HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
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- Morganilla
- Mensajes : 21
Fecha de inscripción : 14/07/2020
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 16:47
Sabéis si los destinos a ofertar en el concurso de méritos y las del concurso oposición son las mismas? Porque me suena haber leído que eran diferentes, pero a estas alturas no se si me lo he inventado, si lo he leído en alguna parte o lo comentó algún sindicato.
A estas alturas ya no estoy segura ni de mi nombre, y sólo espero que el ministerio no saque otra nota aclaratoria, porque cada vez que lo hace se abre un agujero negro.
A estas alturas ya no estoy segura ni de mi nombre, y sólo espero que el ministerio no saque otra nota aclaratoria, porque cada vez que lo hace se abre un agujero negro.
- juanjo.faisal
- Mensajes : 23
Fecha de inscripción : 09/02/2023
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 17:35
En el momento final de cada proceso, se deben ofertar las plazas desiertas disponibles.
No hay plazas para el proceso X y plaza para el proceso Y.
No hay que confundir las plazas que contaban, según la ley 20/2021, a efectos de convocar los procesos, con los destinos que se ofrecen años después de las convocatorias (por el camino hay plazas que se cubren por funcionario de carrera y ya no se podrá ofertar como destino a los opositores aprobados, y plazas que quedan "libres" porque su titular, por ejemplo, se ha jubilado...
No hay plazas para el proceso X y plaza para el proceso Y.
No hay que confundir las plazas que contaban, según la ley 20/2021, a efectos de convocar los procesos, con los destinos que se ofrecen años después de las convocatorias (por el camino hay plazas que se cubren por funcionario de carrera y ya no se podrá ofertar como destino a los opositores aprobados, y plazas que quedan "libres" porque su titular, por ejemplo, se ha jubilado...
- Morganilla
- Mensajes : 21
Fecha de inscripción : 14/07/2020
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 17:37
Ah, ok, muchas gracias!
- Vichisua
- Mensajes : 468
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 17:50
Las plazas del concurso de méritos están determinadas ya, se han "reservado" para ese proceso. Son plazas que ya se ofertaron en concurso de traslados y quedaron vacantes, siendo ocupadas por interinos más de Tres años (creo recordar que eran). Se hecho yo conozco dos plazas de primera mano y no han salido a ningún proceso o concurso desde que se convocó el concurso de méritos.
- juanjo.faisal
- Mensajes : 23
Fecha de inscripción : 09/02/2023
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 18:20
Vichisua escribió:Las plazas del concurso de méritos están determinadas ya, se han "reservado" para ese proceso. Son plazas que ya se ofertaron en concurso de traslados y quedaron vacantes, siendo ocupadas por interinos más de Tres años (creo recordar que eran). Se hecho yo conozco dos plazas de primera mano y no han salido a ningún proceso o concurso desde que se convocó el concurso de méritos.
A ver, yo no controlo con qué plazas cuenta cada ámbito territorial, solo conozco el mío. Por eso, me remito a ese ámbito territorial concreto.
Se tuvieron en cuenta las plazas ocupas por personal temporal, según lo dispuesto en la ley 20/21, a efectos de calcular el número de plazas a convocar por ese ámbito territorial.
Eso es una cosa.
Y otra cosa es qué plazas se ofertan a los aprobados de esos procesos de estabilización, y a los de cualquier proceso selectivo: las plazas desiertas que haya en cada momento (plaza desierta es la que ofertada primero en un concurso de traslados, no ha sido ocupada por un titular). Y, para el supuesto de que no hubiera plazas desiertas suficientes, se configura en el Reglamento la posibilidad de adjudicar plazas vacantes en forma de adscripción provisional (entendiéndose por vacantes, aquéllas plazas que no han pasado previamente por un concurso de traslados).
Como digo, hablo por lo que conozco, mi ámbito territorial y la normativa aplicable.
- Kino Romero
- Mensajes : 71
Fecha de inscripción : 11/05/2022
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 20:01
Las plazas a ofertar se convierten en un misterio, había plazas que estaban desiertas que en teoría eran para estabilización y han sido cubiertas, otros territorios como Euskadi y lo se por los sindicatos, incluyeron plazas singularizadas (perfil lingüístico) que ahora no se pueden ofrecer, así que como bien has dicho sacarán vacantes desiertas o de adscripción provisional.juanjo.faisal escribió:Vichisua escribió:Las plazas del concurso de méritos están determinadas ya, se han "reservado" para ese proceso. Son plazas que ya se ofertaron en concurso de traslados y quedaron vacantes, siendo ocupadas por interinos más de Tres años (creo recordar que eran). Se hecho yo conozco dos plazas de primera mano y no han salido a ningún proceso o concurso desde que se convocó el concurso de méritos.
A ver, yo no controlo con qué plazas cuenta cada ámbito territorial, solo conozco el mío. Por eso, me remito a ese ámbito territorial concreto.
Se tuvieron en cuenta las plazas ocupas por personal temporal, según lo dispuesto en la ley 20/21, a efectos de calcular el número de plazas a convocar por ese ámbito territorial.
Eso es una cosa.
Y otra cosa es qué plazas se ofertan a los aprobados de esos procesos de estabilización, y a los de cualquier proceso selectivo: las plazas desiertas que haya en cada momento (plaza desierta es la que ofertada primero en un concurso de traslados, no ha sido ocupada por un titular). Y, para el supuesto de que no hubiera plazas desiertas suficientes, se configura en el Reglamento la posibilidad de adjudicar plazas vacantes en forma de adscripción provisional (entendiéndose por vacantes, aquéllas plazas que no han pasado previamente por un concurso de traslados).
Como digo, hablo por lo que conozco, mi ámbito territorial y la normativa aplicable.
- Muy-muy-baguette
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 11/11/2024
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 21:00
Desde el año 2019, las plazas que han de ofertarse tienen que haber sido objeto de concurso de traslado previo. Modificaron el artículo 488, apartado 3 de la LOPJ, si bien no modificaron el Reglamento.
- Muy-muy-baguette
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 11/11/2024
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 21:30
En este caso, son dos conceptos que no se pueden disgregar, dado que crearon unos supuestos requisitos tasados que, supuestamente, cumplían unas determinadas plazas y para funcionarios de nuevo ingreso sólo se pueden ofrecer plazas que hayan sido objeto de concurso de traslado, conforme al artículo 488.3 de la LOPJ.juanjo.faisal escribió:Vichisua escribió:Las plazas del concurso de méritos están determinadas ya, se han "reservado" para ese proceso. Son plazas que ya se ofertaron en concurso de traslados y quedaron vacantes, siendo ocupadas por interinos más de Tres años (creo recordar que eran). Se hecho yo conozco dos plazas de primera mano y no han salido a ningún proceso o concurso desde que se convocó el concurso de méritos.
A ver, yo no controlo con qué plazas cuenta cada ámbito territorial, solo conozco el mío. Por eso, me remito a ese ámbito territorial concreto.
Se tuvieron en cuenta las plazas ocupas por personal temporal, según lo dispuesto en la ley 20/21, a efectos de calcular el número de plazas a convocar por ese ámbito territorial.
Eso es una cosa.
Y otra cosa es qué plazas se ofertan a los aprobados de esos procesos de estabilización, y a los de cualquier proceso selectivo: las plazas desiertas que haya en cada momento (plaza desierta es la que ofertada primero en un concurso de traslados, no ha sido ocupada por un titular). Y, para el supuesto de que no hubiera plazas desiertas suficientes, se configura en el Reglamento la posibilidad de adjudicar plazas vacantes en forma de adscripción provisional (entendiéndose por vacantes, aquéllas plazas que no han pasado previamente por un concurso de traslados).
Como digo, hablo por lo que conozco, mi ámbito territorial y la normativa aplicable.
Convengamos que se podrían ofertar otras plazas que hubieran sido objeto de concurso de traslado, pero ninguna se puede disponer o establecer en adscripción provisional. Por tanto, deben ofrecer las justitas y que hayan sido objeto de concurso de traslado. Aunque está claro que su cumplimiento tampoco se puede asegurar, ya que no existen medidas que lo garanticen.
- IsraAB
- Mensajes : 814
Fecha de inscripción : 03/09/2020
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 22:49
juanjo.faisal escribió:En el momento final de cada proceso, se deben ofertar las plazas desiertas disponibles.
No hay plazas para el proceso X y plaza para el proceso Y.
No hay que confundir las plazas que contaban, según la ley 20/2021, a efectos de convocar los procesos, con los destinos que se ofrecen años después de las convocatorias (por el camino hay plazas que se cubren por funcionario de carrera y ya no se podrá ofertar como destino a los opositores aprobados, y plazas que quedan "libres" porque su titular, por ejemplo, se ha jubilado...
Tienes razón en cuanto a que es lo que dice la Ley, pero a mí que me expliquen cómo en Auxilio hace un año nos ofrecieron 100 y algo destinos en ámbito Ministerio y ahora se van a sacar de la manga más de 700. Otra arbitrariedad más, para sorpresa de nadie.
Lo suyo hubiera sido que en procesos anteriores se hubieran ofertado, qué sé yo, 900 destinos, para que todo esto tenga sentido y se considere acorde a derecho.
- Muy-muy-baguette
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 11/11/2024
Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)
Ayer a las 23:25
IsraAB escribió:juanjo.faisal escribió:En el momento final de cada proceso, se deben ofertar las plazas desiertas disponibles.
No hay plazas para el proceso X y plaza para el proceso Y.
No hay que confundir las plazas que contaban, según la ley 20/2021, a efectos de convocar los procesos, con los destinos que se ofrecen años después de las convocatorias (por el camino hay plazas que se cubren por funcionario de carrera y ya no se podrá ofertar como destino a los opositores aprobados, y plazas que quedan "libres" porque su titular, por ejemplo, se ha jubilado...
Tienes razón en cuanto a que es lo que dice la Ley, pero a mí que me expliquen cómo en Auxilio hace un año nos ofrecieron 100 y algo destinos en ámbito Ministerio y ahora se van a sacar de la manga más de 700. Otra arbitrariedad más, para sorpresa de nadie.
Lo suyo hubiera sido que en procesos anteriores se hubieran ofertado, qué sé yo, 900 destinos, para que todo esto tenga sentido y se considere acorde a derecho.
No obstante, ni siquiera queda demostrado que se cumpla conforme a la ley. De hecho, se ha demostrado todo lo contrario, desde el mismo instante que no han detraído las plazas para ofrecerlas al turno de los discapacitados...
O cuando ciertas plazas o miles de plazas cumplían ciertos requisitos para ser incluidas en el concurso oposición de la OEP de 2017 y 2018 y se dejaron de incluir. O, también, hagamos un esfuerzo por recordar cuando dejaron "caducar" las plazas incluidas en la OEP de 2019... No les ha dado por dejarlas caducar en el concurso de deméritos ¡Mira qué casualidad! De esa forma, los eterninos demeritonianos irían consolidando antigüedad hasta instaurar un sistema a su imagen y semejanza.
Lo que está claro es que no pueden ofrecer plazas que no se hayan ofrecido, previamente, en el concurso de traslado. Lo indica la ley. Lo que pasa es que ocurre lo de siempre...No hay control ni fiscalización para que haya una garantía para su cumplimiento.
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