Impugnación de las listas
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- LostBeth
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Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 14:32:57
Hola,
Ya han subido listas de Madrid, donde yo me presento, por el cupo de discapacidad y, pese a tener aprobado el caso práctico el año pasado y este año la teoría, no me han incluido en las listas.
Me cansé de remitir escritos y de llamar al Ministerio desde antes que empezase la pandemia. Habría alguna opción más para impugnar, antes de llegar allí el día del examen y que me echen atrás?
Ya han subido listas de Madrid, donde yo me presento, por el cupo de discapacidad y, pese a tener aprobado el caso práctico el año pasado y este año la teoría, no me han incluido en las listas.
Me cansé de remitir escritos y de llamar al Ministerio desde antes que empezase la pandemia. Habría alguna opción más para impugnar, antes de llegar allí el día del examen y que me echen atrás?
- tosalemal
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 14:40:32
no jodas? puws correos al tcu. y presentarte al examen con tu copia de examen y demas.. por si acaso. la verdad es que ya nada me sorprende de este ministerio.
- LostBeth
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 14:43:24
Es terrible, ni a propósito lo hacen peor...supongo que me tendré que presentar en el aula que habiliten para incidencias...con, como dices, los exámenes y escritos dirigidos al tcu...genial...
- De la Mora
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 14:49:08
Yo también voy por turno reserva y creo que ha habido un mal entendido con esto de la reserva. Lo que hacen es que te reservan la nota si eres aprobad@ sin plaza... Pero no a la carta tipo este año apruebo el práctico pero suspendo el test pero como el año pasado si aprobé el test voy al tercero... No hay más que ver gestión procesal.
Es decir, que no se puede hacer un mix de notas de diferentes convocatoria según me interese.
BESUSSS
Es decir, que no se puede hacer un mix de notas de diferentes convocatoria según me interese.
BESUSSS
- Joker 84
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 14:53:49
Es lo que dice De la mora. Es solo si apruebas el proceso selectivo y te quedas sin plaza. Mucho ánimo y a seguir!!
- Sumario86
- Mensajes : 1268
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:02:23
Para el turno de reserva de deberían reservar las notas de cualquier parte, y así lo especificaba las bases anteriores y las de esta OEP.
Lo que no sé es si al cambiar el sistema de puntuación lo van a hacer o no, y parece que no.
Lo que no sé es si al cambiar el sistema de puntuación lo van a hacer o no, y parece que no.
- Gestraux2
- Mensajes : 267
Fecha de inscripción : 31/05/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:03:36
Yo voy por turno general pero me da a mí que es como dice mora... Aprobar todo para ir al tercero. En caso de que sigas teniendo dudas llama a un sindicato que te asesoren!! Ánimo
- LostBeth
- Mensajes : 28
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:04:03
Gracias. Pero la verdad es que, conforme al tenor literal de la convocatoria de 24 de noviembre de 2017 (hablan de "obtener en cualquiera de los ejercicios una puntuación igual o superior al 60% [..] se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior") yo al menos no lo interpreto así. Entiendo que operaría del mismo modo que en LAJ, que conservan el test siempre que el temario sea el mismo;...pero es mi interpretación ante la falta de claridad.
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:08:29
Pues eso, de la convocatoria en curso, no de la convocatoria anterior. Además lo de la reserva es nuevo de la ope 2017-18, así q no te valdría examen de ope anterior. Es para aprobados q no sacan plaza en el concurso
- Sumario86
- Mensajes : 1268
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Localización : Andalucía
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:12:44
Vamos a ver, el turno de reserva por discapacidad siempre ha tenido reserva de nota, y este año es cuando nos han incluido a todos.
Aquí la única duda es el epígrafe de "Siempre que el contenido del examen y el sistema de puntuacion no cambie", o algo así era.
Aquí la única duda es el epígrafe de "Siempre que el contenido del examen y el sistema de puntuacion no cambie", o algo así era.
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:14:29
Totalmente de acuerdo, Sumario86
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:17:59
"el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos", es la coletilla de marras que el tcu no se ha dignado a aclarar...
- De la Mora
- Mensajes : 135
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:18:14
Pero yo entiendo que eso se aplica a que si tu el año pasado te quedaste aprobad@ sin plaza con por ejemplo 90 puntos y este año pasas el tercero con un sumatorio de 85, te cogen las notas del año pasado. Pero me cuesta creer que puedas ir cogiendo diferentes notas como frankenstein para conseguir la plaza... Ponte en el caso de gestión, apruebo por fascículos. El primer año solo me preparo los dos test. Y al año siguiente solo me preparo el desarrollo... No tiene sentido.
Aún así llama a sindicatos LostBeth y si eres de Madrid pues tal vez no pierdes nada en ir a la universidad. Aunque me da a mí que si no sales en listas no vas a existir para ellos...
BESUSSS
Aún así llama a sindicatos LostBeth y si eres de Madrid pues tal vez no pierdes nada en ir a la universidad. Aunque me da a mí que si no sales en listas no vas a existir para ellos...
BESUSSS
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:21:48
Nada, los sindicatos, al entender también que la nota se ha de conservar, han requerido al tcu para que se pronuncie sobre este aspecto, y no les proporcionan respuesta alguna...por eso preguntaba si a alguien le había pasado algo similar en alguna otra convocatoria, o si, su nombre no se hallaba en listas, cómo había recurrido...
- Cerebrito2020
- Mensajes : 874
Fecha de inscripción : 14/06/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 15:48:13
A ver.
No se ha guardado la nota en ningún cuerpo porque ha cambiado la forma de puntuar.
Lo siento, pero este año estás fuera.
No le han guardado a nadie.
Tb leí alguien en gestión que se quejaba de lo mismo.
No se ha guardado la nota en ningún cuerpo porque ha cambiado la forma de puntuar.
Lo siento, pero este año estás fuera.
No le han guardado a nadie.
Tb leí alguien en gestión que se quejaba de lo mismo.
- Cerebrito2020
- Mensajes : 874
Fecha de inscripción : 14/06/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:01:55
Ufff qué brusco me había salido!
Escribir con el movil acortando...
Pues que mucha gente tenía mejores notas del año pasado, yo por ejemplo el caso práctico lo tenía perfecto, y no me lo han guardado.
Como yo a mucha gente.
Este año al cambiar las puntuaciones ya no han guardado las notas.
El TCU no se ha pronunciado directamente en ningún cuerpo, simplemente lo han hecho.
Si no estabas en el listado de aprobados del práctico (si guardan la nota te incluyen), y tras el periodo de impugnación no se cambió...pues es que estás fuera.
Lo de ir o no ir, ya es cosa tuya.
Escribir con el movil acortando...
Pues que mucha gente tenía mejores notas del año pasado, yo por ejemplo el caso práctico lo tenía perfecto, y no me lo han guardado.
Como yo a mucha gente.
Este año al cambiar las puntuaciones ya no han guardado las notas.
El TCU no se ha pronunciado directamente en ningún cuerpo, simplemente lo han hecho.
Si no estabas en el listado de aprobados del práctico (si guardan la nota te incluyen), y tras el periodo de impugnación no se cambió...pues es que estás fuera.
Lo de ir o no ir, ya es cosa tuya.
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:13:13
Gracias, pero no hay dato en ningún canal oficial en ningún sentido aclarando el significado de la coletilla, porque lo de la seguridad jurídica no va con ellos, y visto lo "despistados" que son organizando todo el proceso, quién sabe si simplemente se han olvidado de incluirnos a los que estamos en mi situación, o es que, realmente, un cambio de base (de 10 a 60, si no recuerdo mal) implica un cambio de puntuación (a mi entender, salvo motivos espúrios, no hay ninguna diferencia entre sacar un 5 sobre 10 que un 30 sobre 60). Tendrán que decidirlo y motivarlo ellos.
Pero me reitero, mi interés, llegados a este momento, es saber si cuando no sales en las listas, existe algun canal de impugnación o vas a incidencias. Supongo que lo segundo...y tal vez si no estuviese en Madrid no iría al examen, pero estando aquí y habiendo estudiado, no pierdo nada...bueno, sí, la paciencia, que menudo caos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pero me reitero, mi interés, llegados a este momento, es saber si cuando no sales en las listas, existe algun canal de impugnación o vas a incidencias. Supongo que lo segundo...y tal vez si no estuviese en Madrid no iría al examen, pero estando aquí y habiendo estudiado, no pierdo nada...bueno, sí, la paciencia, que menudo caos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
- Cerebrito2020
- Mensajes : 874
Fecha de inscripción : 14/06/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:20:12
Si, si claro.
Lo que pasa es que no lo han dicho en ningún sitio, pero si se guardan las notas se hace con los listados que salieron en su momento.
Como bien dices es lo mismo.
Pero lo de hacer una regla de tres no va con ellos, y para más inri se añade el concurso.
Ellos opinan que no es lo mismo...y ni se dignan a decirlo.
Si hubieran guardado las notas muchos habríamos tenido variaciones en las notas y no ha sido así.
Solo te lo digo para que no te ilusiones demasiado...
Los métodos de impugnación ya pasaron cuando salieron las listas.
Solo te queda presentarte allí a ver...
Lo que pasa es que no lo han dicho en ningún sitio, pero si se guardan las notas se hace con los listados que salieron en su momento.
Como bien dices es lo mismo.
Pero lo de hacer una regla de tres no va con ellos, y para más inri se añade el concurso.
Ellos opinan que no es lo mismo...y ni se dignan a decirlo.
Si hubieran guardado las notas muchos habríamos tenido variaciones en las notas y no ha sido así.
Solo te lo digo para que no te ilusiones demasiado...
Los métodos de impugnación ya pasaron cuando salieron las listas.
Solo te queda presentarte allí a ver...
- De la Mora
- Mensajes : 135
Fecha de inscripción : 01/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:29:54
Pues ya nos contarás LostBeth si haces el examen, por si tenemos que aumentar el ratio jajajaj
BESUSSS
BESUSSS
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:34:48
Ya...,pero las listas sólo indicaban quiénes habían aprobado el teórico, y de quiénes habían aprobado el práctico de este año, por lo tanto, tampoco habría error alguno.
No hay una lista definitiva (en mi opinión, algo hecho o por despiste, o con mala leche, para generar más dudas e inseguridad) con quienes pasan al 3º exámen, lo más parecido son las listas de distribución de aulas que están saliendo hoy....además, y esto ya me parece tan obvio que es que,..en fin, ¿qué tanto les costaba poner en la convocatoria de 2019 si se guardaba o no la nota del año pasado cuando la convocatoria actual vuelve a hacer referencia a una posibilidad similar, pero abarcando tambien al cupo general? Sencillo, rápido y no ocupa ni una línea.
Pero sí, allí iré a ver...parece que será la única solución...y a ver qué pasa...
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:38:28
LostBeth escribió:Gracias, pero no hay dato en ningún canal oficial en ningún sentido aclarando el significado de la coletilla, porque lo de la seguridad jurídica no va con ellos, y visto lo "despistados" que son organizando todo el proceso, quién sabe si simplemente se han olvidado de incluirnos a los que estamos en mi situación, o es que, realmente, un cambio de base (de 10 a 60, si no recuerdo mal) implica un cambio de puntuación (a mi entender, salvo motivos espúrios, no hay ninguna diferencia entre sacar un 5 sobre 10 que un 30 sobre 60). Tendrán que decidirlo y motivarlo ellos.
Pero me reitero, mi interés, llegados a este momento, es saber si cuando no sales en las listas, existe algun canal de impugnación o vas a incidencias. Supongo que lo segundo...y tal vez si no estuviese en Madrid no iría al examen, pero estando aquí y habiendo estudiado, no pierdo nada...bueno, sí, la paciencia, que menudo caos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] te paso este enlace por si te interesa, hace unos meses se lo mande al TCU de Auxilio:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:39:29
De la Mora, tu vas por el cupo de discapacidad? Porque de no ser así, como habrás podido leer en la convocatoria, en nada te afectaría...pero si te parece un chiste un problema ajeno, pues en fin, serán los nervios del examen...o tal vez me afecten a mi y no le encuentro gracia alguna...
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:41:34
Gracias, Santi8, me lo habías pasado en un anterior hilo, pero está bien tenerlo por aquí por si a alguien más le pueda servir!
- wildatheart
- Mensajes : 318
Fecha de inscripción : 27/05/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:42:03
Si, el cupo reserva discapacidad tiene reserva independiente. En la administracion general este año y los anteriores hay mucha gente que no se han presentado al primero, segundo o el que sea por tener las notas de lo aprobado reservadas(claro que ellos hacen los ejercicios en dias independientes).No se si en incidencias te podrias presentar, pero no dejes de asistir al examen porque esta gente ya es para dejarla por imposible. Me ha hecho gracia lo de llamar a los sindicatos para que te aclaren el tema.
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:44:30
Es impresionante, a ver qué pasa. Iré de cabeza a incidencias con mi documentación, y supongo que ellos me lo dejarán hacer, y animo al resto que estén en esta situación hagan lo mismo. El tcu tendrá que pronunciarse sí o sí...
- De la Mora
- Mensajes : 135
Fecha de inscripción : 01/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:45:22
Lostbeth, como puse en el primer mensaje que escribí de este tema si voy por turno reserva y el jajaja para nada es de burla.
BESUSSS
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- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:46:41
No me fijé que fueras por el cupo. Ánimo y perdona, estoy entre cabreada y cansada.
- miguelop2491
- Mensajes : 931
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:54:24
Yo voy por general pero tenía entendido que la reserva de nota funciona como ha dicho de Mora, en todo caso es preocupante que unas bases de convocatoria estén tan mal redactadas que den lugar a malentendidos en algo tan importante, suerte con la reclamación.
- Cerebrito2020
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:55:23
Lostbeth tu ves
El no ya lo tienes.
Que tengas suerte!
El no ya lo tienes.
Que tengas suerte!
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:56:40
Muchas gracias, compañeros, a ver qué pasa. Estoy más nerviosa por los formalismos que por el examen en sí...suerte para vosotros también!!
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 16:57:10
LostBeth escribió:Gracias, Santi8, me lo habías pasado en un anterior hilo, pero está bien tenerlo por aquí por si a alguien más le pueda servir!
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
- Dharmays
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 17:01:33
la reserva de nota es si apruebas el primero y el segundo. No sirve con aprobar el segundo el año pasado, este año el primero y decidir ir a word....se tiene que aprobar los dos!
- LostBeth
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 17:21:18
Dharmays, lee el hilo, por favor. En especial, el extracto de convocatoria del 2017.
Si no crees que sea así, nos haces un favor si indicas tus fuentes para afirmar con tal rotundidad lo que dices. Ojalá yo lo viera tan claro como tú. Gracias.
Si no crees que sea así, nos haces un favor si indicas tus fuentes para afirmar con tal rotundidad lo que dices. Ojalá yo lo viera tan claro como tú. Gracias.
- Dharmays
- Mensajes : 538
Fecha de inscripción : 02/06/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 17:26:02
Yo de la lectura de las convocatorias no deduzco eso. De cualquier forma ¿Si no has aprobado el primero, como es posible que te corrijan el segundo?? En principio es ahí donde lo ilógico
- Sumario86
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Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 17:31:06
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] yo creo que se te pasó el plazo de reclamación. Deberías haberlo hecho cuando salieron las listas de aprobados del segundo y no estabas incluida. Si no estabas en la lista de aprobados del segundo, directamente no pasas al tercero.
Incluso deberías haber reclamado en la anterior convocatoria, porque creo que si no pasaste el primero no te corrigen el segundo, y tampoco tendrás ningún certificado de notas en el que diga expresamente que tienes el segundo ejercicio aprobado.
En cualquier caso te digo que vayas y hagas el examen en el aula de incidencias, pero siendo realistas, lo tienes muy jodido.
Incluso deberías haber reclamado en la anterior convocatoria, porque creo que si no pasaste el primero no te corrigen el segundo, y tampoco tendrás ningún certificado de notas en el que diga expresamente que tienes el segundo ejercicio aprobado.
En cualquier caso te digo que vayas y hagas el examen en el aula de incidencias, pero siendo realistas, lo tienes muy jodido.
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 17:47:04
Sumario86, puede ser, a ver, en la lista de este año se indica quienes han aprobado cada uno de los examenes realizados el día 16 de diciembre 2019, creo que fue, incluyendo expresamente a los de incidencias. Ninguna referencia a la conv anterior, por lo que confíe (demasiado, teniendo en cuenta lo mal que lo estan haciendo todo) en que sacarían unas listas definitivas con la distribución de aulas.
Aún así, sí les envié un escrito antes de que transcurriera un mes de la resolución en que se plasman las listas. Y aún estoy esperando su contestación. Así que, acabaremos entrando en el maravilloso mundo del silencio administrativo...
En todo caso, en la anterior convocatoria, sí salía en la lista de aprobados de uno de ellos, por lo que sí se me corrigió el examen.
___
Dharmays estoy hablando de la convocatoria del año pasado...pero insisto, en qué parte de la misma pone que se requiera aprobar los 2 exámenes?
Conforme al tenor literal de la convocatoria de 24 de noviembre de 2017 (hablan de "obtener en cualquiera de los ejercicios una puntuación igual o superior al 60% [..] se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior"). El enunciado tiene una vocación alternativa, no acumulativa...
Aún así, sí les envié un escrito antes de que transcurriera un mes de la resolución en que se plasman las listas. Y aún estoy esperando su contestación. Así que, acabaremos entrando en el maravilloso mundo del silencio administrativo...
En todo caso, en la anterior convocatoria, sí salía en la lista de aprobados de uno de ellos, por lo que sí se me corrigió el examen.
___
Dharmays estoy hablando de la convocatoria del año pasado...pero insisto, en qué parte de la misma pone que se requiera aprobar los 2 exámenes?
Conforme al tenor literal de la convocatoria de 24 de noviembre de 2017 (hablan de "obtener en cualquiera de los ejercicios una puntuación igual o superior al 60% [..] se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior"). El enunciado tiene una vocación alternativa, no acumulativa...
- Cerebrito2020
- Mensajes : 874
Fecha de inscripción : 14/06/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:01:59
LostBeth, entendemos tu frustración.
Pero en el listado de los examenes del 16 diciembre si hubieran guardado la nota ya se te habría incluido.
Cuando se guarda la nota, se hace en los listados en el momento, no meses después.
No se hizo mención a la anterior convocatoria, porque primero simplemente no se guardó la nota.
Es cierto que no lo han dicho con palabras textuales, pero cuándo lo han hecho??? Tanto si la guardan como si no, la gente se entera cuando cuelgan las listas de aprobados y notas.
Y segundo, porque nunca dicen si Fulanito o Menganito tiene esa nota de la anterior convocatoria, la ponen y ya está.
LostBeth saldrías en la lista de aprobados del primer ejercicio.
Para aperecer en la lista de aprobados del segundo ejercicio, el práctico, tendrías que haber pasado el corte y haber ido luego al word práctico.
El hecho de que aparecieras en la lista de aprobados del primer ejercicio, el test de 100 preguntas, es indiferente.
En fin, está claro que tu estás centrada en lo tuyo y no ves lo que vemos los demás.
Ve al examen, y ya está.
Pero como te ha dicho la mayoría de gente, no te hagas ilusiones.
Pero en el listado de los examenes del 16 diciembre si hubieran guardado la nota ya se te habría incluido.
Cuando se guarda la nota, se hace en los listados en el momento, no meses después.
No se hizo mención a la anterior convocatoria, porque primero simplemente no se guardó la nota.
Es cierto que no lo han dicho con palabras textuales, pero cuándo lo han hecho??? Tanto si la guardan como si no, la gente se entera cuando cuelgan las listas de aprobados y notas.
Y segundo, porque nunca dicen si Fulanito o Menganito tiene esa nota de la anterior convocatoria, la ponen y ya está.
LostBeth saldrías en la lista de aprobados del primer ejercicio.
Para aperecer en la lista de aprobados del segundo ejercicio, el práctico, tendrías que haber pasado el corte y haber ido luego al word práctico.
El hecho de que aparecieras en la lista de aprobados del primer ejercicio, el test de 100 preguntas, es indiferente.
En fin, está claro que tu estás centrada en lo tuyo y no ves lo que vemos los demás.
Ve al examen, y ya está.
Pero como te ha dicho la mayoría de gente, no te hagas ilusiones.
- Sumario86
- Mensajes : 1268
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Localización : Andalucía
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:10:53
Si no estás afiliada a ningún sindicato, ve buscándote uno, porque creo que tendrás que ir por lo contencioso.
Digo yo que en algún momento tendrán que aclarar de alguna forma todo este embrollo de la reserva de nota, porque sé de mucha gente que está en tu misma situación, y en todos los cuerpos.
Digo yo que en algún momento tendrán que aclarar de alguna forma todo este embrollo de la reserva de nota, porque sé de mucha gente que está en tu misma situación, y en todos los cuerpos.
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:21:12
"Los aspirantes que por el turno de reserva para personas con discapacidad en la
convocatoria anterior hayan obtenido una puntuación igual o superior al 50 % de la nota
máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria, se les
conservará la puntuación más alta obtenida, siempre que el contenido de temario, los
ejercicios y su modo de calificación sean idénticos."
Esto es lo que pone en el BOE de 31 de agosto de 2019, cuando se convocó tramitación. Creo que son claros los requisitos (superar TODOS los ejercicios, que el temario sea el mismo, que no lo es y que la calificación sea idéntica y tampoco lo es).
convocatoria anterior hayan obtenido una puntuación igual o superior al 50 % de la nota
máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria, se les
conservará la puntuación más alta obtenida, siempre que el contenido de temario, los
ejercicios y su modo de calificación sean idénticos."
Esto es lo que pone en el BOE de 31 de agosto de 2019, cuando se convocó tramitación. Creo que son claros los requisitos (superar TODOS los ejercicios, que el temario sea el mismo, que no lo es y que la calificación sea idéntica y tampoco lo es).
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:24:46
A ver, estoy hablando de la CONVOCATORIA DE 2017/2018, como arriba indiqué. Escribo, por tercera vez: conforme al tenor literal de la convocatoria de 24 de noviembre de 2017 (hablan de "obtener en cualquiera de los ejercicios una puntuación igual o superior al 60% [..] se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior") El enunciado tiene una vocación alternativa, no acumulativa...
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:25:02
Y gracias por vuestros comentarios, a ver qué pasa...
- Sumario86
- Mensajes : 1268
Fecha de inscripción : 26/05/2020
Localización : Andalucía
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:29:22
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] No dice "superar TODOS", dice " igual o superior al 50 % de la nota máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria", en lo demás estoy de acuerdo contigo, y si el TCU no se ha manifestado es porque no se va a reservar la nota de la anterior OEP a nadie.
En Gestión y Tramitación no tendrá recorrido un recurso, porque los terceros ejercicios son diferentes a la anterior convocatoria, pero para Auxilio si creo que reservarán, y si no lo hacen se podrá recurrir.
En Gestión y Tramitación no tendrá recorrido un recurso, porque los terceros ejercicios son diferentes a la anterior convocatoria, pero para Auxilio si creo que reservarán, y si no lo hacen se podrá recurrir.
- De la Mora
- Mensajes : 135
Fecha de inscripción : 01/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:32:43
Cual es la diferencia entre el 50% de la nota en cada ejercicio y en todos los ejercicios?
BESUSSS
BESUSSS
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 18:33:42
Reserva de nota. A los aspirantes que concurran por el turno de reserva para
personas con discapacidad y que obtengan en cualquiera de estos ejercicios una
puntuación igual o superior al 60% de la nota máxima posible prevista en los párrafos que
anteceden, se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior
siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean
idénticos.
Esto es lo que dice la orden de 24 de noviembre de 2017. Si dice lo de cualquiera de los ejercicios, pero SIEMPRE QUE el temario y modo de calificación sea el mismo. No se da el requisito del temario puesto que Word es nuevo, y tampoco se da el requisito de la calificación. Yo no tengo dudas sobre como interpretarlo, pero vamos, que de todas formas intenta lo que creas justo y conveniente. Pero yo creo que está muy claro.
personas con discapacidad y que obtengan en cualquiera de estos ejercicios una
puntuación igual o superior al 60% de la nota máxima posible prevista en los párrafos que
anteceden, se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior
siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean
idénticos.
Esto es lo que dice la orden de 24 de noviembre de 2017. Si dice lo de cualquiera de los ejercicios, pero SIEMPRE QUE el temario y modo de calificación sea el mismo. No se da el requisito del temario puesto que Word es nuevo, y tampoco se da el requisito de la calificación. Yo no tengo dudas sobre como interpretarlo, pero vamos, que de todas formas intenta lo que creas justo y conveniente. Pero yo creo que está muy claro.
- ANR1
- Mensajes : 356
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 19:02:17
Yo me presentaría, hacerlo lo harás, ya que no pueden negártelo por si recurres y vences.
Muchos ánimos!!!!
- Cadaqués
- Mensajes : 3332
Fecha de inscripción : 03/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 19:06:08
Estoy de acuerdo con ANR1, inténtalo, no pierdes nada! Força i amunt!
- LostBeth
- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 04/07/2020
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 19:13:47
Muchas gracias por los ánimos y por vuestros comentarios, a ver si en posteriores convocatorias son más claros
- InvitadoInvitado
Re: Impugnación de las listas
Mar 14 Jul - 19:16:36
Por cierto el caso práctico solo es la segunda prueba del primer ejercicio, como se dispone en la propia orden, no un ejercicio en sí mismo. Antes había dos ejercicios (Test y práctico era el primero y mecanografía el segundo). Lo mismo ocurre este año (Test y práctico es un ejercicio con dos pruebas y word es el segundo ejercicio). Así que todavía se entiende menos que hubiera la posibilidad de reservar pruebas a la carta.
1.1 Primer ejercicio. Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias,
que tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto
de examen, una a continuación de otra.
1.1.1 Primera prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en
contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en el anexo II.
Constará de 100 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo
una es la correcta.
1.1.2 Segunda prueba. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en
contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.
La duración de la prueba será de 45 minutos y se calificará de 0 a 40 puntos, a razón
de 2 puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos,
y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Para superar la prueba se precisará un
mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la
consideración de no aptos y no serán convocados al segundo ejercicio.
1.2 Segundo ejercicio. Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos
un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal
determine.
1.1 Primer ejercicio. Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias,
que tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto
de examen, una a continuación de otra.
1.1.1 Primera prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en
contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en el anexo II.
Constará de 100 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo
una es la correcta.
1.1.2 Segunda prueba. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en
contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.
La duración de la prueba será de 45 minutos y se calificará de 0 a 40 puntos, a razón
de 2 puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos,
y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Para superar la prueba se precisará un
mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la
consideración de no aptos y no serán convocados al segundo ejercicio.
1.2 Segundo ejercicio. Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos
un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal
determine.
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