- Rta
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Vacaciones interino 2023
Jue 27 Abr - 19:45:51
Hola a tod@s! Tengo una pregunta de novata: como calculo los dias que podría disfrutar de vacaciones? llevo dos meses de interina, y aunque en FIVA ya me han puesto los dias en total que podría disfrutar tanto de vacaciones como de asuntos personales hasta diciembre, entiendo que no los habré generado para verano y por tanto el número de días que puedo disfrutar será menor... Podéis echarme una mano?? Muchas gracias!!
- clarrr91
- Mensajes : 110
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Re: Vacaciones interino 2023
Jue 27 Abr - 20:44:08
Por ainoa te salen los días totales, como bien dices, hasta el día 31 y los generados hasta el día de hoy, así que solo es hacer cuentas
- PORCA MISERIA
- Mensajes : 13756
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Localización : MADRID
Re: Vacaciones interino 2023
Jue 27 Abr - 20:54:41
Tienes la última normativa de la CAM
BOCM-20230214-4 | Sede Oficial del Boletín de la Comunidad de Madrid
«Vacaciones anuales:
1. Las vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios al servicio de la Administración
de Justicia consistirán en veintidós días hábiles anuales por cada año completo de
servicio, computado de 1 de enero a 31 de diciembre, o el tiempo que corresponda proporcionalmente
si el tiempo de servicios efectivos prestados durante el año fuese inferior. En
este supuesto, el período vacacional será el producto de multiplicar los días trabajados
por 22 y su resultado dividirlo por 365, dando como resultado los días hábiles que corresponden
a las vacaciones.
BOCM-20230214-4 | Sede Oficial del Boletín de la Comunidad de Madrid
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se modifica
la resolución de 9 de julio de 2018 por la que aprueban las instrucciones en materia
de vacaciones permisos y licencias de los funcionarios de la Administración
de Justicia en la Comunidad de Madrid.
«Vacaciones anuales:
1. Las vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios al servicio de la Administración
de Justicia consistirán en veintidós días hábiles anuales por cada año completo de
servicio, computado de 1 de enero a 31 de diciembre, o el tiempo que corresponda proporcionalmente
si el tiempo de servicios efectivos prestados durante el año fuese inferior. En
este supuesto, el período vacacional será el producto de multiplicar los días trabajados
por 22 y su resultado dividirlo por 365, dando como resultado los días hábiles que corresponden
a las vacaciones.
- Rta
- Mensajes : 14
Fecha de inscripción : 24/02/2023
Re: Vacaciones interino 2023
Jue 27 Abr - 21:57:17
Muchas gracias!! No sabía de esta resolución, así ya puedo calcularloPORCA MISERIA escribió:Tienes la última normativa de la CAM
BOCM-20230214-4 | Sede Oficial del Boletín de la Comunidad de MadridRESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de RecursosHumanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se modificala resolución de 9 de julio de 2018 por la que aprueban las instrucciones en materiade vacaciones permisos y licencias de los funcionarios de la Administraciónde Justicia en la Comunidad de Madrid.
«Vacaciones anuales:
1. Las vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios al servicio de la Administración
de Justicia consistirán en veintidós días hábiles anuales por cada año completo de
servicio, computado de 1 de enero a 31 de diciembre, o el tiempo que corresponda proporcionalmente
si el tiempo de servicios efectivos prestados durante el año fuese inferior. En
este supuesto, el período vacacional será el producto de multiplicar los días trabajados
por 22 y su resultado dividirlo por 365, dando como resultado los días hábiles que corresponden
a las vacaciones.
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