer examen (prueba del procesador de texto Word 2010), de forma que cada opositor vendrá obligado a presentarse al examen en la provincia en la que conste realizada la solicitud (domicilio a efecto de notificaciones en la instancia), y no el ámbito por el que se presenta (ámbito de examen).
Sólo por causas debidamente justificadas, que se valoraran en su caso por el tribunal, se podrá realizar el examen en el ámbito competencial de destino de las plazas.
Fdo.- El presidente del tribunal Paco Jones Estoske M´Kuelgan
La declaración de estado de alarma por razón de la alerta sanitaria generada por la propagación del COVID-19 ha obligado a adoptar medidas sociales de contención inéditas en nuestra historia reciente. En el ámbito de la Administración de Justicia su aplicación ha llegado a suponer la reducción de su actividad a la atención estricta de los servicios esenciales en las fases más restrictivas de la movilidad de las personas. El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, incluye numerosas referencias preventivas que deben aplicarse y combinarse con cualquier actuación durante el periodo de transición a la nueva normalidad, de cara a la reincorporación del personal y la progresiva recuperación de la actividad ordinaria.
Es por ello que encontrándose algunas comunidades como la comunidad de Madrid en fases inferiores a las del resto de España, y a fin de evitar desplazamientos masivos que acentuarían de forma muy grave el rebrote de la pandemia, el Tribunal Calificador Único del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa
ACUERDA
[b]ÚNICO.- El cambio de sede de la realización del tercer examen (prueba del procesador de texto Word 2010), de forma que cada opositor vendrá obligado a presentarse al examen en la provincia en la que conste realizada la solicitud (domicilio a efecto de notificaciones en la instancia), y no el ámbito por el que se presenta (ámbito de examen).
Sólo por causas debidamente justificadas, que se valoraran en su caso por el tribunal, se podrá realizar el examen en el ámbito competencial de destino de las plazas.
Fdo.- El presidente del tribunal Paco Jones Estoske M´Kuelgan
- Oporepelente
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Re: ACUERDO DE 13 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PROCEDE A MODIFICAR EL CAMBIO DE SEDE (MUY IMPORTANTE! LEER HASTA EL FINAL PARA EVITAR CONFUSIONES AL OPOSITOR))
Dom Jun 14 2020, 00:34
Que cachondo
- IUR
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Re: ACUERDO DE 13 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PROCEDE A MODIFICAR EL CAMBIO DE SEDE (MUY IMPORTANTE! LEER HASTA EL FINAL PARA EVITAR CONFUSIONES AL OPOSITOR))
Dom Jun 14 2020, 00:42
Un crack..
- PORCA MISERIA
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Re: ACUERDO DE 13 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PROCEDE A MODIFICAR EL CAMBIO DE SEDE (MUY IMPORTANTE! LEER HASTA EL FINAL PARA EVITAR CONFUSIONES AL OPOSITOR))
Dom Jun 14 2020, 05:56
Jjaja yo de camino al trabajo medio dormido sin ver lo de fake
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