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gestion1
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Mar Sep 06 2022, 09:30
Hola, alguno tiene contratado seguro de responsabilidad civil profesional? Lo veis necesario para los funcionarios de justicia?
Gracias.
PORCA MISERIA
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Mar Sep 06 2022, 15:50
No, para qué sería?
DemandadoReconviniente
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Mar Sep 06 2022, 16:31
Yo lo he tenido alguna vez como interino. En correos cuerpos generales no tiene demasiado sentido, porque normalmente todo lo que haces lleva la firma de otro, pero nunca se sabe... Si te da más seguridad tenerlo y no te importa pagarlo, contrátalo.

Básicamente cubre la responsabilidad civil que se pueda derivar de tu actuación profesional. Si embargas a quien no tienes que embargar, metes en los cárcel a quien no tienes que meter... cualquier cosa por la que te puedan pedir responsabilidad.
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gestion1
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Mar Sep 06 2022, 16:35
Algún compañero ha comentado lo interesante que sería tenerlo, al principio no le veía mucho sentido por el hecho de que todo lo que sacamos lleva la firma de juez o LAJ pero nunca se sabe...por ello os preguntaba si es algo que se suele tener?
PORCA MISERIA
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Mar Sep 06 2022, 16:53
A los magistrados le quitan la responsabilidad civil, tienes que ir contra el estado, y a nosotros que ni firmamos nos van a pedir responsabilidad, sería el colmo, siempre pensé que la responsabilidad es de quien firma quien da fe, por algo "deben"(aunque no lo hagan en muchas ocasiones) repasar lo que firman.
Siendo laj todavía podría planteármelo, como cuerpo general no.
DemandadoReconviniente
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Mar Sep 06 2022, 20:59
gestion1 escribió:Algún compañero ha comentado lo interesante que sería tenerlo, al principio no le veía mucho sentido por el hecho de que todo lo que sacamos lleva la firma de juez o LAJ pero nunca se sabe...por ello os preguntaba si es algo que se suele tener?

No creo que sea algo "que se suela tener". Supongo que en cuerpos generales será muy minoritario el número de funcionarios que lo tenga.

¿Interesante? Bueno, como todo seguro al final no deja de ser una "apuesta". Si no te haces seguro estás "apostando" a que nunca te va a tocar pagar nada de responsabilidad civil, y que por tanto te vas ahorrar ese dinero. Si pagas el seguro estás "apostando" a que te tocará pagar, y por tanto saldrás ganando económicamente. También es interesante en el sentido de que tendrás más tranquilidad y seguridad en tu trabajo, claro. Así que también se podría ver como una "compra" de tranquilidad). Supongamos que tienes que pagar (es un ejemplo inventado) 100€ al año durante 35 años de profesión por el seguro. Habrás acabado pagando 3.500 €. ¿Qué posibilidad hay de que a lo largo de esos 35 años alguien te reclame responsabilidad civil por daños causados en el desempeño de tu cargo? ¿Y qué posibilidad de que finalmente se te obligue en vía judicial o administrativa a pagar? ¿Crees que si alguna vez (o algunas veces, si te condenan en varias ocasiones a pagar) tendrás que pagar más de esos 3.500 €, o que será menos?

Si no te toca pagar nunca nada, habrás "perdido" 3.500 € (a cambio de cierta seguridad y tranquilidad) repartidos en 35 años. Si te condenan a pagar 3.500 € ni ganas ni pierdes. Si te condena a pagar 50.000 € (siempre que el seguro cubra esa cantidad o la que sea a la que te condenen) habrás ganado 51.500 €.

Luego tienes que valorar que los seguros no te van a cubrir si la responsabilidad civil deriva de un delito, y en los demás casos harán todo lo posible, como siempre, para buscar argumentos para no cubrir los siniestros.

Como ya se ha dicho, para cuerpos generales es más dudosa su utilidad, pero no hay que descartarla por completo. Por mucho que firmen los LAJ o los Jueces, al final los funcionarios "hacemos las cosas", o no las hacemos, según los casos. Si se te dice que hagas una cosa y no la haces, puede ser tu responsabilidad. Si se te dice que la hagas de una forma y la haces de otra, también. Sin contar otros "peligros" de un juzgado (especialmente si está saturado) como que se pierdan las cosas, que tramites bien pero en el lugar equivocado, que se te olvide hacer algo, o comprobar que algo está bien hecho... En los últimos años con el tema de la protección de datos, por ejemplo, las cosas son más delicadas de lo que eran antes.
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diligencia
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Dom Sep 25 2022, 15:54
Me he acordado de este tema porque en el juzgado mixto donde trabajo me han cambiado de sección, ahora estoy en civil. Y como estoy más perdida que un pulpo en un garaje, me he puesto a leer la LEC, y he llegado al artículo 168.1. ¿Podemos incurrir en responsabilidad entonces? La mesa que me ha tocado es un poco caótica y me he preocupado al leer esto Sad

1. El Letrado de la Administración de Justicia o el funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que, en el desempeño de las funciones que por este capítulo se le asignan, diere lugar, por malicia o negligencia, a retrasos o dilaciones indebidas, será corregido disciplinariamente por la autoridad de quien dependa e incurrirá además en responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionara.
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Iñaqui
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Lun Sep 26 2022, 09:00
diligencia escribió:Me he acordado de este tema porque en el juzgado mixto donde trabajo me han cambiado de sección, ahora estoy en civil. Y como estoy más perdida que un pulpo en un garaje, me he puesto a leer la LEC, y he llegado al artículo 168.1. ¿Podemos incurrir en responsabilidad entonces? La mesa que me ha tocado es un poco caótica y me he preocupado al leer esto Sad

1. El Letrado de la Administración de Justicia o el funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que, en el desempeño de las funciones que por este capítulo se le asignan, diere lugar, por malicia o negligencia, a retrasos o dilaciones indebidas, será corregido disciplinariamente por la autoridad de quien dependa e incurrirá además en responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionara.
Salvo que demuestres ser una nulidad con patas, o te estés tocando las narices de forma escandalosa y te cargues el Juzgado, no creo que te vayan a pedir responsabilidad, es más quien firma son el LAJ y el Juez, ellos sí que asumen responsabilidad (pero tampoco pasa nada). Yo conozco al menos dos juzgados que estaban caídos y con responsabilidades disciplinarias, pero no civiles.
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diligencia
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Mar Sep 27 2022, 16:35
Gracias Iñaqui, eso me deja más tranquila. A ver si poco a poco vamos saliendo del lío.
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futuroletrado
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Jue Sep 29 2022, 22:31
Las equivocaciones de los letrados de la administración de justicia no son un error judicial | Legal | Cinco Días (elpais.com)
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