Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 01 2024, 13:46
nosotres tb estamos en contra de una bajada de exigencia sin limite, pero usted no hace mas q decir q queremos un examen q sea un coladero.
yo ya le he dicho el tipo de examen q quiero, pero usted insiste una y otra vez en que yo quiero otra cosa.
Si le digo q quiero un examen tipo test muy dificil y que no pasen mas de dos por plaza a la valoracion de meritos, y usted me dice lo q quiero es una bajada de exigencia sin limite….pues mal vamos…
yo ya le he dicho el tipo de examen q quiero, pero usted insiste una y otra vez en que yo quiero otra cosa.
Si le digo q quiero un examen tipo test muy dificil y que no pasen mas de dos por plaza a la valoracion de meritos, y usted me dice lo q quiero es una bajada de exigencia sin limite….pues mal vamos…
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 01 2024, 18:09
pues no se exactamente, perode laj promo interna han pasado solo 4 o 5 x plaza al oral, asi q me imagino que si hay 30 plazas, al final aprobaran los dos examenes menos de dos por plaza.
Yo estoy con usted en que un concurso de meritos sin mas no es adecuado, y en q hay q estudiarae bien un temario amplio. Y q lo q mas cuente sea el examen. Aunque reconozco q el q tenga experiencia como laj sustituto tb ha demostrado mucho y eso debe ser valorado.
Y ademas le deseo q apruebe en esta convocatoria, de verdad.
Lo q deberian dejar claro ya es cual es el metodo q se va a seguir en el futuro.
alguien sabe cuanso se va a votar lo de sumar? q no digo q yo lo defienda, porque el master ese no veo q venga a resolver elnproblema actual de falta de obbjetividad. Aunque si q me parece adecuado q lea obliguen a hacer unas practicas al final. Porque es con la practica con lo q mas se aprende
Yo estoy con usted en que un concurso de meritos sin mas no es adecuado, y en q hay q estudiarae bien un temario amplio. Y q lo q mas cuente sea el examen. Aunque reconozco q el q tenga experiencia como laj sustituto tb ha demostrado mucho y eso debe ser valorado.
Y ademas le deseo q apruebe en esta convocatoria, de verdad.
Lo q deberian dejar claro ya es cual es el metodo q se va a seguir en el futuro.
alguien sabe cuanso se va a votar lo de sumar? q no digo q yo lo defienda, porque el master ese no veo q venga a resolver elnproblema actual de falta de obbjetividad. Aunque si q me parece adecuado q lea obliguen a hacer unas practicas al final. Porque es con la practica con lo q mas se aprende
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 01 2024, 20:21
y dale con el espectro de la bajada de exigencia que cierne sobre nuestras cabezas….
ya no se si habla usted del master, del tipo test, de lo q he dicho yo que quiero…
ya no se si habla usted del master, del tipo test, de lo q he dicho yo que quiero…
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 01 2024, 20:24
a mi lo q me gustaria saber es si el psoe ha dicho algo sobre la proposicion de ley de Sumar
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 01 2024, 21:50
Disposición adicional primera.
1. El Gobierno, en el plazo de un año desde la aprobación de la presente ley, presentará un Proyecto de Ley reguladora de la Escuela de Funcionarios Jurídicos del Estado y del sistema de acceso y de especialización para los siguientes cuerpos funcionariales: Judicatura, Fiscalía, Letrados/as de la Administración de Justicia, Abogacía del Estado y Letrados/as del Consejo General del Poder Judicial.
2. La determinación de los cuerpos funcionariales a participar en el sistema conjunto de selección requerirá un estudio previo, con audiencia de los órganos gubernativos y profesionales afectados.
3. La regulación del sistema de acceso desarrollará, al menos, las siguientes fases: a) Fase de selección:
— Estimación de plazas a cubrir para el conjunto de cuerpos a proveer mediante oposición libre y presupuesto.
— Creación de una Comisión de selección, con habilitación legal suficiente, para dirigir el proceso y facultades para resolver las cuestiones que se puedan plantear durante el mismo. La Comisión de selección se integrará por miembros de los Ministerios competentes y de los cuerpos de destino de quienes superen el proceso, con presidencia rotatoria y que decidirán por mayoría.
— Elaboración de la prueba tipo test por la representación designada por las Universidades que participen en el proceso, con la supervisión de la Comisión de selección. — La prueba tipo test incluirá cuestiones sobre cultura jurídica general que abarcaría materias de derecho positivo y procesal y criterios jurisprudenciales consolidados de todas las ramas, con especial atención a la Constitución Española. La evaluación del resultado de la prueba test correrá a cargo de la Comisión de selección, con todas las garantías necesarias.
— Las personas que superen esta fase deberán ser, al menos, el doble que plazas previstas a cubrir de acuerdo con el presupuesto establecido.
b) Máster.
— Las personas que superen la prueba tipo test deberán realizar un máster sobre las referidas materias jurídicas de dos años de duración, a cursar en Universidades Públicas, con precios públicos y con el apoyo de becas para quienes lo precisen, habida cuenta de la situación económica y social, así como que tengan necesidad de residir fuera de su domicilio. Todas las situaciones anteriores deberán ser debidamente acreditadas.
— La selección de las Universidades que han de participar en el proceso selectivo deberá tener en cuenta el establecimiento de programa y criterios de evaluación homogéneos, sometidos a los criterios determinados por la Comisión de selección.
— A la finalización del máster, deberá realizarse una prueba de evaluación sobre todas las materias impartidas.
— La superación de dicho máster dará lugar a dos situaciones.
i. Los opositores con mejor puntuación, que se determinará a los efectos de la selección de funcionarios necesarios, pasarán a la fase siguiente.
ii. Los que no alcancen la puntuación requerida recibirán el título de máster en profesiones jurídicas del Estado, habilitante para su ejercicio profesional.
c) Formación específica teórica y práctica.
— Las personas opositoras que superen el máster elegirán cuerpo funcionarial, según puntuación obtenida y preferencia.
— Seguidamente deberán cursar una etapa de formación específica al cuerpo para el que hayan sido seleccionados, de acuerdo con las normas que se establezcan para cada uno, pero que no podrá ser inferior a dos cursos académicos, el segundo de los cuales tendrá carácter eminentemente práctico y de preparación para el ejercicio profesional, y deberá contener, además de la formación específica, otra multidisciplinar que incluya materias de carácter social y económico.
— Estos cursos se realizarán en los centros formativos específicos para cada cuerpo o carrera, ostentando los aspirantes la consideración de funcionarios en prácticas.
— La formación para quienes aspiren a las Carreras Judicial y Fiscal y de Letrados/as de la Administración de Justicia tendrá, en el primero de los cursos citados, una fase de formación conjunta, y en la segunda dedicada a su específica función, y en lo que se refiere a su aspecto práctico, parte de esta consistirá en ejercer el Turno de Oficio.
1. El Gobierno, en el plazo de un año desde la aprobación de la presente ley, presentará un Proyecto de Ley reguladora de la Escuela de Funcionarios Jurídicos del Estado y del sistema de acceso y de especialización para los siguientes cuerpos funcionariales: Judicatura, Fiscalía, Letrados/as de la Administración de Justicia, Abogacía del Estado y Letrados/as del Consejo General del Poder Judicial.
2. La determinación de los cuerpos funcionariales a participar en el sistema conjunto de selección requerirá un estudio previo, con audiencia de los órganos gubernativos y profesionales afectados.
3. La regulación del sistema de acceso desarrollará, al menos, las siguientes fases: a) Fase de selección:
— Estimación de plazas a cubrir para el conjunto de cuerpos a proveer mediante oposición libre y presupuesto.
— Creación de una Comisión de selección, con habilitación legal suficiente, para dirigir el proceso y facultades para resolver las cuestiones que se puedan plantear durante el mismo. La Comisión de selección se integrará por miembros de los Ministerios competentes y de los cuerpos de destino de quienes superen el proceso, con presidencia rotatoria y que decidirán por mayoría.
— Elaboración de la prueba tipo test por la representación designada por las Universidades que participen en el proceso, con la supervisión de la Comisión de selección. — La prueba tipo test incluirá cuestiones sobre cultura jurídica general que abarcaría materias de derecho positivo y procesal y criterios jurisprudenciales consolidados de todas las ramas, con especial atención a la Constitución Española. La evaluación del resultado de la prueba test correrá a cargo de la Comisión de selección, con todas las garantías necesarias.
— Las personas que superen esta fase deberán ser, al menos, el doble que plazas previstas a cubrir de acuerdo con el presupuesto establecido.
b) Máster.
— Las personas que superen la prueba tipo test deberán realizar un máster sobre las referidas materias jurídicas de dos años de duración, a cursar en Universidades Públicas, con precios públicos y con el apoyo de becas para quienes lo precisen, habida cuenta de la situación económica y social, así como que tengan necesidad de residir fuera de su domicilio. Todas las situaciones anteriores deberán ser debidamente acreditadas.
— La selección de las Universidades que han de participar en el proceso selectivo deberá tener en cuenta el establecimiento de programa y criterios de evaluación homogéneos, sometidos a los criterios determinados por la Comisión de selección.
— A la finalización del máster, deberá realizarse una prueba de evaluación sobre todas las materias impartidas.
— La superación de dicho máster dará lugar a dos situaciones.
i. Los opositores con mejor puntuación, que se determinará a los efectos de la selección de funcionarios necesarios, pasarán a la fase siguiente.
ii. Los que no alcancen la puntuación requerida recibirán el título de máster en profesiones jurídicas del Estado, habilitante para su ejercicio profesional.
c) Formación específica teórica y práctica.
— Las personas opositoras que superen el máster elegirán cuerpo funcionarial, según puntuación obtenida y preferencia.
— Seguidamente deberán cursar una etapa de formación específica al cuerpo para el que hayan sido seleccionados, de acuerdo con las normas que se establezcan para cada uno, pero que no podrá ser inferior a dos cursos académicos, el segundo de los cuales tendrá carácter eminentemente práctico y de preparación para el ejercicio profesional, y deberá contener, además de la formación específica, otra multidisciplinar que incluya materias de carácter social y económico.
— Estos cursos se realizarán en los centros formativos específicos para cada cuerpo o carrera, ostentando los aspirantes la consideración de funcionarios en prácticas.
— La formación para quienes aspiren a las Carreras Judicial y Fiscal y de Letrados/as de la Administración de Justicia tendrá, en el primero de los cursos citados, una fase de formación conjunta, y en la segunda dedicada a su específica función, y en lo que se refiere a su aspecto práctico, parte de esta consistirá en ejercer el Turno de Oficio.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 06:26
papelista escribió:Disposición adicional primera.
1. El Gobierno, en el plazo de un año desde la aprobación de la presente ley, presentará un Proyecto de Ley reguladora de la Escuela de Funcionarios Jurídicos del Estado y del sistema de acceso y de especialización para los siguientes cuerpos funcionariales: Judicatura, Fiscalía, Letrados/as de la Administración de Justicia, Abogacía del Estado y Letrados/as del Consejo General del Poder Judicial.
2. La determinación de los cuerpos funcionariales a participar en el sistema conjunto de selección requerirá un estudio previo, con audiencia de los órganos gubernativos y profesionales afectados.
3. La regulación del sistema de acceso desarrollará, al menos, las siguientes fases: a) Fase de selección:
— Estimación de plazas a cubrir para el conjunto de cuerpos a proveer mediante oposición libre y presupuesto.
— Creación de una Comisión de selección, con habilitación legal suficiente, para dirigir el proceso y facultades para resolver las cuestiones que se puedan plantear durante el mismo. La Comisión de selección se integrará por miembros de los Ministerios competentes y de los cuerpos de destino de quienes superen el proceso, con presidencia rotatoria y que decidirán por mayoría.
— Elaboración de la prueba tipo test por la representación designada por las Universidades que participen en el proceso, con la supervisión de la Comisión de selección. — La prueba tipo test incluirá cuestiones sobre cultura jurídica general que abarcaría materias de derecho positivo y procesal y criterios jurisprudenciales consolidados de todas las ramas, con especial atención a la Constitución Española. La evaluación del resultado de la prueba test correrá a cargo de la Comisión de selección, con todas las garantías necesarias.
— Las personas que superen esta fase deberán ser, al menos, el doble que plazas previstas a cubrir de acuerdo con el presupuesto establecido.
b) Máster.
— Las personas que superen la prueba tipo test deberán realizar un máster sobre las referidas materias jurídicas de dos años de duración, a cursar en Universidades Públicas, con precios públicos y con el apoyo de becas para quienes lo precisen, habida cuenta de la situación económica y social, así como que tengan necesidad de residir fuera de su domicilio. Todas las situaciones anteriores deberán ser debidamente acreditadas.
— La selección de las Universidades que han de participar en el proceso selectivo deberá tener en cuenta el establecimiento de programa y criterios de evaluación homogéneos, sometidos a los criterios determinados por la Comisión de selección.
— A la finalización del máster, deberá realizarse una prueba de evaluación sobre todas las materias impartidas.
— La superación de dicho máster dará lugar a dos situaciones.
i. Los opositores con mejor puntuación, que se determinará a los efectos de la selección de funcionarios necesarios, pasarán a la fase siguiente.
ii. Los que no alcancen la puntuación requerida recibirán el título de máster en profesiones jurídicas del Estado, habilitante para su ejercicio profesional.
c) Formación específica teórica y práctica.
— Las personas opositoras que superen el máster elegirán cuerpo funcionarial, según puntuación obtenida y preferencia.
— Seguidamente deberán cursar una etapa de formación específica al cuerpo para el que hayan sido seleccionados, de acuerdo con las normas que se establezcan para cada uno, pero que no podrá ser inferior a dos cursos académicos, el segundo de los cuales tendrá carácter eminentemente práctico y de preparación para el ejercicio profesional, y deberá contener, además de la formación específica, otra multidisciplinar que incluya materias de carácter social y económico.
— Estos cursos se realizarán en los centros formativos específicos para cada cuerpo o carrera, ostentando los aspirantes la consideración de funcionarios en prácticas.
— La formación para quienes aspiren a las Carreras Judicial y Fiscal y de Letrados/as de la Administración de Justicia tendrá, en el primero de los cursos citados, una fase de formación conjunta, y en la segunda dedicada a su específica función, y en lo que se refiere a su aspecto práctico, parte de esta consistirá en ejercer el Turno de Oficio.
Yo creo que no saldrá adelante.
El PP/PSOE son cobardes y no quieren cambiar nada, porque lo que hay actualmente se ha demostrado que les beneficia.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 08:00
pues no se q eecir, porque si dicen q en europa se hace asi…
Y pudiera ser q pedro le haya dicho a susana, presenta tu esto q si lo presento yo va a ser un cante. Y q conste q de momento no entro a opinar sobre las bondades o maldades que encierra la propuesta.
Y pudiera ser q pedro le haya dicho a susana, presenta tu esto q si lo presento yo va a ser un cante. Y q conste q de momento no entro a opinar sobre las bondades o maldades que encierra la propuesta.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 11:57
no se como se hace en la union europea.
En reino unido parece q es concurso de meritos y no se que mas.
Pero los ingleses desayunan fabes con ketchup asi q no se si son ejemplo a seguir. Ademas q todo lo hacen al reves, y manejan yardas, pies y onzas q es una cutreria anacronica. Ademas q ya no son unionneuropea.
yo solo se q cuanto mas objetivo sea el sistema menos politizacion y enchufismo habra. Moraleja: tipo test
espero q se vote pronto la proposicion de ley para q sepamos a q atenernos.
En reino unido parece q es concurso de meritos y no se que mas.
Pero los ingleses desayunan fabes con ketchup asi q no se si son ejemplo a seguir. Ademas q todo lo hacen al reves, y manejan yardas, pies y onzas q es una cutreria anacronica. Ademas q ya no son unionneuropea.
yo solo se q cuanto mas objetivo sea el sistema menos politizacion y enchufismo habra. Moraleja: tipo test
espero q se vote pronto la proposicion de ley para q sepamos a q atenernos.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 13:16
me da a mi q no haran tipo test n l master.
no me parece mal q se haga un master, pero si al final del master no hay una prueba a nivel nacional q seleccionenanlos mejores, pues eso puede ser un cachondeo. los reinos de taifas.
pero q me suena raro q Sumar vaya y saque esto por su cuenta sinnsaber q tiene el apoyo del psoe. Los nacionalistas seguro q estan encantados. en sept u oct saldremos de dudas
no me parece mal q se haga un master, pero si al final del master no hay una prueba a nivel nacional q seleccionenanlos mejores, pues eso puede ser un cachondeo. los reinos de taifas.
pero q me suena raro q Sumar vaya y saque esto por su cuenta sinnsaber q tiene el apoyo del psoe. Los nacionalistas seguro q estan encantados. en sept u oct saldremos de dudas
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 15:56
Juanbn escribió:Ya se lo dije. Este proyecto no busca una mayor objetividad, sino todo lo contrario. Meten a gente para que hagan prácticas y que el ejercicio sea un puro trámite, ya que son conscientes de que la mayoría de gente que accedería no adquiriría nivel de conocimiento suficiente como para superar todas las pruebas que existen en la actualidad.papelista escribió:me da a mi q no haran tipo test n l master.
no me parece mal q se haga un master, pero si al final del master no hay una prueba a nivel nacional q seleccionenanlos mejores, pues eso puede ser un cachondeo. los reinos de taifas.
pero q me suena raro q Sumar vaya y saque esto por su cuenta sinnsaber q tiene el apoyo del psoe. Los nacionalistas seguro q estan encantados. en sept u oct saldremos de dudas
El máster será un negocio cojonudo y sin criba, donde las personas que no tienen capacidad de superar pruebas exigentes se colarán. Es decir, será el cajón de sastre para enseñarles un oficio, sin más. Ni siquiera se sabe cómo se evaluaría ni existe un sistema establecido ni transparente que pudiera valorarse.
Como el tercer y cuarto turno actualmente, que es el coladero para meter de jueces a los abogados colegas.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 02 2024, 17:08
no, si al final acabaré defendiendo q no quiten el oral….
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 14:37
retomo el tema pq el otro dia me enseñaron un tema de laj de civil (de oblig ) y esta claro q no profundizan nada, es solo aprender de memoria algo q no llegas a entender el alcance q tiene. es un ejercicio memoristico, dificil, pero q no sirve para nada.
el codigo civil es mucho mas complejo de lo q se puede uno pensar. Cantar resumenes no sirve paa enfrentarse a la realidad de un Juzgado.
el codigo civil es mucho mas complejo de lo q se puede uno pensar. Cantar resumenes no sirve paa enfrentarse a la realidad de un Juzgado.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 16:12
papelista escribió:retomo el tema pq el otro dia me enseñaron un tema de laj de civil (de oblig ) y esta claro q no profundizan nada, es solo aprender de memoria algo q no llegas a entender el alcance q tiene. es un ejercicio memoristico, dificil, pero q no sirve para nada.
el codigo civil es mucho mas complejo de lo q se puede uno pensar. Cantar resumenes no sirve paa enfrentarse a la realidad de un Juzgado.
Me alegro de que te des cuenta que los orales no sirven para nada, y menos
para comprender profundamente el tema que estás cantando como un papagayo.
- DemandadoReconviniente
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 17:18
Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero no a gestión porque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero no a gestión porque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 18:49
en la carrera se hacian examenes orales, pero no se trataba de cantar un resumen, habia q aprenderse todas las explicaciones yq te dejaban ampliar, y si hbias leido varios manuales se lonpodias contar. Eso seria otra cosa. Ahora lo q quieren son loritos y q terminen pronto.
pero no es q se haga oral o escrito es q te tengas q memorizar un reaumen, q no vale para nada.
Un tipo teat, segun como sea te podria obligar a razonar. Si lo q te preguntan es q que plazo hay para contestar a la demanda pues estamos en las mismas.
Un oral seria interesante si fuera como los de la carrera, te preguntaban lo q fuera y se lo tenias q explicar con la misma amplitud q el manual q se seguia, y podias ampliar. Ahora se trata de comprar un temario q son resumenes y chaparselo. Lo podria aprobar alguien con buena memoria y sin ni puta idea de Derecho. Los q se aprenden los listines telefonicos sacarian el numero uno, sin necesidad de haber estudiado la carrera
pero no es q se haga oral o escrito es q te tengas q memorizar un reaumen, q no vale para nada.
Un tipo teat, segun como sea te podria obligar a razonar. Si lo q te preguntan es q que plazo hay para contestar a la demanda pues estamos en las mismas.
Un oral seria interesante si fuera como los de la carrera, te preguntaban lo q fuera y se lo tenias q explicar con la misma amplitud q el manual q se seguia, y podias ampliar. Ahora se trata de comprar un temario q son resumenes y chaparselo. Lo podria aprobar alguien con buena memoria y sin ni puta idea de Derecho. Los q se aprenden los listines telefonicos sacarian el numero uno, sin necesidad de haber estudiado la carrera
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 19:41
examinarse de unos resumenes es una bajada de nivel respecto de la carrera. Eso es absurdo.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 19:58
DemandadoReconviniente escribió:Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero no a gestión porque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Demandado yo he probado los 2 sistemas por tanto hablo desde la propia experiencia.
No de oídas.
Y te digo que con los test, si los quieren poner jodidos se demuestra mucho más conocimiento que recitando de memoria la ley, pero mucho más.
Por ej en judicatura memorizaba los procesales en 12 minutos, y de la lec por ej cogía lo más importante para decirlo en 12 minutos.
Y podía entender o no eso que decía, que si tienes una inteligencia normal, pues lo entiendes, pero otras cosas puedes no entenderlas bien, básicamente porque no dedicas el tiempo suficiente a comprender el sentido de la ley, solo te pones a memorizar y ya está, porque es lo que te exigen, nada más.
Cuando me puse a estudiar para gestión esos mismos temas, con tener más tiempo para comprender la ley, y verte libre del peso de memorizar, podías estudiar los artículos con más detenimiento y por tanto hacerte preguntas de porque este artículo regula esto así y no de otra manera etc etc
Y los test como digo pueden ser muy jodidos, con mil trampas escondidas para hacerte dudar constantemente.
Vamos yo no tengo ninguna duda que me da más miedo enfrentarme a un test jodido que a unos temas orales, ( que luego puedes aprobar o no) no me refiero a eso, porque depende de la arbitrariedad del presidente del tribunal, si tienen un buen día, si les caes bien, si ya han aprobado a los que han pasado antes de tu, en fin, y por tanto tú ya entras en el cupo de los que hay que descargar ( hay que poco se habla de esto...) ya sabemos cómo son esa gente.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 20:00
papelista escribió:en la carrera se hacian examenes orales, pero no se trataba de cantar un resumen, habia q aprenderse todas las explicaciones yq te dejaban ampliar, y si hbias leido varios manuales se lonpodias contar. Eso seria otra cosa. Ahora lo q quieren son loritos y q terminen pronto.
pero no es q se haga oral o escrito es q te tengas q memorizar un reaumen, q no vale para nada.
Un tipo teat, segun como sea te podria obligar a razonar. Si lo q te preguntan es q que plazo hay para contestar a la demanda pues estamos en las mismas.
Un oral seria interesante si fuera como los de la carrera, te preguntaban lo q fuera y se lo tenias q explicar con la misma amplitud q el manual q se seguia, y podias ampliar. Ahora se trata de comprar un temario q son resumenes y chaparselo. Lo podria aprobar alguien con buena memoria y sin ni puta idea de Derecho. Los q se aprenden los listines telefonicos sacarian el numero uno, sin necesidad de haber estudiado la carrera
Completamente descuerdo.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 20:38
Juanbn escribió:El caso es que el objetivo no es hacer ejercicios tipo test rebuscados (donde también se quejarían de la subjetividad de la pregunta).Sergio30 escribió:DemandadoReconviniente escribió:Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero no a gestión porque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Demandado yo he probado los 2 sistemas por tanto hablo desde la propia experiencia.
No de oídas.
Y te digo que con los test, si los quieren poner jodidos se demuestra mucho más conocimiento que recitando de memoria la ley, pero mucho más.
Por ej en judicatura memorizaba los procesales en 12 minutos, y de la lec por ej cogía lo más importante para decirlo en 12 minutos.
Y podía entender o no eso que decía, que si tienes una inteligencia normal, pues lo entiendes, pero otras cosas puedes no entenderlas bien, básicamente porque no dedicas el tiempo suficiente a comprender el sentido de la ley, solo te pones a memorizar y ya está, porque es lo que te exigen, nada más.
Cuando me puse a estudiar para gestión esos mismos temas, con tener más tiempo para comprender la ley, y verte libre del peso de memorizar, podías estudiar los artículos con más detenimiento y por tanto hacerte preguntas de porque este artículo regula esto así y no de otra manera etc etc
Y los test como digo pueden ser muy jodidos, con mil trampas escondidas para hacerte dudar constantemente.
Vamos yo no tengo ninguna duda que me da más miedo enfrentarme a un test jodido que a unos temas orales, ( que luego puedes aprobar o no) no me refiero a eso, porque depende de la arbitrariedad del presidente del tribunal, si tienen un buen día, si les caes bien, si ya han aprobado a los que han pasado antes de tu, en fin, y por tanto tú ya entras en el cupo de los que hay que descargar ( hay que poco se habla de esto...) ya sabemos cómo son esa gente.
Ahí tiene los ejercicios tipo test actuales que se aprueban con un 60 sin la menor dificultad...
En la carrera de Derecho también es muy limitado el conocimiento exigido. Siempre habrá limitaciones.
Para hacer lo que usted indica habría que hacer un ejercicio tipo test con 400 ó 500 preguntas bien elaboradas que, verdaderamente, fuera eliminatorio. Y dada la extensión del temario, 500 preguntas me parecerían pocas...
En el ejercicio oral dependes de un tribunal constituido por varios miembros.
yo defiendo eso, un test de los jodidos, o uno de 500 preguntas y varios casos prácticos de los jodidos también.
No tienen que ser preguntas teóricas, sino verdaderos casos prácticos, de un día de la oficina por ej, y 50 preguntas test.
A ver si eso es fácil.
Y en los tribunales orales, será porque yo me he encontrado lo peor , no se, pero los presidentes de los tribunales tienen facultades para decidir levantarte tras el segundo tema o no, sin escuchar a los demás miembros acerca de si es conveniente seguir escuchándote los 3 temas restantes o no.
Simplemente porque le da la gana, aunque los demás miembros del tribunal consideren que lo estás haciendo bien y que hay que seguir escuchándote.
Eso es justo?
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 20:40
juanbn, pues de verdad q en mi epoca tb se hacian examenes orales. no era lo habitual.
A ver, un buen manual te explica el codigo civil y realmente sabes algo. Un resumen no vale para nada.
Yo si estudio es para aprender derecho no para ostentaciones memoristicas.
un examen de laj o de juez deberia profundizar sobre lo estudiado ennla carrera y no al reves
A ver, un buen manual te explica el codigo civil y realmente sabes algo. Un resumen no vale para nada.
Yo si estudio es para aprender derecho no para ostentaciones memoristicas.
un examen de laj o de juez deberia profundizar sobre lo estudiado ennla carrera y no al reves
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 21:16
juanbn, no sabe lo q dice. algunos manuales le dedican 20 hojas a tres paginas del codigo civil. La mayoria de los manuales, contando todos los tomos, tienen siete veces mas paginas q el codigo civil.
y los buenos manuales y extensos te explican el codigo civil, no te hacen una mierda de resumen
Y si hay q aprenderselo de memoria pues por lo menos te aprendes los arriculos y su explicacion y jurisprudencia, q tb la incluyen, y referencias historicas, y posturas doctrinales. Y si has anpliado el tema se lo puedes contar.
Lo q usted defiende como excelso es una basura, inutil y q no enseña casi nada.
y los buenos manuales y extensos te explican el codigo civil, no te hacen una mierda de resumen
Y si hay q aprenderselo de memoria pues por lo menos te aprendes los arriculos y su explicacion y jurisprudencia, q tb la incluyen, y referencias historicas, y posturas doctrinales. Y si has anpliado el tema se lo puedes contar.
Lo q usted defiende como excelso es una basura, inutil y q no enseña casi nada.
- papelista
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 21:46
de risa son los resumenes con los q se llega a laj, de un nivel juridico totalx inferior a los de cualquier manual.
se llega a laj sabiendo menos q ennla carrera, eso si, de memoria, q en cuatro dias se te ha olvidado
se llega a laj sabiendo menos q ennla carrera, eso si, de memoria, q en cuatro dias se te ha olvidado
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 22:17
Sergio30 escribió:Juanbn escribió:El caso es que el objetivo no es hacer ejercicios tipo test rebuscados (donde también se quejarían de la subjetividad de la pregunta).Sergio30 escribió:DemandadoReconviniente escribió:Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero norque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Demandado yo he probado los 2 sistemas por tanto hablo desde la propia experiencia.
No de oídas.
Y te digo que con los test, si los quieren poner jodidos se demuestra mucho más conocimiento que recitando de memoria la ley, pero mucho más.
Por ej en judicatura memorizaba los procesales en 12 minutos, y de la lec por ej cogía lo más importante para decirlo en 12 minutos.
Y podía entender o no eso que decía, que si tienes una inteligencia normal, pues lo entiendes, pero otras cosas puedes no entenderlas bien, básicamente porque no dedicas el tiempo suficiente a comprender el sentido de la ley, solo te pones a memorizar y ya está, porque es lo que te exigen, nada más.
Cuando me puse a estudiar para gestión esos mismos temas, con tener más tiempo para comprender la ley, y verte libre del peso de memorizar, podías estudiar los artículos con más detenimiento y por tanto hacerte preguntas de porque este artículo regula esto así y no de otra manera etc etc
Y los test como digo pueden ser muy jodidos, con mil trampas escondidas para hacerte dudar constantemente.
Vamos yo no tengo ninguna duda que me da más miedo enfrentarme a un test jodido que a unos temas orales, ( que luego puedes aprobar o no) no me refiero a eso, porque depende de la arbitrariedad del presidente del tribunal, si tienen un buen día, si les caes bien, si ya han aprobado a los que han pasado antes de tu, en fin, y por tanto tú ya entras en el cupo de los que hay que descargar ( hay que poco se habla de esto...) ya sabemos cómo son esa gente.
Ahí tiene los ejercicios tipo test actuales que se aprueban con un 60 sin la menor dificultad...
En la carrera de Derecho también es muy limitado el conocimiento exigido. Siempre habrá limitaciones.
Para hacer lo que usted indica habría que hacer un ejercicio tipo test con 400 ó 500 preguntas bien elaboradas que, verdaderamente, fuera eliminatorio. Y dada la extensión del temario, 500 preguntas me parecerían pocas...
En el ejercicio oral dependes de un tribunal constituido por varios miembros.
yo defiendo eso, un test de los jodidos, o uno de 500 preguntas y varios casos prácticos de los jodidos también.
No tienen que ser preguntas teóricas, sino verdaderos casos prácticos, de un día de la oficina por ej, y 50 preguntas test.
A ver si eso es fácil.
Y en los tribunales orales, será porque yo me he encontrado lo peor , no se, pero los presidentes de los tribunales tienen facultades para decidir levantarte tras el segundo tema o no, sin escuchar a los demás miembros acerca de si es conveniente seguir escuchándote los 3 temas restantes o no.
Simplemente porque le da la gana, aunque los demás miembros del tribunal consideren que lo estás haciendo bien y que hay que seguir escuchándote.
Eso es justo?
Test amplio y exigente y prácticos exigentes te lo podría comprar si añadimos la defensa de los casos prácticos ante el tribunal. A lo que voy es que las pruebas de acceso a LAJ no pueden limitarse a demostrar conocimientos con un boli y un papel (sea en un test o examen escrito). Lo que diferencia al LAJ de los cuerpos generales son sus funciones de dirección procesal, dirección del personal y ser la "cabeza del juzgado" (junto con el juez, cada uno en su ámbito), y creo que eso debe intentar valorarse de alguna manera, con alguna prueba en la que tenga que verse cara a cara con un tribunal y hablar. A fin de cuentas, el derecho positivo y la jurisprudencia ahora están al alcance de todos con un par de clicks, pero yo he visto a opositores de judicatura llorar de los nervios antes de entrar al oral, o no ser capaces de decir ni una sola palabra al entrar. Y alguien que en una situación de tensión, conflicto, estrés... en la oficina se venga abajo no será buen LAJ, Juez o Fiscal. Al final se cogen tablas con la experiencia, pero un mínimo debería exigirse desde el comienzo.
Y yo también sé Io que es hacer un examen oral de judicatura un miércoles por la tarde en la que el Madrid jugaba en el Bernabeu, y ver como todos los opositores de esa tarde caíamos como moscas en dos temas como máximo. Pero eso no significa que un examen oral sea malo o inadecuado per se, sino que los tribunales no son a veces todo lo profesionales que deberían.
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 22:32
papelista escribió:de risa son los resumenes con los q se llega a laj, de un nivel juridico totalx inferior a los de cualquier manual.
se llega a laj sabiendo menos q ennla carrera, eso si, de memoria, q en cuatro dias se te ha olvidado
Para ser LAJ hay que ser licenciado o diplomado en derecho, así que ya habrás estudiado todos esos manuales y habrás aprobado los exámenes. Yo estudié con el plan antiguo, y en el temario de LAJ entran más de 10 asignaturas anuales. No se puede pedir el mismo detalle, ni tiene sentido hacerlo. Se pide que demuestres conocimiento global de la parte del ordenamiento jurídico que vas a usar en el trabajo. Y aun así, esa no es la parte más complicada del trabajo de un LAJ. A todos cuando empiezan les suena más o menos lo que dice la LAU, lo que es cohecho, o los efectos del silencio administrativo, pero se dan cuenta de que no les han enseñado a hacer ese informe que te pide el TSJ, a certificar las guardias, a resolver conflictos entre el personal de la oficina.
- DemandadoReconviniente
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Jue Ago 15 2024, 22:52
Juanbn escribió:Que un recurso esté al alcance no significa que se domine.DemandadoReconviniente escribió:Sergio30 escribió:Juanbn escribió:El caso es que el objetivo no es hacer ejercicios tipo test rebuscados (donde también se quejarían de la subjetividad de la pregunta).Sergio30 escribió:DemandadoReconviniente escribió:Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero norque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Demandado yo he probado los 2 sistemas por tanto hablo desde la propia experiencia.
No de oídas.
Y te digo que con los test, si los quieren poner jodidos se demuestra mucho más conocimiento que recitando de memoria la ley, pero mucho más.
Por ej en judicatura memorizaba los procesales en 12 minutos, y de la lec por ej cogía lo más importante para decirlo en 12 minutos.
Y podía entender o no eso que decía, que si tienes una inteligencia normal, pues lo entiendes, pero otras cosas puedes no entenderlas bien, básicamente porque no dedicas el tiempo suficiente a comprender el sentido de la ley, solo te pones a memorizar y ya está, porque es lo que te exigen, nada más.
Cuando me puse a estudiar para gestión esos mismos temas, con tener más tiempo para comprender la ley, y verte libre del peso de memorizar, podías estudiar los artículos con más detenimiento y por tanto hacerte preguntas de porque este artículo regula esto así y no de otra manera etc etc
Y los test como digo pueden ser muy jodidos, con mil trampas escondidas para hacerte dudar constantemente.
Vamos yo no tengo ninguna duda que me da más miedo enfrentarme a un test jodido que a unos temas orales, ( que luego puedes aprobar o no) no me refiero a eso, porque depende de la arbitrariedad del presidente del tribunal, si tienen un buen día, si les caes bien, si ya han aprobado a los que han pasado antes de tu, en fin, y por tanto tú ya entras en el cupo de los que hay que descargar ( hay que poco se habla de esto...) ya sabemos cómo son esa gente.
Ahí tiene los ejercicios tipo test actuales que se aprueban con un 60 sin la menor dificultad...
En la carrera de Derecho también es muy limitado el conocimiento exigido. Siempre habrá limitaciones.
Para hacer lo que usted indica habría que hacer un ejercicio tipo test con 400 ó 500 preguntas bien elaboradas que, verdaderamente, fuera eliminatorio. Y dada la extensión del temario, 500 preguntas me parecerían pocas...
En el ejercicio oral dependes de un tribunal constituido por varios miembros.
yo defiendo eso, un test de los jodidos, o uno de 500 preguntas y varios casos prácticos de los jodidos también.
No tienen que ser preguntas teóricas, sino verdaderos casos prácticos, de un día de la oficina por ej, y 50 preguntas test.
A ver si eso es fácil.
Y en los tribunales orales, será porque yo me he encontrado lo peor , no se, pero los presidentes de los tribunales tienen facultades para decidir levantarte tras el segundo tema o no, sin escuchar a los demás miembros acerca de si es conveniente seguir escuchándote los 3 temas restantes o no.
Simplemente porque le da la gana, aunque los demás miembros del tribunal consideren que lo estás haciendo bien y que hay que seguir escuchándote.
Eso es justo?
Test amplio y exigente y prácticos exigentes te lo podría comprar si añadimos la defensa de los casos prácticos ante el tribunal. A lo que voy es que las pruebas de acceso a LAJ no pueden limitarse a demostrar conocimientos con un boli y un papel (sea en un test o examen escrito). Lo que diferencia al LAJ de los cuerpos generales son sus funciones de dirección procesal, dirección del personal y ser la "cabeza del juzgado" (junto con el juez, cada uno en su ámbito), y creo que eso debe intentar valorarse de alguna manera, con alguna prueba en la que tenga que verse cara a cara con un tribunal y hablar. A fin de cuentas, el derecho positivo y la jurisprudencia ahora están al alcance de todos con un par de clicks, pero yo he visto a opositores de judicatura llorar de los nervios antes de entrar al oral, o no ser capaces de decir ni una sola palabra al entrar. Y alguien que en una situación de tensión, conflicto, estrés... en la oficina se venga abajo no será buen LAJ, Juez o Fiscal. Al final se cogen tablas con la experiencia, pero un mínimo debería exigirse desde el comienzo.
Y yo también sé Io que es hacer un examen oral de judicatura un miércoles por la tarde en la que el Madrid jugaba en el Bernabeu, y ver como todos los opositores de esa tarde caíamos como moscas en dos temas como máximo. Pero eso no significa que un examen oral sea malo o inadecuado per se, sino que los tribunales no son a veces todo lo profesionales que deberían.
Un ejercicio oral tampoco es una prueba con la que se pueda evaluar la capacidad de liderazgo ante conflictos ni la capacidad para dirigir. No está íntimamente relacionado.
Dominar el derecho positivo y tener capacidad para entender las leyes presentes y futuras se supone que se demuestra durante la carrera. Si en un momento concreto no recuerdo si una determinada circunstancia es agravante o no del robo con fuerza, lo miro.
Un examen oral no demuestra eso, pero quizá lo contrario sí. Estoy convencidísimo de que algún tribunal ha retirado del oral a algún opositor por no tener la personalidad, el caracter o como quieras llamarlo para ser LAJ o juez. No digo que esa persona no valiese para ello, quizá un año después vuelva con más aplomo y más tablas y lo haga mejor. Pero eso nunca se va a reconocer oficialmente, claro.
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 16 2024, 06:48
Juanbn escribió:Ni los manuales objeto de estudio y recomendados ni los exámenes durante la carrera exigen un nivel de profundidad amplio.DemandadoReconviniente escribió:papelista escribió:de risa son los resumenes con los q se llega a laj, de un nivel juridico totalx inferior a los de cualquier manual.
se llega a laj sabiendo menos q ennla carrera, eso si, de memoria, q en cuatro dias se te ha olvidado
Para ser LAJ hay que ser licenciado o diplomado en derecho, así que ya habrás estudiado todos esos manuales y habrás aprobado los exámenes. Yo estudié con el plan antiguo, y en el temario de LAJ entran más de 10 asignaturas anuales. No se puede pedir el mismo detalle, ni tiene sentido hacerlo. Se pide que demuestres conocimiento global de la parte del ordenamiento jurídico que vas a usar en el trabajo. Y aun así, esa no es la parte más complicada del trabajo de un LAJ. A todos cuando empiezan les suena más o menos lo que dice la LAU, lo que es cohecho, o los efectos del silencio administrativo, pero se dan cuenta de que no les han enseñado a hacer ese informe que te pide el TSJ, a certificar las guardias, a resolver conflictos entre el personal de la oficina.
De hecho, hay estudiantes que se preparan los orales durante la carrera, ya que saben que el derecho positivo y el nivel de detalle en las oposiciones en algunos aspectos es mucho mayor.
Para ser LAJ de tercera y segunda categoría aprendes suficiente derecho (sobre todo civil, que vas a usar muy poco) y adquieres suficientes herramientas para estudiarlo en la carrera y en la oposición. Igual ya si lo que quieres es ser catedrático o magistrado del Supremo ya sí que te toca profundizar.
A aplicar el derecho aprendido a tu trabajo no te enseña ni la carrera ni la oposición, pero para eso están el curso y las prácticas antes de soltarte al ruedo. Aunque, por lo que me han contado, ahí también se aprende lo básico para no morir el primer día, y ni de lejos te prepara para el trabajo del día a día, así que no queda más remedio que ir curtiéndose con el tiempo y aprendiendo sobre la marcha.
- Sergio30
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Re: Hay q quitar la prueba oral de la opo de laj promo interna
Vie Ago 16 2024, 07:01
DemandadoReconviniente escribió:Sergio30 escribió:Juanbn escribió:El caso es que el objetivo no es hacer ejercicios tipo test rebuscados (donde también se quejarían de la subjetividad de la pregunta).Sergio30 escribió:DemandadoReconviniente escribió:Efectivamente, un examen oral no es el sistema perfecto para preparar a un LAJ. Solo demuestra que una persona es capaz de memorizar y reproducir las normas más importantes de cada materia, y muchas veces, explicarlas, aunque sea también memorizando la explicación. Que no es poco. Pero es que un test es un sistema aún peor. No demuestra ni siquiera que sepas leer.
Por otra parte, ¿quién dice que cuando memorizas algo no llegas a entender el alcance que tiene? ¿Si yo memorizo y recito el artículo 154 o el 1.665 del Código Civil se presupone que no lo estoy entendiendo? ¿acaso cuando estudias un artículo para un test, lo memorizas, luego lo distingues entre las cuatro opciones que te ponen, y lo marcas estás demostrando que llegas a entender el alcance que tiene?
Decís que el oral no es un sistema válido, porque no prepara a los LAJ para la realidad del Juzgado ¿acaso un test si le prepara para esa realidad? ¿se va a dedicar el LAJ a hacer test en el Juzgado?
No, el sistema no es perfecto, pero no se va a arreglar simplificándolo y quitando la única prueba que realmente lo diferencia de otras oposiciones inferiores. Por cierto, ese examen oral es el mismo que hacen los LAJ de turno libre, y los jueces y fiscales, que tienen un temario más amplio, pero que algunos temas coinciden epígrafe por epígrafe, con la diferencia de que ellos tienen 12 minutos para cada tema, y no 15. Así que supongo que lo que proponéis no es quitar el oral de LAJ promoción interna, sino quitarlo de los dos turnos de LAJ y de la oposición de judicaturas y fiscalía.
Por cierto, el oral, aunque no lo digan las convocatorias, sirve para algo más que para demostrar si sabes memorizar. Sirve para demostrar que eres capaz de ponerte delante de un tribunal, tú solo, y exponer los temas, con templanza y solvencia, dominando los nervios, saliendo del paso cuando un tema se te tuerce o te quedas en blanco o te equivocas. Hay gente que teniendo titulación va a auxilio y tramitación pero norque le asusta el examen escrito. Y hay gente que va a gestión y no a LAJ porque le asusta el examen oral. Y superar esa prueba, aunque no lo diga la convocatoria, sí demuestra más que un examen escrito y que un test que en un Juzgado vas a saber mantener el tipo en determinadas situaciones.
¿Cuál sería el sistema perfecto? Hacer uno o varios exámenes de conocimiento, con la dificultad que se quiera poner en cada caso, para filtrar los candidatos, y luego hacer un curso de selección que de verdad sea selectivo. Un curso al que lleguen todos los candidatos que hayan demostrado conocimientos básicos necesarios, y en el que se demuestre que saben aplicarlos en el Juzgado, y que saben desempeñar bien su función (todas, no solo las que conllevan saber derecho procesal, porque también hay que dirigir la oficina, resolver conflictos, hacer informes de todo tipo, lidiar con abogados y procuradores en los asuntos más delicados...). Es cierto que en turno libre hay un caso práctico, pero es una pantomima desde el momento en el que todos los que llegan ahí ya tienen plaza. El problema de ese sistema de selección es que no es viable económicamente ni se podría gestionar por falta de medios. Bueno, y que muchos seguirían diciendo que la nota que te pusiesen en ese curso es subjetiva, lo cual no debería ser un problema para quienes buscan la excelencia, de la que tanto se habla en este foro.
Ojalá algún día mejoren el sistema de acceso a los puestos A1 de la Administración, pero espero que esa "mejora" no consista en acceder haciendo solamente un test.
Demandado yo he probado los 2 sistemas por tanto hablo desde la propia experiencia.
No de oídas.
Y te digo que con los test, si los quieren poner jodidos se demuestra mucho más conocimiento que recitando de memoria la ley, pero mucho más.
Por ej en judicatura memorizaba los procesales en 12 minutos, y de la lec por ej cogía lo más importante para decirlo en 12 minutos.
Y podía entender o no eso que decía, que si tienes una inteligencia normal, pues lo entiendes, pero otras cosas puedes no entenderlas bien, básicamente porque no dedicas el tiempo suficiente a comprender el sentido de la ley, solo te pones a memorizar y ya está, porque es lo que te exigen, nada más.
Cuando me puse a estudiar para gestión esos mismos temas, con tener más tiempo para comprender la ley, y verte libre del peso de memorizar, podías estudiar los artículos con más detenimiento y por tanto hacerte preguntas de porque este artículo regula esto así y no de otra manera etc etc
Y los test como digo pueden ser muy jodidos, con mil trampas escondidas para hacerte dudar constantemente.
Vamos yo no tengo ninguna duda que me da más miedo enfrentarme a un test jodido que a unos temas orales, ( que luego puedes aprobar o no) no me refiero a eso, porque depende de la arbitrariedad del presidente del tribunal, si tienen un buen día, si les caes bien, si ya han aprobado a los que han pasado antes de tu, en fin, y por tanto tú ya entras en el cupo de los que hay que descargar ( hay que poco se habla de esto...) ya sabemos cómo son esa gente.
Ahí tiene los ejercicios tipo test actuales que se aprueban con un 60 sin la menor dificultad...
En la carrera de Derecho también es muy limitado el conocimiento exigido. Siempre habrá limitaciones.
Para hacer lo que usted indica habría que hacer un ejercicio tipo test con 400 ó 500 preguntas bien elaboradas que, verdaderamente, fuera eliminatorio. Y dada la extensión del temario, 500 preguntas me parecerían pocas...
En el ejercicio oral dependes de un tribunal constituido por varios miembros.
yo defiendo eso, un test de los jodidos, o uno de 500 preguntas y varios casos prácticos de los jodidos también.
No tienen que ser preguntas teóricas, sino verdaderos casos prácticos, de un día de la oficina por ej, y 50 preguntas test.
A ver si eso es fácil.
Y en los tribunales orales, será porque yo me he encontrado lo peor , no se, pero los presidentes de los tribunales tienen facultades para decidir levantarte tras el segundo tema o no, sin escuchar a los demás miembros acerca de si es conveniente seguir escuchándote los 3 temas restantes o no.
Simplemente porque le da la gana, aunque los demás miembros del tribunal consideren que lo estás haciendo bien y que hay que seguir escuchándote.
Eso es justo?
Test amplio y exigente y prácticos exigentes te lo podría comprar si añadimos la defensa de los casos prácticos ante el tribunal. A lo que voy es que las pruebas de acceso a LAJ no pueden limitarse a demostrar conocimientos con un boli y un papel (sea en un test o examen escrito). Lo que diferencia al LAJ de los cuerpos generales son sus funciones de dirección procesal, dirección del personal y ser la "cabeza del juzgado" (junto con el juez, cada uno en su ámbito), y creo que eso debe intentar valorarse de alguna manera, con alguna prueba en la que tenga que verse cara a cara con un tribunal y hablar. A fin de cuentas, el derecho positivo y la jurisprudencia ahora están al alcance de todos con un par de clicks, pero yo he visto a opositores de judicatura llorar de los nervios antes de entrar al oral, o no ser capaces de decir ni una sola palabra al entrar. Y alguien que en una situación de tensión, conflicto, estrés... en la oficina se venga abajo no será buen LAJ, Juez o Fiscal. Al final se cogen tablas con la experiencia, pero un mínimo debería exigirse desde el comienzo.
Y yo también sé Io que es hacer un examen oral de judicatura un miércoles por la tarde en la que el Madrid jugaba en el Bernabeu, y ver como todos los opositores de esa tarde caíamos como moscas en dos temas como máximo. Pero eso no significa que un examen oral sea malo o inadecuado per se, sino que los tribunales no son a veces todo lo profesionales que deberían.
Pues precisamente, por haber sufrido esa falta de profesionalidad de los tribunales,( por decirlo de forma suave), como me ha pasado a mí y a la mayoría de los que pasan por ahí, no deberías defender que ese sistema es válido para demostrar que luego vas a ser un buen laj dirigiendo un equipo de funcionarios.
donde ves la correlación? Porque yo no la veo.
Pues demostrar templanza de nervios al cantar el tema pero eso no garantiza que luego vayas a ser un buen profesional, todos los psicópatas demuestran gran templanza de nervios por ej pero su principal característica es que no tienen empatía y no sienten culpabilidad por hacer daño a los demás.
Por tanto eso no te garantiza ser una buena persona en tu trabajo.
Al igual que superar el examen oral para judicatura no te garantiza ser un buen juez, eso te lo garantiza tu carácter, personalidad y profesionalidad, y sobre todo tú paso también por la escuela judicial.
Al igual que los lajs pasan por la escuela de prácticas jurídicas no?
Yo no solo defiendo el test y los casos prácticos jodidos, sino que cuando se aprueben, y con una exigencia alta, entonces en la escuela de prácticas jurídicas se enseñe la práctica de como ser un buen laj en este caso dirigiendo a un equipo de funcionarios.
Solo hay que ver lo que te encuentras en algunos juzgados para saber qué los exámenes orales no garantizan que sepan una mierda, muchos funcionarios saben mucho más que ellos ( de derecho me refiero).
En otros casos no es así, por tanto el oral no es garantía de nada.
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