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Bronzino
Mensajes : 123
Fecha de inscripción : 02/08/2020

Jura de cuentas Empty Jura de cuentas

Sáb 29 Oct - 20:47:07
Hola, tengo pendiente una jura de cuentas y no se bien cómo continuar el trámite, una vez has requerido al deudor por correo. El deudor vice en italia, en ese caso hay que publicar edictos. El orden jurisdiccional es el penal, y aquí no se hacen nunca edictos. 


Gracias
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Iñaqui
Mensajes : 1499
Fecha de inscripción : 31/08/2020

Jura de cuentas Empty Re: Jura de cuentas

Lun 31 Oct - 20:31:45
Pon el edicto en el TEJU y a funcionar
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