Ir abajo
avatar
rinconcito
Mensajes : 60
Fecha de inscripción : 01/02/2023

Artículo 23 LJV. Empty Artículo 23 LJV.

Mar 28 Mar - 8:16
Buenos días, este artículo me cuesta entenderlo alguien me podría poner ejemplos para digerirlo... Wallbash Wallbash
Artículo 23 LJV.
1/ Necesite para su validez autorización o aprobación judicial. Un ejemplo.
2/ Del menor o de la persona con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica por quien sea hermano o consanguíneo en línea recta del progenitor cuya filiación esté determinada legalmente. Un ejemplo.
3/ Ejemplos de los tres apartados, esto es a), b) y c).
avatar
rinconcito
Mensajes : 60
Fecha de inscripción : 01/02/2023

Artículo 23 LJV. Empty Re: Artículo 23 LJV.

Miér 29 Mar - 6:06
Googleando encontré esto, pero lejos de aclararme me subsume aún más en la duda.... 
Esta materia también se encuentra regulada en el Art. 120 a Art. 126 del Código Civil
 
En el art. 23, hay 3 supuestos en cuanto a reconocimiento de una filiación, este artículo también diferencia entre Autorización (para poder otorgar el reconocimiento) y, Aprobación judicial (para que el reconocimiento otorgado tenga validez.
 
Se requiere Autorización judicial: para el otorgamiento del reconocimiento de la filiación no matrimonial del menor o de la persona con capacidad modificada judicialmente por quien sea hermano o consanguíneo en línea recta del progenitor cuya filiación esté determinada legalmente.
Con este expediente se busca proteger al menor, ello en referencia al art. 125 del Código Civil.
El art. 125. Del CC dice:
Cuando los progenitores del menor o incapaz, fueren hermanos o consanguíneos en línea recta, legalmente determinada, la filiación respecto de uno, sólo podrá quedar determinada legalmente respecto del otro, previa autorización judicial que se otorgará, con audiencia del Ministerio Fiscal, cuando convenga al menor o incapaz.
Alcanzada por éste la plena capacidad podrá, mediante declaración auténtica, invalidar esta última determinación si no la hubiere consentido.
¿Este tema se refiere a los incestos....?
avatar
opositora458
Mensajes : 69
Fecha de inscripción : 08/02/2023

Artículo 23 LJV. Empty Re: Artículo 23 LJV.

Miér 29 Mar - 15:47
No he entendido cual es la pregunta.
avatar
rinconcito
Mensajes : 60
Fecha de inscripción : 01/02/2023

Artículo 23 LJV. Empty Re: Artículo 23 LJV.

Miér 29 Mar - 22:13
Yo creo que con un ejemplo en cada apartado del mensaje que abre el post me apañaría.... TV horror
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.