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OPOJUS23
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23/5/2023, 19:54
En cuanto a la pregunta número 57 del primer ejercicio A, considero que puede ser impugnable por tener varias respuestas.
La LOPJ en su art.469 dice que la tramitación de los expedientes disciplinarios  es competencia del Ministerio de Justicia, sin embargo el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales en su art.167 dice que serán competentes para la incoación y tramitación de expedientes disciplinarios, respecto de los Secretarios Judiciales, el Ministerio de Justicia, los Secretarios de Gobierno y los Secretarios Coordinadores Provinciales.
Cómo lo veis?
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Sergio30
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23/5/2023, 19:58
OPOJUS23 escribió:En cuanto a la pregunta número 57 del primer ejercicio A, considero que puede ser impugnable por tener varias respuestas.
La LOPJ en su art.469 dice que la tramitación de los expedientes disciplinarios  es competencia del Ministerio de Justicia, sin embargo el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales en su art.167 dice que serán competentes para la incoación y tramitación de expedientes disciplinarios, respecto de los Secretarios Judiciales, el Ministerio de Justicia, los Secretarios de Gobierno y los Secretarios Coordinadores Provinciales.
Cómo lo veis?

Esa duda la tenía yo, y por eso puse los secretarios coordinadores, pero realmente pensaba que eran los 3 competentes, en función de que laj se tratara, yo pensaba que hablaba de los lajs normales de 3 categoría.
Pero vamos, estamos con lo de siempre, suponer.
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clamp
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23/5/2023, 20:17
Me suena que hubo una pregunta similar hace unos años en otro examen, de otro cuerpo, ahora que lo pienso daban esas tres respuestas y dieron por buena que es competente el Ministerio de Justicia.

Después de impugnarla, No la anularon.
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OPOJUS23
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PREGUNTA IMPUGNABLE Empty siguiendo con la pregunta 57

23/5/2023, 20:34
Artículo 21. Competencias del Secretario General de la Administración de Justicia.

El Secretario General de la Administración de Justicia tiene las siguientes competencias:


5) Incoar y tramitar los expedientes disciplinarios que procedan en relación con los Secretarios Judiciales, en los términos previstos en el título VII del presente reglamento.
También sería correcta la opción b. 

Por tanto impugnable desde mi punto de vista.
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HISPANO 92
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23/5/2023, 20:41
Hablas de gestion no? Pero habra que esperar a mañana a ver cual dan por buena.
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MeryH
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PREGUNTA IMPUGNABLE Empty Re: PREGUNTA IMPUGNABLE

23/5/2023, 20:41
Totalmente impugnable. Yo dude mucho entre las dos y finalmente marque Secretario General, y la voy a impugnar porque si no esto en vez de una oposición parece que vamos a echar una quiniela...
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Rhoades
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23/5/2023, 22:52
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ALM
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PREGUNTA IMPUGNABLE Empty Re: PREGUNTA IMPUGNABLE

24/5/2023, 06:55
Yo siempre que no especifican la ley en la pregunta siempre pienso en Lopj, pq normalmente si quieren preguntar por reglamento lo indican en la pregunta, no obstante creo que para evitarlo el poner según esta ley u otra no cuesta nada, pero que esperáis de este ministerio.
Abs
Abs
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24/5/2023, 07:18
Principio de jerarquía. Un reglamento no puede derogar lo que diga una ley orgánica.
Mili22
Mili22
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PREGUNTA IMPUGNABLE Empty Re: PREGUNTA IMPUGNABLE

24/5/2023, 08:52
Mi opinión objetiva, sin ser parte interesada:

Si la pregunta no acota la norma jurídica a la que se refiere y está formulada en términos amplios, de lo que escribís se deduce que hay varias respuestas correctas.

El departamento ministerial no ejercita sus funciones por sí mismo, lo hace a través de órganos (se vería todavía más claro si ese punto se indicase expresamente en el RD de estructura del ministerio). Si esos órganos están también incluidos en la respuesta, debería ser correcto porque no hay contradicción entre normas, lo que hay es desarrollo reglamentario de una disposición, que necesita de ese mismo desarrollo para poder aplicarse. El MJU abarca desde la Ministra hasta la unidad administrativa más pequeña o el más humilde bedel...

En resumen, que si hay varias normas aplicables entre las respuestas, si no se especifica la ley no puedes apelar a la literalidad para "salvar" una pregunta mal formulada.
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OPOJUS23
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PREGUNTA IMPUGNABLE Empty Re: PREGUNTA IMPUGNABLE

24/5/2023, 09:55
Mili22 escribió:Mi opinión objetiva, sin ser parte interesada:

Si la pregunta no acota la norma jurídica a la que se refiere y está formulada en términos amplios, de lo que escribís se deduce que hay varias respuestas correctas.

El departamento ministerial no ejercita sus funciones por sí mismo, lo hace a través de órganos (se vería todavía más claro si ese punto se indicase expresamente en el RD de estructura del ministerio). Si esos órganos están también incluidos en la respuesta, debería ser correcto porque no hay contradicción entre normas, lo que hay es desarrollo reglamentario de una disposición, que necesita de ese mismo desarrollo para poder aplicarse. El MJU abarca desde la Ministra hasta la unidad administrativa más pequeña o el más humilde bedel...

En resumen, que si hay varias normas aplicables entre las respuestas, si no se especifica la ley no puedes apelar a la literalidad para "salvar" una pregunta mal formulada.
Perfectamente explicado
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