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wilhelm
Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 24/04/2021

Personación de las partes obligadas a relacionarse telemáticamente con la AJ Empty Personación de las partes obligadas a relacionarse telemáticamente con la AJ

Mar Mar 26 2024, 07:16
Muy buenas.

Estoy con el temario de Adams y me choca bastante que no den otra opción, aparte del tablón edictal único, para los que no accedan en 3 días a la sede judicial electrónica. ¿Se supone que una empresa u otra persona jurídica tiene que mirar a diario la sede judicial electrónica por si le envían algo de un juzgado o cómo va la cosa? Es que no da otra alternativa, ya que la nueva ley no parece contemplar las opciones de remisión o de entrega en domicilio.

Gracias.
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JMA
Mensajes : 128
Fecha de inscripción : 19/04/2021

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Dom Mar 31 2024, 08:44
Justo así
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jamorales
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Vie Abr 05 2024, 10:45
No sabes la cantidad de trabajo que nos va a ahorrar eso en los scac
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JMA
Mensajes : 128
Fecha de inscripción : 19/04/2021

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Vie Abr 05 2024, 10:48
Y la cantidad de rebeldías procesales que va a haber a partir de ahora...
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wilhelm
Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 24/04/2021

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Vie Abr 05 2024, 15:53
JMA escribió:Y la cantidad de rebeldías procesales que va a haber a partir de ahora...

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Nomi
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Fecha de inscripción : 08/10/2022

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Dom Mayo 05 2024, 16:17
A ver, ellos eligen ese medio de comunicacion con la administración de justicia y ellos rellenan sus datos poniendo su email.
Cuando tienen jna notificacion les llega un correo a su email (valga redundancia), avisandoles de q tienen una notificación, por lo tanto estan avisados.
A traves del punto neutro judicial se pueden enviar sms avisandoles q tienen una notificacion en sede judicial.
Cuesta tres minutos mandar un sms desde Punto neutro y todo desde medios de comunicacion seguras.
Subes notifico a la carpeta ciudadana y todo lo que conlleve un plazo o resolucion final con sms.
No pueden decir despues q no tienen constancia de q les ha llegado algo.
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wilhelm
Mensajes : 37
Fecha de inscripción : 24/04/2021

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Vie Mayo 10 2024, 14:19
Nomi escribió:A ver, ellos eligen ese medio de comunicacion con la administración de justicia y ellos rellenan sus datos poniendo su email.
Cuando tienen jna notificacion les llega un correo a su email (valga redundancia), avisandoles de q tienen una notificación, por lo tanto estan avisados.
A traves del punto neutro judicial se pueden enviar sms avisandoles q tienen una notificacion en sede judicial.
Cuesta tres minutos mandar un sms desde Punto neutro y todo desde medios de comunicacion seguras.
Subes notifico a la carpeta ciudadana y todo lo que conlleve un plazo o resolucion final con sms.
No pueden decir despues q no tienen constancia de q les ha llegado algo.

Disculpa, Nomi: ellos no eligen (las personas jurídicas); están obligados. 

Si pudiesen elegir, sí sería comprensible que estuviesen al tanto y visitasen regularmente la sede electrónica o mirasen el correo.
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